Guía de estudio: Sistema Penal Acusatorio

GUIA DE ESTUDIO.

SISTEMA PENAL ACUSATORIO (PRIMER BLOQUE).

  1. ¿Cuándo ocurrió la reforma del nuevo sistema penal acusatorio?

R= 18 de junio del 2008.

  1. Menciona las características del sistema penal tradicional:

R= Es completamente lineal, opaco, hay secretario de acuerdos, secretario proyectista, juzgamiento de expedientes, sistema de gestión, escrituración.

  1. Dime una definición de sistema procesal penal:

R= Conjunto de principios y garantías que configuran tanto el rol de los actores, al objeto u objetos de debate en sede de Justicia Penal, así como el esquema procedimental del proceso penal respondiendo a una determinada ideología o filosofía.

  1. ¿Cuáles son los tipos de sistemas procesales penales?

R= Acusatorio clásico, inquisitivo, mixto, acusatorio garantista y acusatorio adversarial.

  1. ¿Cuáles son los artículos reformados de la CPEUM?

R= 1, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73 f XXI y XXIII, artículo 115 fracción VIII y el artículo 123 apartado B fracción XIII.

  1. ¿Quién integra la trilogía de investigación?

R= Ministerio Público, Policía y Peritos.

  1. ¿Qué artículos nos hablan del principio PRO-PERSONA?

R= 1 y 14 CPEUM.

  1. ¿Sobre qué nos habla el artículo 16 constitucional?

R= Bases del sistema penal acusatorio, orden de aprehensión emitida por una autoridad jurisdiccional, querella, denuncia, noticia criminal y actuaciones del juez de control.

  1. ¿Sobre qué nos habla el artículo 17 constitucional?

R= Sobre los MASC.

  1. ¿Sobre qué nos habla el artículo 18 constitucional?

R= Los sistemas penitenciarios y Justicia para adolescentes (12-17 años 11 meses 29 días).

  1. ¿Sobre qué nos habla el artículo 19 constitucional?

R= Prisión preventiva oficiosa y los delitos que la merecen de oficio.

  1. ¿De qué nos habla el artículo 20 constitucional?

R= Este se divide en 3 apartados, a) Principios del Proceso, b) Derechos del imputado y c) derechos de la víctima u ofendido.

  1. ¿De qué nos habla el artículo 21 constitucional?

R= La investigación de los delitos corresponde a la policía y al Ministerio Público.

  1. ¿De qué nos habla el artículo 22?

R= Condición de las penas.

  1. ¿A qué se refiere el artículo 73?

R= Delincuencia Organizada.

  1. ¿A qué refiere el artículo 115 constitucional en su fracción VIII?

R= El mando de la policía preventiva.

  1. ¿Qué menciona el apartado B del artículo 123 de la CPEUM en su fracción XIII?

R= Régimen laboral de peritos, Ministerio público y policía.

  1. ¿Cuáles son las etapas del proceso penal acusatorio?

R= 1.- Etapa inicial o de investigación o fase preliminar

2.- Etapa intermedia (Acusación y apertura a juicio)

3.- Juicio oral.

  1. ¿Cuáles son los principios del sistema penal acusatorio?

R= Oralidad, Publicidad, Inmediación, Igualdad, Contradicción, Continuidad, Continuación y Gestión.

  1. ¿Qué tipos de pruebas se desahogan en un Juicio Oral?

R= Prueba objetiva (instrumentos u objetos)

Prueba subjetiva (testigos)

  1. ¿Cuáles son las características de la etapa de investigación inicial?

R= Inicia con una denuncia o querella y concluye con la formulación de imputación art. 221 CNPP

  1. ¿Cuáles son las características de la investigación complementaria?

R= Inicia con la imputación y concluye con el cierre de investigación, art. 221 CNPP.

  1. ¿Cuál es el objeto de la investigación?

R= Tiene por objeto que el Ministerio Público reúna los indicios para el esclarecimiento de los hechos y en su caso los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal.

  1. ¿Quién tiene el deber de investigar?

R= El Ministerio Público y la policía de investigación.

  1. ¿Cómo debe realizarse o cuáles son las características de la investigación?

R= Debe realizarse de manera inmediata, eficiente, exhaustiva, profesional e imparcial, libre de estereotipos y discriminación, orientada a explorar todas las líneas de investigación posibles.

  1. ¿Cuáles son los principios de la investigación?

R= Legalidad, Objetividad, Eficiencia, Profesionalismo, Honradez, Lealtad y Respeto a los derechos humanos.

  1. ¿Qué es una denuncia?

R= Comunicación que haga cualquier persona sobre un hecho ilícito.

  1. ¿Qué es una querella?

R= Expresión de voluntad de la víctima u ofendido, o quien se encuentre facultado para ello, donde manifiesta su pretensión de que se inicie una investigación.

  1. ¿Qué es la cadena de custodia?

R= Sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho, desde su localización, descubrimiento o aportación, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión.

  1. ¿Cuál es la finalidad de la cadena de custodia?

R= Que dichos elementos no se alteren, modifiquen, destruyan o desaparezcan.

  1. ¿Quiénes son los responsables de la cadena de custodia?

R= Las autoridades que actúan como primer respondientes.

  1. Define carpeta de investigación:

R= Es un registro de actos de investigación, de las actuaciones que realizan tanto el Ministerio Público como la policía.

  1. ¿El imputado y su defensor pueden tener acceso a los registros de investigación?

R= Sí, podrán tener acceso cuando se encuentre detenido o sea citado para comparecer como imputado y se pretenda recibir su entrevista.

  1. ¿Cuáles son los dos tipos de investigación?

R= 1.- Aquellas que no requieren autorización previa del Juez de Control y

2.- Aquellas que requieren autorización del órgano jurisdiccional.

  1. ¿Cuáles son los actos de investigación que no requieren autorización previa del juez de control?

R= La inspección del lugar de los hechos o del hallazgo, inspección del lugar distinto al de los hechos, inspección de personas, revisión corporal, inspección de vehículos, levantamiento e identificación de un cadáver, aportación de comunicación entre particulares, reconocimiento de personas, entrevistas a testigos.

  1. ¿Qué actos de investigación requieren autorización del juez de control?

R= Todos aquellos que llegaran a implicar alguna afectación a derechos establecidos en la constitución.

Exhumación de cadáveres, órdenes de cateo, intervención de comunicaciones privadas y comunicaciones, toma de muestras de fluido corporal, vello o cabello, extracciones de sangre.

  1. ¿Qué es un antecedente de investigación?

R= Es todo registro incorporado a la carpeta de investigación que sirve para sustentar la aportación de datos de prueba.

  1. ¿Qué es un dato de prueba?

R= Es la información referida por un determinado medio de convicción, aún no desahogado ante el órgano jurisdiccional, que se considera idóneo y pertinente para establecer razonablemente la existencia de un hecho delictivo y la probable participación del imputado.

  1. ¿Qué es un medio de prueba?

R= También conocidos como elementos de prueba, son toda fuente de información que permite reconstruir los hechos respetando las formalidades procedimentales previstas.

  1. ¿Qué es una prueba?

R= Todo conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingresado al proceso como medio de prueba en audiencia y desahogada bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al tribunal de enjuiciamiento como elemento de juicio para llegar a una conclusión cierta sobre hechos materia de la acusación.

  1. ¿De qué forma deben ser valoradas las pruebas?

R= De manera libre y lógica.

  1. ¿A qué nos referimos cuando decimos licitud probatoria?

R= A que todos los datos y pruebas deberán ser obtenidos, producidos y reproducidos lícitamente y deberán ser admitidos y desahogados en el proceso en los términos que establece el CNPP.

  1. ¿A qué nos referimos cuando decimos nulidad de la prueba?

R= Se considera prueba lícita cualquier dato o prueba obtenidos con violación de derechos fundamentales, lo que será motivo de exclusión o nulidad.

  1. ¿Qué tipos de pruebas se desahogan en juicio?

R= Testimonial, pericial, documental y material.

  1. ¿Qué medios se necesitan para realizar una detención?

R= Orden de aprehensión, flagrancia y caso urgente.

  1. ¿Quién puede realizar una detención y cómo debe realizarse?

R= Cualquier persona, cualquier cuerpo de seguridad y debe realizarse sin demora a disposición y obrar dentro del registro de detención.

  1. En el supuesto de flagrancia, ¿cómo debe realizarse la detención?

R= Cuando es sorprendida en el momento, e inmediatamente después de haber cometido el delito. Ya sea de inmediato, persecución o por señalamiento de la víctima.

  1. ¿Quién es el responsable de calificar la detención?

R= El Ministerio Público deberá examinar las condiciones en que se realizó la detención y si esta fue realizada conforme a lo establecido en la constitución.

  1. ¿Cómo se divide la etapa intermedia?

R= En dos fases, una escrita que refiere a la acusación por parte del Ministerio Público y una fase oral donde se dará inicio a la etapa intermedia y concluirá con el dictado del auto de apertura a juicio oral.

  1. ¿Qué facultades tiene el Ministerio Público ante dicha etapa?

R= Podrá solicitar el sobreseimiento parcial o total, la suspensión del proceso o formular acusación.

  1. ¿Qué es lo que prosigue una vez concluida la investigación complementaria?

R= Si el Ministerio Público considera que la investigación aporta elementos suficientes para ejercer la acción penal contra el imputado, entonces presentará la acusación.

  1. ¿Qué es la acusación?

R= Pretensión ejercida mediante escrito por el Ministerio Público ante la autoridad judicial, de una sentencia o condena, mediante la aportación de medios de prueba que destruyan el principio de presunción de inocencia del imputado.

  1. ¿Qué debe contener la acusación?

R= Individualización del acusado(s) y su defensor, identificación de la víctima y su asesor jurídico, relación clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos atribuidos en modo, tiempo y lugar, así como la clasificación jurídica, la relación de las modalidades del delito que concurrieren, la autoridad o participación concreta que se le atribuye al acusado, la expresión de los preceptos legales aplicados, el señalamiento de medios de prueba que pretendan ofrecer, así como la prueba anticipada que se hubiere desahogado en la etapa de investigación, el monto de la reparación del daño y los medios que ofertan para probarlo, la pena o medida de seguridad cuya aplicación se solicita incluyendo en su caso la correspondiente al concurso de delitos, los medios de prueba que el Ministerio Público pretenda presentar para la individualización de la pena y en su caso, para la procedencia de sustitutivos de la pena de prisión o suspensión de la misma, la solicitud de decomiso de bienes asegurados, la propuesta de acuerdos probatorios en su caso, y la solicitud para que se aplique alguna forma de terminación anticipada del proceso cuando esta proceda.

  1. ¿Cuánto tiempo tiene que transcurrir para que el juez de control señale audiencia intermedia?

R= En un plazo que no podrá ser menor de 30 días ni exceder de 40 a partir de ser presentada la acusación.

  1. ¿Cómo inicia el juicio oral?

R= Por el alegato de apertura de la defensa o del asesor jurídico.

  1. ¿Qué ocurre dentro del juicio oral?

R= Mediante hechos probatorios desahogados por las partes, se generará debate para poder fortalecer las teorías del caso que se practiquen.

  1. ¿Cómo concluye el juicio oral?

R= Con los alegatos de clausura.

  1. ¿Cuántos jueces hay en el sistema penal acusatorio y en qué etapas intervienen?

R= Hay 3 jueces.

1.- El Juez de control, quien conocerá e intervendrá desde la etapa inicial hasta la intermedia.

2.- El tribunal de enjuiciamiento, quien intervendrá en el juicio oral solamente.

3.- El juez de ejecución, este será quien hará que el imputado cumpla o compurgue su pena, de acuerdo al sistema penitenciario establecido.

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