Procedimiento Administrativo de Ejecución y Medios de Impugnación

11. Lugar y fecha de emisión
12. Actos que deben notificarse en la oficina que se encuentran y pueden ser consultados
13. Mencionar recurso que procede
14. Decidiendo de todos los puntos propuestos (congruencia lo que se pide de fondo, exhaustividad todo lo pedido)
Excepciones de LFPA:
Contribuciones (impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos)
MP federal
Comercio exterior
Competencia desleal
Actuaciones de los servidores públicos

Requisitos del CFF
(art. 38)
Documento escrito o digital codificado
Autoridad que lo emite
Lugar y fecha de emisión
Fundado, motivado y expresar la resolución objeto o propósito de que se trate
Firma funcionario competente, nombre de quien va dirigido (datos necesarios)
Extinción del AJA
Normales (cumple su fin, o se cumple de manera voluntaria)
Anormales por otros medios
1.-Rescisión. Resolución de las obligaciones por medio de una resolución judicial
2. Prescripción. Adquisición y pérdida de un derecho 5 años (art. 146 CFF) el término se interrumpe por gestión de cobro o reconocimiento expreso o tácito, cambio de domicilio fiscal sin aviso o es incorrecto
3. Caducidad. La autoridad deja de realizar los actos necesarios para conservar el derecho (67 CFF) el crédito fiscal es exigible a los 45 días que se determina caduca a los 5 años
4. Renuncia. A los actos favorecidos al interés al gobernado
5. Falta de condición resolutoria o cumplimiento de la condición resolutoria. Condición suspensiva: cuando depende de algo para su realización surgimiento de una obligación.. Condición resolutoria: cuando es cierto y determinado
6. Revocación. Al acto administrativo se presume legal (68 CFF) cuando no cumple con el interés público o cuando no cumple las condiciones que lo hicieron otorgarla tiene que ser judicial y solo podrá serlo fuera de juicio cuando beneficie al gobernado.
NOTIFICACIONES
Personales: sean requerimientos, citatorios, solicitudes de informes o documentos, y de actos administrativos recurribles
*En el domicilio fiscal (asiento el negocio) de 7:30 a 18:00
Facultades de la autoridad- rectificar errores en declaraciones y solicitudes, práctica de avalúos, recabar informe de funcionarios, formular denuncias y querellas, solicitar actos y documentos revocables, dictámenes, comprobantes fiscales, mercancías por medio de requerimientos y visitas domiciliarias
Crédito fiscal.- Cantidad que tiene derecho a percibir el estado o sus organismos descentralizados, ya sea por contribuciones o apercibimientos (4 CFF)
Interés fiscal.- Interés que tiene un estado para que se cobre un crédito fiscal
45 días crédito fiscal / 15 días obrero patronales
Extinción del AJA
1.- Pago / Devolución (entrega de lo convenido, una sola exhibición, plazo designado, moneda nacional. Se puede hacer convenio con la SHCP para diferir el pago (más plazo 12 con recargos), o a plazos (se paga el 20% del crédito conviene el otro restante) 36 con recargas y actualizaciones)
2.- Condonación 146-B
3.- Compensación 23
4.- Prescripción 146
5.- Caducidad 67
6.- Cancelación 146-A
7. Dación en pago (cuando el deudor con el consentimiento del acreedor le entrega a este una cosa distinta de la que es debida con todos los efectos legales del pago con el procedimiento de la adjudicación opciones para que el fisco adjudique, no hay postores, falta de pujas, posturas o pujas =) el valor de la adjudicación será del 60% si pasa se hace devolución)
8. Revocación
9. Novación fiscal
10. Convenio de concordato
11. Aviso de baja, clausura o cierre de un negocio o establecimiento mercantil
12. Confusión de derechos (acreedor y deudor al mismo tiempo)

Cancelación (castigar cuentas).- Se da por la incosteabilidad del cobro y la insolvencia del deudor solo se refiere al crédito más no a la obligación fiscal la que subsiste mientras no prescriba autoridad que debe cobrar solicita la cancelación con justificación se considera incosteable crédito<=200 UDIS recuperación sea del 75% mayor al total

Condonación.- (por caso fortuito y fuerza mayor, debe ser de carácter general, publicada en el DOF) (de multas será discrecional, se toma en cuenta la reincidencia, si uso documentos u operaciones inexistentes, o a nombre de terceros, cuenta con dificultades contables, destrucción contable o parcial, 2 o más libros sociales, que se haya omitido contribuciones) multas 45 días se reduce de 20 a 25% y primeros 15 a la mitad 74 75 77 78 CFF cuando está en Concurso Mercantil:
1.-2 o más acreedores
2. créditos 30 días o más de vencidos
3. deuda el 35% o más del total
4. no tenga activo para cubrir el 80% de las deudas

Etapas del concurso Mercantil
Inicia.- peticion de comerciante, demanda (mp o acreedores) ante el Juez de Dtto. o el IFECOM=>designa visitador r (prelación crédito, conciliador) síndico (quiebra), interventor (designan acreedores)
1.- Declaración de concurso (entra visitador en los estados de cuenta verifica la situación de incumplimiento, emite la resolución de concurso en base a su informe de visitador)
2. Reconocimiento y prelación de créditos (publica resolución DOF y notifica a los acreedores detectados, inscribe en el RPPyC)
3. Conciliación o convenio (juez designa conciliador acerca a los acreedores y comprueba los créditos, crea lista preliminar, juez sentencia interlocutoria en el DOF y dicta lista definitiva)
4. Quiebra (+ de 400,000 UDIS)
Prelación de créditos
Acreedores privilegiados (entierro y gastos de enfermedad)
Con garantía real (hipotecarios y garantía prendaria)
Privilegio especial (antes los fiscales y laborales)
Comunes (sobrante)
Después de las hipotecas, alimentos, salarios, fisco (preferente impuestos antes que a aprovechamientos)
Compensación.- Extingue la obligación con saldo a favor, si aún hay saldo a favor se pide la devolución
PAE=> deuda líquida
exigible por ser de plazo cumplido
Supuestos
* Oponga obstaculice las facultades de comprobación, no se pueda notificar su inicio por desaparecer o sin domicilio
* Ya iniciadas desaparezca, riesgo de dilapidar, ocultar, enajenar
* Niegue a dar la contabilidad
* Locales, puestos fijos y semifijos en vía pública sin acreditar la propiedad y RFC
* Bebidas sin marbetes, alterados, modificados, o sin la legal posesión
Requerimiento de pago / embargo caduca en 3 años (precautorio si se tiene temor fundado de evadir su responsabilidad 10 días garantizar, sino se hace definitivo) / remate (30 días después, al crédito ejecutado del precautorio, embargado no proponga comprador, firme resolución confirmatoria
Sucesiones.- embargo ante la autoridad municipal
Bienes a embargar
muebles (depositario) (avalúo 10)
inmuebles (RPP) (avalúo 20)
negociación (interventor) (avalúo pericial sino como lo acuerden 30)
Avalúo.- si son + 10% dif el 3ro en discordia sino dictamen de la autoridad
Orden de embargo de Bienes
1.-dinero, metales, cuentas bancarias
2. acciones, bonos, cupones vencidos, créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades FED, MUN, EDO, instituciones empresas de conocida solvencia
3. muebles
4. inmuebles
Señalar la aut EXE
1.-cuando no se señalen bienes suficientes o no sigan el orden
2. teniendo bienes señale fuera de circunscripción, con gravamen, de fácil descomposición
Posturas.- ofrecer de contado 2/3 partes, garantiza 10% para ser postor, 8 días para pujas, tiene para cubrir monto 3 días muebles, 10 días para las otras
Suspensión PAE
1.-garantizando
(depósito en dinero, prenda o hipoteca (75% libres de gravamen debe ser por RPP inscriben los datos del crédito fiscal o por contratos de administración con casas de bolsa amparan en valores la inversión), fianza (queda a cargo de la aut exe, aceptación por notario // moral 10% menor a su capital // física 10% menos a los ingresos declarados o su capital afecto a su actividad empresarial), obligación por un tercero solidario, embargo (a solicitud del contribuyente con documentación, siendo los depositarios, inscribirse en RPP, cubrir los gastos de exe), títulos (CETES con endoso en garantía)
Si procede la garantía (está catalogo, cumple formalidad) el monto y 12 meses de actualización
2. suspensión por revocación
3. llevado o declarado en quiebra
Anulación de la garantía
sustitución // pago o anulación crédito
Medios de Impugnación
Revocación.- Actos de autoridad que tienen que ver con contribuciones y accesorios, es un reestudio del actuar de la autoridad
Procede en vs de:
1.- Determinaciones que establezcan crédito fiscal
2. Niegue devolución
3. Procedimientos aduanales
4. Violación procedimental del PAE
5. Oponga al avalúo por la aut exe
6. Tercerías
7. Malas notificaciones
Puede ser de Oficio cuando sea en beneficio del gobernado o a Petición de parte para ver si fue emitido por autoridad competente, fundado y motivado, cumple con interés público
45 días y se suspende por fallecimiento, ausencia, incapacidad.
Substanciación 3 meses (negativa ficta)
Requisitos nombre, domicilio, razón social, RFC, autoridad dirigida, domicilio recibir notificaciones, firmas, anexos, (10 días) acto impugnado, agravios, pruebas (dictamen pericial) y hechos controvertidos (5 días)

Sentidos del recurso
1.- Desechar por improcedente
2. Sobreseerlo
3. Confirmar
4. Reponer el procedimiento
5. Nulidad lisa y llana (competencias)
6. Resolución reponiendo el acto administrativo
Improcedencia
1.- Falta de interés jurídico
2. Resoluciones en cumplimiento de sentencia
3. Han sido impugnadas en el TFJFyA
4. Que han sido consentidas
5. Conexos
6. Que no se han ampliado o no se expresen agravios
7. Revocados por la aut
8. Tratado para la doble tributación
9. Determinen impuestos y accesorios de otro país
Sobreseimiento
1.- Desistimiento
2. Sobrevenga una causal de improcedencia
3. No existe el acto impugnado
4. Cesación de efectos
Suspensión.- 5 meses para solicitarla, monto fiscal y los 12 meses de actualización
Juicio de Nulidad
1.- Actos administrativos definitivos
2. Actuaciones de la autoridad, decretos, reglamentos, acuerdos generales
SHCP demanda en los juicios halla interés fiscal de la federación
Características Nulificar el Acto
1.- Incompetencia
2. Ausencia requisitos formales, motivación y fundamentación
3. Vicios del procedimiento afecten al particular trasciendan a la resolución
4. Mala valoración de las pruebas
5. 1 Facultades discrecionales no corresponden
6. 2 Violación procedimiento que no deja en indefensión al gobernado
7. Procedimientos arbitrales no competencia desleal
Improcedencia
1.- Interés jurídico
2. No es competente
3. Sentencia pronunciada por el mismo tribunal
4. Consentimiento
5. Recurso pendiente en el TFJFyA
6. Pendiente medio de defensa (definitividad)
7. Conexos de una vía que debe agotarse
8. Ya impugnados en proceso judicial
9. Vs reglamentos
10. Sin conceptos de impugnación
11. No existe la resolución
12. Doble tributación
Formalidades 45 días notificación acto a impugnar 5 años al juicio de lesividad
Amparo
* La demanda de amparo se presenta ante la autoridad responsable con copia de traslado para las partes y el MP
* Emplaza a las partes
* Levanta constancia de la fecha de emisión, la fecha de notificación y la de presentación de la demanda y los días inhábiles
* La autoridad responsable trasmite el expediente original, la demanda de garantías e informe justificado al TCC
* Después de la vista, el expediente se turna a un magistrado para proyecto, la sentencia se dicta en 3 meses
* El TCC tiene 5 días para engrose de la resolución
* Ya puede consultarse el sentido de la resolución
* Demanda con las formalidades de Amparo
1. El nombre y domicilio del quejoso
2. El nombre y domicilio del tercero perjudicado;
3. La autoridad o autoridades responsables
4. Resolución impugnada
5. Notificación de la resolución impugnada
6. Preceptos constitucionales violados
7. Ley que se haya aplicado inexactamente

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *