Fundamentos Esenciales del Derecho Administrativo y la Estructura del Estado Mexicano

Definición y Alcance del Derecho Administrativo

Rama del Derecho Público que regula la organización y funcionamiento del Estado y sus relaciones con los particulares.

Características Fundamentales

  • Es rama del Derecho Público.
  • Sus normas son imperativas y obligatorias, orientadas a la satisfacción del interés público.
  • Velar por el interés general (bien común).
  • Autonomía: posee fuente y método propios que ayudan a prestar servicios públicos de calidad.
  • Contribuye a la descentralización de la Administración Pública (permite crear organismos con autonomía para gestionar servicios).
  • Rige la actividad estatal mediante leyes, reglamentos y ordenanzas.
  • Es Derecho interno de cada país.

Sistematización del Derecho Administrativo

Consiste en organizar normas, principios y conceptos para facilitar su estudio, aplicación e interpretación.

Procesos de Sistematización:

  • Identificar normas.
  • Fijar principios.
  • Definir conceptos.
  • Crear categorías o códigos.

Áreas de Regulación (Cuadro Resumido)

Organiza estructuras, crea códigos, leyes y reglamentos, y detecta áreas de mejora. Regula la organización, los deberes de la Administración y las relaciones jurídicas.

Diferencia entre Derecho Público y Derecho Privado

  • Derecho Público: Regula la relación Estado ↔ Personas; enfocado en el interés general.
  • Derecho Privado: Regula la relación Particular ↔ Particular; enfocado en intereses privados.

Relación con Otras Ramas del Derecho

Se relaciona estrechamente con el Derecho:

  • Constitucional (sirve de base).
  • Civil, Penal, Electoral, Mercantil, Municipal, Tributario, Ambiental, Laboral, Procesal e Internacional.

El Estado y sus Elementos Constitutivos

Elementos del Estado

  • Población.
  • Territorio.
  • Gobierno.
  • Valores sociales.

Personalidad Jurídica del Estado

El Estado adquiere derechos y obligaciones por su Constitución y por el Derecho Internacional.

Forma de Gobierno del Estado Mexicano

Según su Constitución, México es una:

  • República.
  • Representativa.
  • Democrática.
  • Laica.
  • Federal.

Distinción entre Servidor Público y Funcionario

  • Servidor Público: Presta servicios públicos (ej. docente, enfermero).
  • Funcionario: Posee autoridad y toma decisiones (ej. presidente, juez).

Marco Jurídico y Jerarquía Normativa

Jerarquía del Marco Jurídico

  1. Constitución Política.
  2. Tratados Internacionales.
  3. Leyes.
  4. Reglamentos.
  5. Costumbre administrativa.
  6. Doctrina y jurisprudencia.

Fuentes del Derecho Administrativo

  • Históricas.
  • Materiales.
  • Directas.
  • Indirectas.
  • Formales.

El Poder de Jerarquía Administrativa

Autoridad del superior para ordenar, supervisar y sancionar a los subordinados. Implica: orden descendente, fiscalización y obediencia.

La Función y Organización de la Administración Pública

La Función Administrativa del Estado

Actividad permanente del Estado para cumplir fines públicos. Se expresa mediante:

  • Actos administrativos.
  • Actos materiales.
  • Actos de administración interna.
  • Contratos.

Formas de Organización de la Administración Pública

Administración Centralizada

Depende directamente del Poder Ejecutivo. Aquí encajan:

  1. Secretarías de Estado: Dependencias sectoriales que conducen políticas y gestión.
  2. Consejería Jurídica: Órgano de asesoría legal del Ejecutivo y defensa jurídica del Estado.
  3. Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética:
    • Comisión Reguladora de Energía (CRE): Regula permisos, condiciones de prestación de servicios energéticos (electricidad, gas), y supervisa tarifas, competencia y concesiones en la materia.
    • Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH): Regula y supervisa la exploración y extracción de hidrocarburos, administra y supervisa contratos y licitaciones en el sector petrolero.

(Estas unidades centralizadas coordinan, fijan políticas y expiden reglas o permisos en sus áreas.)

Administración Descentralizada

Organismos con personalidad y patrimonio propios, enfocados en la prestación de servicios públicos.

Organismos Descentralizados:
  1. Empresas de Participación Estatal: Entidades donde el Estado participa como propietario (p. ej. empresas que prestan servicios o explotan bienes públicos).
  2. Instituciones Nacionales de Crédito: Bancos o entidades financieras estatales que apoyan el desarrollo o el crédito público.
  3. Organismos Auxiliares: Entidades que apoyan funciones públicas específicas (registros, institutos técnicos, etc.).
  4. Fideicomisos: Patrimonios separados administrados por un fiduciario para fines públicos o proyectos específicos.

(Estos tipos de organismos aparecen dentro del sector público y sirven para descentralizar y especializar la prestación de servicios.)

Clasificación de Instituciones Descentralizadas

Se clasifican según su objeto y ámbito territorial:

  • Por región.
  • Por servicio.
  • Por colaboración.

El Acto Administrativo

Definición del Acto Administrativo

Declaración unilateral de autoridad que crea, modifica o extingue derechos u obligaciones. Puede ser: individuales, generales, bilaterales o unilaterales.

Efectos Jurídicos del Acto Administrativo

El acto puede:

  • Conceder derechos.
  • Renovar.
  • Revertir decisiones.
  • Exigir cumplimiento.

Elementos Constitutivos del Acto

  • Sujetos.
  • Voluntad.
  • Objeto.
  • Motivo.
  • Fin.
  • Forma.
  • Principio de la ley.

Requisitos de Validez del Acto

  • Competencia.
  • Forma escrita.
  • Ejercicio en función administrativa.
  • Legalidad.
  • Posibilidad y determinación.
  • Fundamentación y motivación.

Extinción del Acto Administrativo

Extinción Normal:

  • Cumplimiento.
  • Agotamiento.
  • Vencimiento.

Extinción Anormal:

  • Revocación.
  • Anulación.
  • Caducidad.
  • Renuncia.
  • Decisión judicial.

La Visita de Verificación (Inspección)

Inspección administrativa para comprobar el cumplimiento de requisitos y obligaciones legales.

Resumen de los Poderes de la Unión

Poder Ejecutivo

Gobierna y administra. Integrado por el Presidente, Secretarías y organismos. Sus funciones incluyen:

  • Aplicar leyes.
  • Dirigir la política nacional.
  • Nombrar funcionarios.
  • Administrar recursos.
  • Presentar el presupuesto.

Poder Legislativo

Crea o deroga leyes. Integrado por el Congreso (Cámara de Diputados y Senado). Sus funciones incluyen:

  • Aprobar el presupuesto.
  • Fiscalizar.
  • Ratificar nombramientos.

Poder Judicial

Interpreta y aplica la ley. Integrado por la Suprema Corte, tribunales y jueces. Sus funciones incluyen:

  • Resolver controversias.
  • Proteger derechos.
  • Controlar la legalidad.

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