Formas de garantizar el crédito fiscal

1.- Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE):


Las Autoridades fiscales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieran Sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la ley, Mediante este procedimiento.

2.-Acto Administrativo:


Cuando el sujeto pasivo de crédito fiscal no ha hecho el pago del Mismo dentro de los plazos señalados por la ley, la autoridad dicta una resolución Que recibe el nombre de:

Mandamiento de Ejecución:

en la que ordena se requiere al deudor para que efectué el pago, con el Apercibimiento de no hacerlo se le embargan bienes suficientes para hacer Objetivos al crédito fiscal.

3.- Embargo Precautorio:


Es la medida Cautelas que adopta la autoridad fiscal para evitar probables daños y prejuicios En contra de los intereses del fisco por incumplimiento de obligaciones a cargo De los contribuyentes.

4.- Como se clasifica el embargo en materia Fiscal

5.- Que supuestos debe contener el embargo:


*Que exista Un crédito fiscal a cargo del sujeto pasivo
*Que el crédito fiscal haya sido debidamente notificado
*Que el deudor haya incurrido de la obligación de pago
*Que se haya practicado requerimiento de pago al deudor.

6.- Bienes que no se puedan embargar según el C.F.F

7.- Recurso de Revocación:


Es un medio de defensa por medio Del cual disponen los particulares para impugnar los actos y resoluciones Emitidas por las autoridades fiscales que consideren ilegales.

8.- Donde debe presentarse el recurso de revocación Y fecha según el C.F.F



El recurso deberá presentarse a través del buzón tributario, dentro de los Treinta días siguientes a aquel en que haya surtido efectos su notificación

9.- Requisitos que debe contener el escrito Del recurso de revocación


:
I.- La resolución o el acto que se impugna
II.- Los agravios que le causen la resolución o el acto impugnado
III.- Las pruebas y los hechos controvertidos de que se trate.

10.-Documentos que deben acompañar El recurso de revocación:


Los Documentos que acrediten su personalidad cuando actué a nombre de otro o de Personas morales, o en los que conste que esta ya hubiera sido reconocido por La autoridad fiscal.

II.- El Documento en que conste el acto impugnado.

III.- Constancia de notificación del acto impugnado, excepto cuando el promoverte Declare bajo protesta de decir la verdad que no recibíó la constancia o cuando La notificación se haya practicado por correo certificado con acuse de recibo o Se trate de negativa ficta.

IV.- Las Pruebas documentales que ofrezca y el dictamen pericial, en su caso.

11.- Que se entiende por infracción


Es la violación de una ley

Carácterísticas de la infracción:

*
Es el género de lo ilícito
*Amerita pena económica en forma de multa
*La multa la aplica la autoridad fiscal

12.- Delito Fiscal:


Es una infracción que de acuerdo Con el derecho amerita pena corporal.

Carácterísticas



*Es una infracción que amerita pena corporal
*La pena corporal la aplica la autoridad Judicial

13.- Infracciones del C.F.F


. Son infracciones relacionadas Con la obligación de pago de las contribuciones; de presentación de Declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información a través de la página De Internet del servicio de administración tributaria.

14.- Responsables de los delitos fiscales:

I.Concierten la realización del delito

II.Realicen la Conducta o el hecho descritos en la ley

III.Cometan Conjuntamente el delito

IV.Se sirvan de Otra persona como instrumento para ejecutarlo

V.Induzcan Dolosamente a otro a cometerlo

VI.Ayuden Dolosamente a otra pasa su comisión

VII.Auxilien a Otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.

VIII.Tengan la Calidad de garante derivada de una disposición jurídica, de un contrato o de Los estatutos sociales, en los delitos de omisión con resultado material por Tener una obligación de evitar el resultado típico.

IX.Derivado de Un contrato o convenio que implique desarrollo de la actividad independiente, Propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o por interpósita persona, actos, Operaciones o prácticas de cuya ejecución directamente derive la comisión de un delito fiscal.

15.- Delito de Defraudación:


Comete el delito quien con uso de Engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de Alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco Federal.

16.- Delito el contrabando: Lo comete quien introduzca al país O extraiga de las mercancías:

I.- Omitiendo el pago total o parcial De las contribuciones que deban cubrirse.

II.- Sin permiso de autoridad Competente, cuando sea necesario este requisito.

III.- De importación o exportación Prohibida.

17.- Delitos Fiscales:

18.-Notificación Fiscal:


Es el medio legal procesal que se Da a conocer a los contribuyentes, los responsables solidarios a los terceros Con ellos relacionados el contenido de un acto administrativos de carácter Fiscal.

19.- Tipos de notificación fiscal:

I. Personalmente o por correo de Certificado

II. Por correo ordinario o Telegrama

III. Por estrados

IV. Por edictos

V. Por Instructivo cuando se niegue a recibirlo

20.- Notificaciones por estrados:


Cuando la persona a quien deba Notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado se ignore el Domicilio o el de su representante, desaparezca o se oponga a la notificación.

21.- Notificación por edictos:


Es cuando la persona a quien deba Notificarse hubiera fallecido o no se conozca el representante de la sucesiónArt. 140

22.- Cuando surten efectos las Notificaciones:


Al día hábil Siguiente en que fueron hechas y al practicarlas deberá proporcionarse al interesado Copia del acto administrativo que se notifique.

23.- Que sucede cuando la notificación debe Efectuarse personalmente y no se encuentra a quien deba notificarse:


Le dejara el citatorio en el Domicilio, sea para que espere a una hora fija del díahábil posterior que se Señale en el mismo o para que acuda a notificarse a las oficinas de las Autoridades fiscales dentro del plazo de seis días contado a partir de aquel en Que fue dejado el citatorio, o bien la autoridad comunicara el citatorio de Referencia a través del buzón.

24.- Notificaciones ilegales:


Cuando se deje sin efectos una Notificación practicada ilegalmente, se impondrá al notificador una multa de Diez veces al salario mínimo general diario del áreageográfica correspondiente Al Distrito Federal.

25.-Garantía de Interés fiscal:


Es el medio a través del cual se Le asegura a la autoridad fiscal el cumplimiento de la obligación fiscal es Decir pago de contribuciones por parte del contribuyente

26.- Formas que el contribuyente puede Garantizar el interés fiscal :

Art. 141 Cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en los art. 74 y 142 en Alguna de las siguientes formas:

I.- Deposito en dinero, carta de crédito U otras formas de equivalencia que establezca la secretaria de hacienda y créditopúblico.

II.- Prenda o hipoteca.

III.- Fianza otorgada por Institución autorizada, la que no gozara de los beneficios de orden y excusión.

IV.- Obligación solidaria asumida Por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.

V.- Embargo en la vía Administrativa

VI.- Títulos Valor o cartera de créditos del propio contribuyente.

27.- Juicio de nulidad:


Es la resolución de una Controversia legítima por violación o desconocimiento de un derecho entre los Particulares y las autoridades hacendarías el cual determinara a quien le Asista la razón y el derecho. Ley que lo regula: Ley federal de lo contencioso Administrativo.

28.-Casos en que procede: I


.- Resoluciones dictadas por Autoridades fiscales federales, en que se determine la existencia de una Obligación fiscal.

II


– Las que nieguen la devolución de un ingreso cuya devolución proceda de Conformidad con las leyes fiscales.

III


– Las que impongan multas por infracción a las normas administrativas Federales.

IV


– Las que causen agravio en materia fiscal distinta al que se requiera Las fracciones anteriores.

29.- Partes del juicio de nulidad:


El particular o demandante*Demandados: Autoridad responsable*El tercero Que tenga derecho

30.- Ante quien se dirige y presenta el Juicio de nulidad:


Se Presentara ante la sala competente del tribunal federal de justicia fiscal y Administrativa, en razón del territorio.

31.- A partir de que se interpone la demanda Y plazo:


Deberá Presentarse dentro de los 45 días siguientes aquel en que surta efectos la Notificación de la resolución impugnada.

31.- Requisitos de la demanda:

vNombre del demandante y su Domicilio para oír y recibir notificaciones.

vLa resolución que se impugna

vAutoridad o autoridades Demandadas.

vHechos que den motivos a la Demanda

vPruebas que ofrezcan

vConceptos de impugnación

vNombre y domicilio del tercero perjudicado Si lo haya


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