Medios diplomáticos o políticos

EL ESPACIO Aéreo

Existen tres teorías
El espacio aéreo es libre
Sobre el territorio de un Estado hay dos zonas: una zona inferior bajo la soberanía del Estado y una zona superior de espacio aéreo libre
Un Estado tiene plena soberanía sobre todo el espacio aéreo que está sobre su territorio.

La Convencíón de Chicago sobre Aviación Civil Internacional

En 1944, con el objeto de establecer un régimen internacional de transporte aéreo civil.
Sobre el espacio aéreo, todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio, incluyendo el mar territorial.
Libertad de sobrevuelo,para los Estados en su espacio aéreo que cubre la zona contigua, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y la alta mar
Ámbito de la Convencíón, se aplica solo a las aeronaves civiles y no a las aeronaves de Estado. Se consideran aeronaves de Estado las utilizadas en servicios militares, de aduanas o de policía; son civiles todas las demás. Ninguna aeronave del Estado puede volar sobre el territorio de otro Estado sin haber obtenido autorización para ello.

Las libertades del aire

1.Libertad de tránsito, la de sobrevolar el territorio de otro Estado sin hacer escalas
2.La de hacer escalas para fines no comerciales
3.La de dejar pasajeros, carga y correo procedentes del país de la aeronave
4.La de tomar, carga y correo con destino al país de la aeronave
5.La de llevar pasajeros, carga y correo entre do países ninguno de los cuales es el de la aeronave.


ESPACIO ULTRATERRESTRE

Aunque aún no se ha definido el límite que separa el espacio aéreo del ultraterrestre, en 1963 se firma el llamado«Tratado del Espacio»cuyo principios fundamentales son:
El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrán ser objeto de apropiación nacional.
-El espacio ultraterrestre estará abierto para la exploración y utilización a todos los Estados en condiciones de igualdad
-No se colocara en órbita alrededor de la tierra ningún objeto portador de armas nucleares ni de ningún otro tipo de armas de destrucción en masa.
-Los Estados consideraran a los astronautas como enviados de la humanidad y les prestaran la ayuda posible
-Todo Estado parte que lance un objeto al espacio ultraterrestre será responsable de los daños causados
-El Estado en cuyo registro figura el objeto lanzado retendrá su jurisdicción y control sobre tal objeto.

LA NOTIFICACIÓN

La notificación es un acto por el cual un Estado comunica oficialmente a otro un hecho o una situación. Como consecuencia de ella el Estado notificado no puede alegar desconocimiento del hecho o situación que le há sido comunicado.

EL RECONOCIMIENTO


El reconocimiento es el acto o conjunto de actos por medio de los que un Estado comprueba y acepta un hecho, una situación, un acto
una pretensión.

LA PROTESTA


Es un acto expreso por medio del cual un Estado declara su intención de no admitir o reconocer como legítima una pretensión o una situación determinada. La protesta constituye la contrapartida del reconocimiento.



LA RENUNCIA

La renuncia es una manifestación de voluntad de abandonar un derecho,una facultad, una pretensión o una reclamación. La renuncia producela extinción del derecho o pretensión que es objeto de ella.

LA PROMESA UNILATERAL

La promesa unilateral es una declaración de voluntad formulada por un Estado con la-clara intención de obligarse a adoptar cierto comportamiento respecto de otros Estados.

Tipos de tratados

Bilaterales: Entre dos países

Multilaterales

Munadiales o universales: ámbito de las naciones unidas

Regionales: solo para los de una zona, subregionales

Abiertos: Todos pueden participar

Cerrados: Solo pueden participar algunos

Ley: Son mas vinculantes (carta NNUU)

Contrato: Tratados comerciales, reciprocidad

Normas dispositivas: el estado puede disponer de que tema se a tratar

Normas imperativas: DDII, normas morales, obligatorio cumplimiento

Con Reserva

Sin reservas: Derechos humanos, defensivos

Renovables

No renovables

Solemnes: ratifiacion congresal

Simplificados: aplicable en ese momento


MEDIOS POLÍTICOS O DIPLOMÁTICOS
NEGOCIACIONES DIRECTAS
Las negociaciones directas son el medio normal para resolver las controversias internacionales. La mayor parte de ellas se solucionan por
negociaciones directas. Las negociaciones se desarrollan normalmente por vía diplomática.

BUENOS OFICIOS
Un Estado presta. Sus buenos oficios cuando se limita a aproximar a las partes, a impulsarlas a negociar, por estimar que la desconfianza o
el resentimiento reinante entre ellas impide el diálogo espontáneo.También puede prestar sus buenos oficios una organización internacionalo una personalidad destacada

MEDIACIÓN
En la mediación, un tercero -el mediador- participa en las negociaciones y formula a las partes en controversia sugerencias y propuestas
tendientes a solucionar el diferendo.

INVESTIGACIÓN,
Las partes en una controversia pueden designar una comisión internacional de investigación a fin de que esclarezca los puntos de hecho
sobre los cuales existe una divergencia de apreciación.

CONCILIACIÓN
Es un modo de-solución delas-controversias-internacionales en virtud del cual una comisión internacional procede al examen imparcial de una controversia y se esfuerza por definir términos de arreglosusceptibIes
de ser aceptados por los Estados en conflicto.







B. MEDIOS JURÍDICOS
Los medios jurídicos de solución pacífica de las controversias internacionales
son el arbitraje y la solución judicial. Ambos terminan con
la decisión obligatoria de un tribunal, pero en tanto que en el arbitraje
las partes constituyen el tribunal, escogen los árbitros y convienen el
procedimiento, el arreglo judicial presupone la existencia de un tribunal
permanente preconstituido que tiene sus propios jueces y reglas
de procedimiento.

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