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Propiedad y Posesión en el Derecho Romano: Conceptos Fundamentales

Conceptos Clave del Derecho Romano: Propiedad, Posesión y Derechos Reales

La Cosa (Res) en el Derecho Romano y su Clasificación

Concepto de Res (Cosa)

En el Derecho Romano, el término cosa (res) se refiere a todo aquello susceptible de tener utilidad, ser objeto de apropiación y poseer una valoración económica. Debe tener una naturaleza impersonal y ser una entidad autónoma. Este concepto excluye a las personas y a los bienes comunes a toda la humanidad, como el aire o el mar.

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Conceptos Fundamentales de Propiedad y Posesión en el Derecho Romano

Conceptos Fundamentales: Res y Bonna

Res: Los romanos reconocieron esta palabra para referirse a las “cosas”. La cosa es una materia percibida por los sentidos, puede ser utilizada, puede provocar algún tipo de utilidad. Es sinónimo de corporalidad, es decir, algo que tiene una dimensión que puede ser percibida.

Bonna: Los romanos entendían esta palabra como “bienes”. Esta palabra etimológicamente deriva de la palabra “quod beant”, que quiere decir sentido de bienestar.

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Derecho Romano: Leyes, Plebiscitos, Propiedad y Contratos

Las Leyes y los Plebiscitos

La Ley procede de la potestad imperativa; es una declaración imperativa, formulada por quien tiene potestad, que obliga a los que deben cumplirla. Se emplea lex para referirse a la propuesta (rogatio) que el magistrado hace a los comicios y que vincula a todo el pueblo independientemente de que haya tomado parte o no en la votación.

La Ley votada en los comicios se distingue de los plebiscitos en que estos son las declaraciones del tribuno de la plebe que se aprueban Seguir leyendo Derecho Romano: Leyes, Plebiscitos, Propiedad y Contratos →