Contratos compra venta

Tema 9
Compra venta

La compra-venta mercantil:


Por el contrato de compra
Venta de los contratantes, uno de ellos se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar un cierto precio, en dinero o signo que lo represente.

A)Regulación y contenido: 1)

Compra-venta mercantil será aquel contrato en el que quien compra lo hace con la intención de revender lo adquirido para lucrarse por medio de la venta.Es necesario conocer la intención delcomprador para poder calificarlo.Si el comprador es comerciante es fácil presumir que cuando compra objetos propios de su tráfico lo hace para revenderlos.Problema: radica en si la compra la realiza una persona nocomerciante o los bienes no son propios de su tráfico.
2)no serán compra-venta mercantiles: Las compras para el consumo propioLas ventas de cosecha y ganadoLas ventas, en sus propios talleres, de objetos fabricados por artesanos.La Reventa para el consumo realizada por cualquier persona no comerciante.
3)En la cadena económica

Los contratos de compra-venta en que el productor vende al comerciante serían mercantiles.Los contratos de compra-venta en que el comerciante vende al consumidor no lo serían.La compra-venta deberá regirse, en todo aquello que no se halle claro y expresamente establecido en éste código o en leyes especiales, por las reglas generales del DC.
b)Perfección y objetoPerfección del contrato significa que existe el contrato porque se cumplen los requisitos que el derecho exige para su validez.La perfección de los contratos de compra-venta mercantil, en los casos en los que no existe norma mercantil específica, habrá de regirse por las reglas generales del DC, son aplicables por tanto las cuestiones sobre consentimiento, objeto y causa  En la compra-venta estamos ante un contrato consensual(se perfecciona con el consentimiento de las partes). La venta se perfeccionará entre el comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos si hubieren convenido en la cosa y precio del contrato, aunque ni la una ni la otra se hayan entregado.Los contratos de compra-venta celebrados en FERIA en la modalidad de contratos al contado que han de cumplirse ese mismo día o en las 24h siguientes se consideran nulos si en ese plazo ninguno de los contratantes reclama su cumplimiento, quedando las arras a favor de quien las hubiese recibido.
Objeto es la materia sobre la que recae la prestación, es decir: cosa determinada y precio cierto que recíprocamnente deben entregarse comprador y vendedor.En cuanto a la cosa (prestación del vendedor) se utiliza la expresión mercaderías, efectos, y cosas. Alude a las cosas muebles corporales aptas para el tráfico y con valor patrimonial propio. Se excluye a los bienes inmuebles. Existen otros posibles objetos de contrato: Dcho. De prop. Industrial, títulos-valores…Tiene que estar determinada.En cuanto al precio (la prestación del comprador)debe ser cierto en dinero,el precio lo determinan los contratantes,Obligación de pagar en el plazo convenido,El precio se expresa en u.M.,Puede ser en moneda nacional o extranjera,En caso de no ser posible el pago en especias pactado, se hará efectivo en la moneda que tenga curso legal en España.



Compra-ventas especiales


Tiene por objeto las cosas genéricas. Se refiere a la compra-venta sobre cosas fungibles cuya determinación como objeto cierto del contrato requiere que se realicen operaciones de numeración, pesaje o medición.En el momento de la ejecución del contrato  lo genérico se convierte en cosas concretas, porque son estas cosas concretas nlas que debe entregar el vendedor al comprador.

Venta con expedición

Conocida como compra-venta de plaza a plaza. Especialidadà no concurrencia en un mismo lugar de las partes contratantes. El vendedor no entrega la cosa vendida directamente, lo hace a través de un transportista. Es necesario en estos casos determinar cuál es el lugar y momento en que el vendedor cumple su obligación contractual de entrega.Al comprador le correspondehacerse cargo de los objetos vendidosCompra-ventas a plazos
Se refiere a ciertos bienes muebles corporales adquiridos a crédito.Se habría de pagar fraccionadamente en variso plazos y en la forma pactada. La Ley regula: forma escrita obligatoria,conjunto mínimo de pactos y claúsulas obligatorio, y posibilidad de desistimento del comprador.

Compraventas internacionales:

Se ocupa de la compraventa puesta al servicio de relaciones económicas y comerciales entre ciudadanos de países distintos.Se ha llegado al establecimiento de una legislación supranacional en materia de contratos de compraventa.El propio texto del convenio limita su aplicación en virtud de una serie de razones; que se trate de contratantes cuyos establecimientos se encuentren en países o Estados que hayan ratificado la convencíón.

Contratos próximos a la compraventaEl contrato de suministro


No está regulado ni en el C. De c. Ni en el C.C. ·Ventas por suministro se pretende garantizar una continuidad o periodicidad de prestaciones para cubrir de este modo unas necesidades duraderas y de cierta estabilidad.Podría entenderse que es mercantil el suministro cuando quien lo adquiere lo haga para proceder a suministrar a otros lucrándose de esta segunda operación.

El contrato estimatorio

Una de las partes entrega a otra determinadas cosas muebles, cuyo valor se estima en una cantidad cierta, con la finalidad de procurar la venta de lo recibido y con obligación, si efectivamente se produce dicha venta, de pagar el valor estimado a la persona que entregó los objetos, y, si no se produce la misma, con el derecho a proceder a su devolución. Aunque hay valor estimado, que deberá reembolsarse al tradens cuando se produzca la venta a un tercero, no hay un precio cierto, ni hay voluntad de adquirir el objeto, y por ello no puede decirse que sea una compraventa. El accipiens venderá a mayor precio, para lucrarse con el valor diferencial de modo similar a como ocurre en una reventa, pero sólo le debe al tradens el valor que se fijó en la estimación·La actuación de accipiens beneficia al tradens.

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