Declaraciones derechos y garantías

Declaraciones:

Son los artículos de la Constitución que Sientan las bases generales y fundamentales de la organización del Estado Argentino. Mediante ellas se establecen pautas relativas a la forma de Estado, De gobierno, acerca de cuestiones económicas, jurídicas e incluso religiosas. Pueden Clasificarse en diferentes categorías:

♠ Declaraciones Políticas: por medio de ellas se define la forma de Estado y de Gobierno. El articulo
1 dispone “la nación Argentina adopta para su Gobierno la forma representativa, republicana, federal, según lo establece la Presente constitución”. El articulo 5 determina: “ Cada provincia Dictara para si una constitución bajo el sistema representativo republicano, de Acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional, y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal y La educación primaria, el gobierno federal, garante a cada provincia el goce y Ejercicio de sus instituciones”.

♠ Declaraciones Religiosas: Hacen referencia a cuestiones confesionales. El articulo 2 establece: “El gobierno federal sostiene el culto católico apostólico Romano”

♠ Declaraciones Económico-financieras: Se sientan normas generales relativas a la Economía y financiamiento del Estado, como el articulo 10 y el articulo 25.

♠ Declaraciones Jurídicas: Fijan las reglas generales de validez de las leyes. El Articulo 8 sostiene: “los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los Derechos, privilegios e inmunidades inherentes al titulo de ciudadano en las Demás. La extradición de los criminales es de obligación reciproca entre todas Las provincias”.

El articulo 31 consagra la supremacía constitucional, Y el articulo 30 fija un procedimiento especial para reformar la constitución.

Derechos:

Un derecho es la posibilidad O facultad que tiene una persona de hacer o no hacer algo. Todo derecho es Reconocido por el Estado y por lo tanto su ejercicio esta dentro de la ley. Los Derechos constitucionales son todas aquellas facultadas o atributos que el Estado reconoce a todos sus habitantes. Esto le permite a toda persona que Pueda exigir a las autoridades su cumplimiento.

La constitución reconoce los derechos de dos Maneras, de forma explicita y de forma implícita.

Clasificación de derechos :

Derechos Civiles son aquellos que le corresponden a la persona Como individuo, independientemente de su rol social, y que hacen a su vida y a Su libertad personal. Son exigibles contra cualquiera, que ose perturbarlos. Así, son derechos civiles el derecho a la vida, a la libertad personal, a Ejercer libremente su culto, a reunirse, a asociarse con fines útiles, a la Dignidad, al honor, al nombre, etcétera.

Derechos Sociales, son los que le Corresponden a las personas por su rol en un determinado contexto social, por Hallarse desprotegidos frente a una situación desigual con respecto a otros que Podrían abusar de tal circunstancia. Así son derechos sociales fundamentalmente Los referidos al trabajo, Es por ello que la ley toma posición para lograr Equidad, estableciendo por ejemplo que las condiciones de trabajo deben ser Dignas, que deben respetarse horarios de trabajo, impide o regula el trabajo de Menores, concede vacaciones pagas, un salario mínimo vital, el derecho de Agremiarse, el derecho de los gremios a la huelga, a concertar convenios Colectivos de trabajo, a recurrir a la conciliación y al arbitraje, etcétera. En otros casos el estado interviene para proteger a aquellos miembros del Cuerpo social que se hallan en situación de inferioridad y necesitan mayor Atención por su estado de salud o por su edad avanzada, concedíéndoles seguro Social, pensiones y jubilaciones.

Derechos Políticos, son los que le Corresponden al ciudadano para participar como miembro activo del poder Político en un gobierno democrático, por sí o a través de sus representantes. El derecho de sufragio, a afiliarse a un partido político, a ser elegido para Un cargo de gobierno, a participar en la presentación de un proyecto de ley, en Un plebiscito, o en una consulta popular.

Derechos de solidaridad


Forman parte de esta categoría los derechos vinculados con la ecología, la paz Y el desarrollo. Son derechos colectivos pues su titular no es una persona Determinada sino que abarcan a toda la comunidad.

Derechos De primera generación son Los declarados como consecuencia de las revoluciones burguesas y europeas y de Independencia americana. Están incluidos los derechos civiles y políticos.

Los Derechos de segunda generación Son los económicos sociales y culturales.

Los Derechos de tercera generación


Hacen referencia al ambiente sano, al uso de la ciencia y la tecnología en el Beneficio de todos, a la paz, al desarrollo y de los vincula con la Solidaridad.

Garantías Constitucionales:

Son mecanimos de protección De los derechos de los habitantes frente al poder del estado. La garantía Funciona como una medida concreta que asegura el goce del derecho. El articulo 19 de la Constitución Consagra dos garantías fundamentales:

– el principio de reserva que dispone que cada Persona goza de un espacio de privacidad àra hacer lo que desea, que queda al Margen de la acción del Estado, en la medida en que esos actos no perjudiquen a Los demás.

– El principio de legalidad que Señala que todo lo que no esta prohibido esta permitido por la ley, la lista Seria interminable y siempre incompleta. Por eso se parte de una base de Libertad jurídica que permite a cada persona realizar todo lo que no esta Prohibido.

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