Extincion de las obligaciones en roma

Hechos y Actos jurídicos: Hechos:


Acontecimiento que no conlleva  voluntad de las partes, pero tienen una consecuencia jurídica son: nacimiento, muerte, 18 años

Actos:


Consecuencias jurídicas de un hecho este si conlleva voluntad, son lícitos:
Previstos en el Ord jurídico e ilícitos:
conllevan una sanción jurídica Actos jurídicos nulos:
son celebrados por un incapaz absoluto: sordo mudos que no pueden darse a entender por escrito, dementes e impúberes, incapaces especiales Actos jurídicos anulables:
se celebran por un incapaz relativo, menores adultos, interdictos (insolventes, toxicómanos y ebrios) y personas jurídicas, por esto son subsanables Elementos para la valides del contrato:
 

Capacidad

Goce: tenemos todas las personas. Ejercicio: facultad de celebrar por sí mismo toda clase de actos jurídicos que producen como consecuencia efectos legales  consentimiento libre de vicio:
Se manifiesta por la concurrencia de dos voluntades Vicios de consentimiento:
error: concepto equivocado de la ley, persona o cosa puede ser error de hecho: error esencial:
Destruye el consentimiento.

Sustancial:

vicia el consentimiento Accidental:
no alcanza a viciar el consentimiento o error de derecho:
no vicia el consentimiento Fuerza:
presión física o moral en la que se obliga a una persona a prestar su consentimiento y a obligarse para con otra Dolo:
intención positiva de irrogar injuria a una persona o la propiedad de otro puede ser: positivo, negativo, bueno, malo, principal  e incidental objeto licito:
Toda declaración de dar hacer o no hacer algo y causa licita:
motivo por el que se da el contrato.

Fuentes de las obligaciones:


Negocio jurídico

Acontecimiento que nace de una relación encaminada a producir efectos de carácter económico Contrato:
acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no algo Obligación:
Vinculo jurídico en virtud del cual una determinada persona se coloca en la necesidad de dar hacer o no una cosa con respecto a otra Convención:
acuerdo de voluntades con el objeto de producir un efecto jurídico.

Contrato:

Acuerdo de voluntades que genera obligaciones y derechos recíprocos Cuasicontrato:
hecho licito no convencional que genera obligaciones: agencia oficiosa, pago de lo no debido y comunidad Delito:
acto ilícito no convencional que genera obligaciones cometido con dolo que obliga al autor a la indemnización de danos y perjuicios Cuasidelito:
Act ilícito realizado con culpa pero sin intención de dañar, culpa: grave, leve, levísima: no obliga al pago de danos y perjuicios Ley:
fuente autónoma de las obligaciones: obligación del padre de dar alimentos a sus hijos Elementos constitutivos de las obligaciones:

Sujeto:

Acreedor: tiene derecho de exigir el cumplimiento de la obligación y deudor: persona que se ha comprometido al cumplimiento de una obligación de dar, hacer o no algo Objeto:
constituido por una prestación de dar hacer o no algo Vinculo jurídico:
permite que el acreedor encuentren una facultad y un deber frente a sus obligaciones, concede el derecho de demandar al deudor,


es un vínculo eminentemente jurídicoClasificación de los contratos:  Preparatorio:
preparan un contrato: promesa de compra y venta.

De Garantía:

Garantiza el cumplimiento de una obligación: hipoteca, fianza prenda Traslativo de dominio:
transmite el uso, goce y disfrute y disposición: compra venta, permuta Traslativo de uso:
transmiten el uso y el disfrute pero no el dominio: arrendamiento Prestación de servicios:
prestación de servicios profesionales Unilaterales:
una persona se obliga para con otra que no tiene obligación Bilaterales:
las dos parte se obligan recíprocamente Gratuito:
utilidad de una de las partes sufriendo la otra gravamen Oneroso:
Ambos contrates gravándose cada uno en beneficio del otro Conmutativos:
igualdad de proporción en las obligaciones de las partes Aleatorio:
Depende de un acontecimiento incierto Principal:
Subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención Accesorio:
Asegurar el cumplimiento de una obligación principal Real:
se debe dar la tradición de la cosa a la que se refiere: Comodato Consensual:
Se perfecciona por el solo consentimiento: Matrimonio Solemne:
debe cumplir las solemnidades especiales, de no hacerlo no hay efecto civil: Matrimonio Efectos jurídicos de las obligaciones:
contrato es ley para las partes invalidada por consentimiento mutuo, por causas legales, el cumplimento puede ser, forzado, voluntario o por un tercero Subrogación:
Se cambia de acreedor, y se deben pagar intereses, debe ser dado con el permiso del deudor Reembolso:
No se da con permiso del deudor, en este caso solo se paga el capital sin intereses Modos de extinguir las obligaciones:

Solución o pago efectivo:

a quien se paga, donde se paga, con que se paga cuando se paga Novación:
Obligación nueva que remplaza a una anterior, Transacción:
Acuerdo extrajudicial entre las partes, Remisión:
acreedor perdona la deuda Compensación:
los dos deudores tienen un deuda mutua que salda la deuda Confusión:
en la misma persona recae la figura de acreedor y deudor Perdida de la cosa que se debe:
caso fortuito o fuerza mayor, Nulidad o recisión:
nulidad se da cuando el contrato es celebrado por un incapaz absoluto o no cumple solemnidades, recisión contrato es viciado por error fuerza o dolo Evento de la condición resolutoria:
evento futuro e incierto del cual depende la extinción de un derecho Prescripción:
no se puede exigir el pago de la obligación después de determinado tiempo Mora:
retraso perjudicial en el cumplimiento de una obligacion  Requisitos:
retraso por parte del deudor en el cumplimiento de la obligacion, este retraso sea cometido con dolo, interpelación del acreedor al deudor, puede ser contractual: se hace constar un plazo para el cumplimento de la obligacion, se establece por la naturaleza de la obligacion o extracontractual: requerimiento de manera expresa para el cumplimiento de la obligacion Pruebas de las obligaciones:
instrumentos públicos o privados, testigos, peritos,inspección judicial, confesión de parte, juramento deferido, presuncion

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