Archivo de la etiqueta: Diferencia del divorcio ordinario y de divorcio establecido en la lopna

Procedimiento de divorcio según la lopna

6.- ¿Cómo debe sustanciarse la oposición en la jurisdicción voluntaria?

  • Si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima, se seguirá el negocio en procedimiento ordinario, siempre que la oposición no se funde en la negativa del derecho del que promueve el negocio de jurisdicción voluntaria. En tal caso, se substanciará el pleito, conforme a los trámites establecidos para el juicio que corresponda.
  • Si la oposición se hiciere por quien no tenga personalidad ni interés para ello, el Seguir leyendo “Procedimiento de divorcio según la lopna” »