Resumen ley organica de la contraloria general de la republica y del sistema nacional de control fiscal

Soberanía nacional:
Es el poder supremo en virtud del cual el estado se dota de organización política y autonomía legal y se plantea frente a otros estados en un plano de independencia e igualdad.

Supremacía: El estado posee el poder supremo dentro de su territorio no obedece a nadie, y a nadie le debe rendir cuentas de su accionar o de sus decisiones.

Dominación: El estado debe ser obedecido por todos los habitantes dentro del territorio.

Independencia: Estado mismos atributos que cualquier otro.

Supremacía constitucional: Principios à

-Interpretación de la leyes con arreglo a la constitución: dos interpretaciones de una ley debe considerarse valida la qse ajuste + carta fundamental.

-Vinculación directa de la constitución: la sujeción de las personas, grupos, organismos, autoridades y poderes públicos a la constitución.

-Conservación de la norma: las normas establecen en un momento determinado para resolver situación o necesidades específicas.

-interdicción de la arbitrariedad: r es una prohibición. La arbitrariedad es un acto contrario a las leyes.

El Poder Ejecutivo:El Presidente de la República de Chile encabeza este Poder. Es un Ejecutivo monista en cuanto el Presidente desarrolla las funciones de Jefe de Estado como también las de Jefe de Gobierno. , la autoridad del Presidente se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes.El Presidente cuenta con un cúmulo de atribuciones tanto en materia de gobierno y administración como en la labor legislativa, judicial y económica.

Entre sus atribuciones se encuentran:

Concurrir a la formación de las leyes. Proponerlas a través de los «Mensajes», sancionarlas y promulgarlas.

Ejercer la potestad reglamentaria, es decir, la facultad de dictar normas para implementar las leyes.

Convocar a plebiscitos.

Nombrar y remover a los ministros de Estado.

Otorgar indultos.

Cuidar de la recaudación de las rentas.

Nombrar a embajadores, ministros diplomáticos y a representantes ante organismos internacionales.

Conceder jubilaciones, retiros, montepíos y pensiones de gracia con arreglo a las leyes, etc.

El Presidente de la República puede ser acusado constitucionalmente por la mayoría de la Cámara de Diputados en ejercicio y ser resuelta dicha acusación por el Senado que actúa como juez. La acusación ha de considerarse en caso que la administración haya cometido gravemente el honor y la seguridad de la nación o infringido la Constitución y/o las leyes. Un organismo consultivo, destinado a asesorar al Presidente de la República en asuntos nacionales de trascendencia, es el Consejo de Estado.

Los requisitos para ser elegido Presidente son:

Ser chileno.

Tener cumplidos 35 años de edad.

Ser ciudadano con derecho a sufragio.

El período de mandato es de cuatro años, no pudiendo ser reelegido para un período siguiente.


El Poder Legislativo

Este Poder del Estado lo ejerce el Congreso Nacional, a través de un parlamento bicameral integrado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

El Poder Judicial

Este Poder del Estado tiene como misión esencial administrar justicia.

La Corte Suprema de Justicia es el más alto tribunal existente en el país. Es un órgano colegiado integrado por 21 ministros. Su jurisdicción abarca todo el territorio nacional. Le corresponde la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales de la nación, salvo el Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones, los Tribunales Electorales Regionales y los Tribunales Militares.

Jerárquicamente, por debajo de la Corte Suprema, se encuentran las Cortes de Apelaciones, que se distribuyen a lo largo del territorio nacional. Dependiendo de la Corte de Apelación respectiva se ubican los juzgados. Hay juzgados civiles, de menores, de familia y del trabajo. En materia penal, existen los Tribunales Orales en lo Penal y los Juzgados de Garantía.

Las bases constitucionales del Poder Judicial están dadas por los principios de:

Independencia de los otros poderes del Estado para el cumplimiento de sus funciones.

Legalidad, es decir, los tribunales deben estar establecidos por ley al igual que las causas que tramitan y fallan.

Inamovilidad, los jueces permanecen en sus cargos aunque no de manera absoluta, permitiendo que los tribunales actúen libres de presiones y con imparcialidad.

Inexcusabilidad, los jueces deben resolver siempre los asuntos de su competencia, sometidos a su consideración a pesar de que no exista una ley respectiva.

Responsabilidad de los actos que se ejecutan dentro de las funciones como jueces.

Órganos de control:


Tribunal constitucional:Es el órgano encargado de cautelar el principio de supremacía constitucional, fundamento del Estado de Derecho. Ejerce el control y resuelve cuestiones de constitucionalidad de proyectos de ley, de reforma constitucional o de proyectos aprobatorios de tratados internacionales.

Este Tribunal está integrado por diez miembros. Tres designados por el Presidente de la República, cuatro elegidos por el Congreso Nacional, de los cuales dos nombrados directamente por el Senado y dos son propuestos por la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo por el Senado, tres elegidos por la Corte Suprema.

Los miembros duran en sus cargos nueve años y se renuevan por parcialidades cada 3 años y son inamovibles. El tribunal funcionará en pleno o dividido en dos salas. En el primer caso el quórum para sesionar será de ocho miembros y en el segundo caso de a los menos cuatro .

Contraloría:


La Contraloría General de la República de Chile es un organismo autónomo que tiene como función controlar de acuerdo a la ley los actos administrativos, fiscalizar los gastos del Fisco, las municipalidades y los organismos y servicios estatales, como también llevar la contabilidad general de la nación.El Contralor General es nombrado por el Presidente de la República con acuerdo de la mayoría del Senado.

Problemas que enfrenta nuestro sistema político:


Dos hipotesis


– Apatía y de sencanto que genera entre los jóvenes el régimen democrático.

– Características de los mecanismos institucionalizados.

Crisis de representación del sistema político


Por una parte, la baja identificación que tiene la ciudadanía con alguno de los sectores políticos.

Las limitaciones que existen en los partidos al desarrollo de la democracia interna, lo que influye en la selección de autoridades.

La representatividad democrática está ligada a la organización de las instituciones de representación popular.

Noticia: Campañas más costosas, mayores representantes en puerto Montt y menor interacción con la comunidad dudas que presenta el proyecto del gobierno.

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