Conceptos Clave del Juicio de Amparo y Control Constitucional en México

Examen de Amparo: Fundamentos y Procedimientos

Este documento aborda conceptos esenciales del juicio de amparo y el control constitucional en México, presentando una serie de preguntas y respuestas clave para comprender su funcionamiento y relevancia en el sistema jurídico.

1. Principios de Derechos Humanos en el Juicio de Amparo

Los siguientes son seis principios fundamentales de los Derechos Humanos aplicables en el juicio de amparo:

  • Universalidad: Los derechos humanos corresponden a todas las personas por igual, sin distinción alguna.
  • Inalienabilidad: Los derechos humanos no pueden ser transferidos, cedidos o renunciados.
  • Interdependencia: Todos los derechos humanos están relacionados entre sí y su ejercicio depende del respeto y garantía de otros.
  • Irrenunciabilidad: Las personas no pueden renunciar a sus derechos humanos, ni el Estado puede despojarlos de ellos.
  • Indivisibilidad: Los derechos humanos son un conjunto integral, no pueden ser fragmentados ni jerarquizados.
  • Progresividad: El Estado tiene la obligación de garantizar el avance en el desarrollo de los derechos humanos, sin retrocesos.

2. Caso Paradigmatico de Control Constitucional Político Global

Respuesta: El caso paradigmático de control constitucional político en el mundo es Marbury v. Madison (1803).

3. Características del Control Difuso Constitucional Americano

Las principales características del control difuso constitucional americano son:

  • No se concentra en un único órgano jurisdiccional; cualquier juez puede ejercerlo.
  • Es incidental, es decir, el conflicto constitucional no es el litigio principal, sino que surge dentro de un proceso ordinario.
  • Puede ser ejercido a instancia de parte o, en algunos casos, por oficio de la instancia judicial.

4. Características del Control Concentrado Europeo

Las principales características del control concentrado europeo son:

  • Es una vía principal, porque se aplica al final de un juicio o como acción autónoma ante un tribunal especializado.
  • Tiene efecto erga omnes, lo que significa que la sentencia que declara la inconstitucionalidad de una norma afecta a todos.
  • Es concentrado, pues solo existe un único órgano (Tribunal Constitucional) que ejerce esta jurisdicción.

5. Características del Control Político Francés

Las principales características del control político francés son:

  • Es un control constitucional incidental.
  • Recae en el Consejo Constitucional.
  • Es un control facultativo sobre leyes y tratados.
  • Regula actos públicos.

6. Exponentes Mexicanos en Derecho Procesal Constitucional

Respuesta: Dos exponentes mexicanos destacados en materia de Derecho Procesal Constitucional son Mariano Otero y Héctor Fix-Zamudio.

7. Recurso Exclusivo ante la SCJN para Denunciar Contradicción Constitucional

Este es el recurso que se tramita en forma exclusiva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por medio del cual se denuncia la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general de menor jerarquía.

Respuesta: Acción de Inconstitucionalidad.

8. Violaciones que Dan Lugar al Juicio de Controversia Constitucional

Son aquellas que un poder o autoridad realiza mediante un acto o emisión de una disposición de carácter general, como son una ley, un reglamento o un decreto, y con ello ejerce funciones que le corresponden a otro poder o nivel de gobierno.

Respuesta: Violaciones que dan lugar al juicio de controversia constitucional.

9. Fundamento Constitucional para la Investigación de Violaciones Graves por la CNDH

Respuesta: El fundamento constitucional para que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) investigue hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente, es el Artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

10. Sectores del Derecho Procesal Constitucional Actual

Los tres sectores que engloba el Derecho Procesal Constitucional en la actualidad son:

  • Orgánico: Se refiere a la protección de atribuciones y competencias entre poderes y niveles de gobierno, así como a las instancias jurisdiccionales encargadas de ello.
  • Internacional: Aborda la aplicación y observancia de pactos y tratados internacionales en materia de derechos humanos, como el Pacto de San José de Costa Rica.
  • Derecho Interno: Comprende los instrumentos de protección de los derechos humanos dentro del ordenamiento jurídico nacional.

11. ¿Es Procedente el Juicio de Amparo en Materia Electoral?

Respuesta: No.

12. Equiparación de Juicios Electorales con Tipos de Control de Constitucionalidad

Respuesta: Los juicios en materia electoral podrían equipararse al Control Político.

Tipos de Intereses y Sujetos Procesales en el Juicio de Amparo

A continuación, se presentan los tipos de intereses y el sujeto procesal al que podrían corresponder en el juicio de amparo:

Tipo de Interés

Tipo o Sujeto a Juicio

13. LegítimoInterés personal pero indirecto, que puede causar un daño al quejoso, aunque no afecte directamente un derecho subjetivo.
14. JurídicoInterés que se basa en un derecho subjetivo tutelado por una norma jurídica, oponiéndose a la autoridad.
15. SimpleInterés meramente subjetivo o moral de una persona frente a la autoridad, que no genera un derecho tutelado.

Principios del Juicio de Amparo y su Definición

Relaciona cada principio con su correspondiente definición:

Principio

Definición

16. Principio de Instancia de Parte(16) El amparo solo puede ser promovido por la parte a quien le perjudique la ley, el tratado internacional, el reglamento o cualquier otro acto que se reclame.
17. Principio de Prosecución Judicial(17) Determina que el amparo es una institución que constituye un verdadero juicio, con todas sus etapas procesales.
18. Principio de Agravio(18) Se refiere específicamente al perjuicio que causa el acto reclamado en la esfera de derechos del gobernado.
19. Principio de Definitividad(19) Consiste en la obligación que tiene el quejoso de agotar, siempre que no se esté en un caso de excepción, los recursos o medios de defensa que prevea la ley del acto.
20. Principio de Estricto Derecho(20) El órgano jurisdiccional debe circunscribirse exclusivamente al análisis de las cuestiones planteadas en el escrito de demanda de amparo, con las que se fija la litis.
21. Principio de Relatividad(21) Limita los efectos del amparo exclusivamente a los quejosos y únicamente respecto de los actos reclamados (conocido como la ‘fórmula Otero’).

22. Tipos de Supletoriedad en el Juicio de Amparo

En el juicio de amparo, se distingue principalmente la suplencia de la deficiencia de la queja y la supletoriedad de la Ley de Amparo respecto de otras leyes. La suplencia de la deficiencia de la queja se aplica en diversos supuestos:

  • Queja: Se refiere a la omisión de hechos o la falta de petición de algo por parte del quejoso.
  • Error: Cuando la fundamentación jurídica es equivocada.
  • Deficiencia: Por ejemplo, si se calculó mal el tiempo retroactivo en la demanda.

Procedencia e Improcedencia de la Suplencia de la Queja por Materia

De acuerdo con la materia o rama del Derecho, la suplencia de la deficiencia de la queja procede o es improcedente en los siguientes casos:

Es Procedente

Es Improcedente

23. Penal26. Electoral
24. Civil (en ciertos casos, como menores o incapaces)27. Fiscal
25. Administrativo (en ciertos casos, como trabajadores)28. Agrario (solo en favor del ejidatario o comunero)

Tipos de Jurisprudencia y Órganos Emisores

A continuación, se detallan los tipos de jurisprudencia y los organismos del Poder Judicial de la Federación de los que emanan, de acuerdo con su competencia:

Tipo de Jurisprudencia

Órgano Emisor

29. Por Precedentes ObligatoriosSuprema Corte de Justicia de la Nación (Pleno y Salas)
30. Por ReiteraciónTribunales Colegiados de Circuito (TCC)
31. Por Contradicción de Criterios / SustituciónSuprema Corte de Justicia de la Nación (Pleno y Salas), Plenos Regionales
32. Por InterrupciónSuprema Corte de Justicia de la Nación (Pleno y Salas), Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito (cuando un criterio deja de ser obligatorio)

33. Tipos de Actos Reclamables en el Juicio de Amparo

Los tipos de actos que pueden ser objeto de un juicio de amparo incluyen:

Actos Reclamables

Normas generales (leyes, reglamentos, decretos)
Actos de autoridad (acciones u omisiones)
Actos fuera de juicio que afecten a terceros extraños al mismo
Actos de particulares (en los casos que la ley de amparo lo prevea)

34. Formas de Creación de Jurisprudencia por el PJF

Respuesta: La jurisprudencia que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación se fija principalmente por reiteración de criterios, contradicción de tesis y sustitución.

35. Recursos Procedentes en el Juicio de Amparo

Respuesta: Los recursos que son procedentes en el juicio de amparo son: revisión, queja, reclamación e inconformidad.

36. Excepción al Principio de Definitividad y su Fundamento

Respuesta: Una excepción al principio de definitividad es que los actos reclamados afecten a personas extrañas al juicio. (Fundamento: Artículo 61, fracción XX, de la Ley de Amparo, entre otros).

37. Formas de Comparecencia del Promovente en el Juicio de Amparo

Respuesta: Un promovente puede presentarse a juicio de amparo por sí mismo, por apoderado o por su representante legal.

38. Representación de la Autoridad Responsable en el Juicio de Amparo

Respuesta: La autoridad demandada en un juicio de amparo puede tener representación por sí misma (a través de su titular) o por su representante legal o jurídico.

39. Partes en el Juicio de Amparo

Respuesta: Las partes en un juicio de amparo son: el quejoso, la autoridad responsable, el tercero interesado y el Ministerio Público de la Federación.

40. Definición de Juicio de Amparo

Respuesta: El juicio de amparo es un juicio constitucional que se utiliza para reclamar actos de autoridad, omisiones o leyes que vulneran los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Organismos del Poder Judicial de la Federación y su Competencia

A continuación, se mencionan los organismos instanciales del Poder Judicial de la Federación y su competencia principal:

Organismo

Competencia Principal

41. Juzgado de DistritoConocen de juicios de amparo indirecto, controversias por incumplimiento de leyes federales, entre otros.
42. Tribunal Colegiado de ApelaciónConocen de recursos de apelación en asuntos conocidos en primera instancia por los Juzgados de Distrito, así como amparos indirectos en revisión.
43. Tribunal Colegiado de CircuitoConocen de juicios de amparo directo, recursos de revisión en amparo indirecto, queja, inconformidad y reclamación.
44. Plenos RegionalesResuelven denuncias de contradicciones de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito de su región.
45. Salas de la SCJNConocen de recursos de revisión en amparo indirecto, amparo directo en revisión, y otros asuntos de su competencia.
46. SCJN (Pleno)Conoce de controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, recursos de revisión en amparo indirecto de trascendencia, y otros asuntos de su competencia.

47. Plazo para Interponer un Amparo Indirecto

Respuesta: El plazo general para interponer un amparo indirecto es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación del acto o resolución reclamada. Sin embargo, existen excepciones a este plazo, como en el caso de normas generales autoaplicativas o el procedimiento de extradición, donde el plazo es de treinta días; o en actos que impliquen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación, expulsión, proscripción o destierro, desaparición forzada de personas o cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional, en cuyo caso el amparo puede interponerse en cualquier tiempo.

48. Incidente de Sustitución de Sentencia

Respuesta: El incidente de sustitución de sentencia tiene por efecto que la ejecutoria de amparo se dé por cumplida cuando se le pague al quejoso algún daño o perjuicio, en los casos en que el cumplimiento estricto de la sentencia de amparo sea imposible o desproporcionado.

49. Declaratoria General de Inconstitucionalidad

Respuesta: La Declaratoria General de Inconstitucionalidad tiene por objetivo principal invalidar normas generales que vulneren lo establecido en la Constitución, con efectos generales una vez que se cumplen ciertos requisitos y plazos.

50. Denuncia de Inconstitucionalidad

Respuesta: La denuncia de inconstitucionalidad es un mecanismo de control que sirve para rechazar del orden jurídico normas generales que sean contrarias a la Constitución, aunque su alcance y procedimiento difieren de la declaratoria general de inconstitucionalidad.

51. Cambios Relevantes en la Reforma Constitucional del PJF (2021)

A continuación, se mencionan brevemente tres cambios establecidos en la reforma constitucional que afecta al Poder Judicial de la Federación (Reforma Judicial de 2021):

  • Fortalecimiento de la Carrera Judicial: Se establecieron nuevas reglas para el ingreso, permanencia y promoción de jueces y magistrados, buscando profesionalizar y meritocracia en el PJF.
  • Creación de los Plenos Regionales: Sustituyeron a los Plenos de Circuito, con el objetivo de unificar criterios jurisprudenciales en regiones más amplias del país.
  • Jurisprudencia por Precedentes Obligatorios: Se modificó el sistema de creación de jurisprudencia para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableciendo que sus razones de las decisiones en las sentencias que resuelvan las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad son obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales.

52. Artículo 218 de la Ley de Amparo: Tipos de Jurisprudencia y Efectos Vinculantes

Órgano que lo Emite

Tipo de Jurisprudencia

Efectos Vinculantes

  • Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • Jurisprudencia por precedentes obligatorios
  • Obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas, con excepción de la propia SCJN.
  • Será obligatoria para las Salas de la SCJN.
  • Plenos Regionales
  • Jurisprudencia por contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito
  • Obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas de su región, salvo la SCJN y los propios Plenos Regionales.
  • Tribunales Colegiados de Circuito (TCC)
  • Jurisprudencia por reiteración
  • Obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas de su circuito, excepto la SCJN, los Plenos Regionales y el propio Tribunal Colegiado de Circuito.

53. Esquema Estructural del Poder Judicial de la Federación

A continuación, se presenta el esquema estructural del Poder Judicial de la Federación:

9k=

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *