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Contrato igualitario

CONTRATO DE COMISIÓN.

Regulado en el Código de Comercio y regulación de otros contratos de colaboración atípicos que no tengan régimen propio. Art 244 del código de comercio establece que se reputara comisión mercantil el mandato, cuando tenga por objeto un acto u operación y sea comerciante o agente mediador del comercio el comitente o el comisionista.

CARACTERÍSTICAS

  1. Es un mandato por el que una persona (comisionista) se obliga a prestar algún servicio o hacer algo por cuenta de otra ( Seguir leyendo “Contrato igualitario” »