Concepto y Naturaleza del Derecho
La palabra Derecho proviene del latín directum, que significa enderezar o alinear. Nos da la idea de lo recto, igual, sin torcerse; es dirigir la idea de un orden y estar sujeto a una regla.
Diferencia entre Derecho y los Derechos
Cuando hablamos de Derecho (en mayúscula o singular) nos referimos a una ciencia que contiene y enuncia principios generales. Cuando hablamos de Los Derechos (en plural) se hace referencia a facultades acordadas y reconocidas a los individuos (ejemplos: el derecho de propiedad, el derecho de expresión, el derecho a trabajar).
Definiciones Fundamentales
Según Joaquín Llambías
El Derecho es el ordenamiento social justo. Un conjunto de normas que, ordenando la vida de los humanos en sociedad, les permite seguir sus fines y vivir dignamente.
Según Hans Kelsen
El derecho es en esencia un orden para promover la paz. Tiene por objeto que un grupo de individuos pueda convivir de tal forma que los conflictos que se provoquen entre ellos puedan solucionarse de una manera pacífica, sin recurrir a la fuerza y de conformidad con un orden de validez general. Este orden es el Derecho.
Estructura Jerárquica del Ordenamiento Jurídico
La Pirámide de Kelsen
La estructura jerárquica de las normas jurídicas, según la teoría de Hans Kelsen, se organiza de la siguiente manera:
- Constitución Nacional (CN) (incluye tratados, derechos humanos, Art. 75 inc. 22).
- Ley.
- Decreto Ley.
- Decreto.
- Ordenanza.
- Ley Individual (ej. Sentencia judicial).
Clasificaciones del Derecho
Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo
Derecho Objetivo
El Derecho como orden jurídico social apunta al exterior del ser humano, como las normas que regulan su conducta. Las normas que contienen la Constitución, el Código Civil, el Código de Comercio, la Ley de Riesgos del Trabajo, etc., hacen al Derecho Objetivo. Es decir, son cuerpos normativos que regulan relaciones jurídicas y conductas.
Derecho Subjetivo
Es la facultad que tiene una persona de exigir que se le entregue la cosa debida, que se le deje transitar, que se le pague el precio justo. Es la facultad de hacer, dar o exigir a todos los demás una determinada conducta.
Diferencia entre Normas Morales y Normas Jurídicas
Normas Morales
- Señalan conductas a las que el hombre debe ajustarse.
- No son de cumplimiento obligatorio.
- Queda librado a la conciencia del individuo.
- Quien no cumpla no recibirá otra sanción más que el rechazo social.
Normas Jurídicas
- Señalan conductas a las que el hombre debe ajustarse.
- Son de cumplimiento obligatorio.
- Conllevan un castigo determinado por el Derecho.
- El incumplimiento determinará la aplicación de una sanción por parte de jueces.
Nota: Ambas regulan conductas humanas, tienen el mismo sujeto (el ser humano) y tienen la misma finalidad (el bien común).
Derecho Natural y Derecho Positivo
Derecho Natural
Es el conjunto de principios jurídicos fundamentales. El hombre lo reconoce por la razón, no lo crea. Está presente en la conciencia humana. Es innato, inherente al hombre por su naturaleza, y es válido en todas las épocas y en todos los pueblos. Ejemplo: cumplir lo pactado, reparar el daño causado, respetar los grados y la autoridad.
Derecho Positivo
Es el conjunto de normas sancionadas por la autoridad pública. Es el conjunto de leyes de un momento determinado que rigen la conducta de una sociedad específica. Se nutre del Derecho Natural.
Derecho Interno y Derecho Internacional
Derecho Interno
Es el que rige exclusivamente en un Estado.
Derecho Internacional
Es el que rige las relaciones entre distintos Estados o naciones, entre personas de distintos Estados y entre los Estados y los organismos internacionales. A su vez, puede ser público o privado.
Derecho Público y Derecho Privado
Derecho Público
Conjunto de normas concernientes al Estado y al interés general.
Derecho Privado
Considera lo concerniente a la utilidad de los particulares. Tiene en cuenta quién es el sujeto y qué protege.
Criterios de Distinción
- Si uno de los sujetos es el Estado y el interés que persigue es el bien común, el derecho será público.
- Si los sujetos son privados y el interés es personal, el derecho será privado.
Ramas del Derecho Público
- Internacional Público
- Constitucional
- Administrativo
- Penal
- Procesal
- Comunitario
Ramas del Derecho Privado
- Civil
- Comercial
- De Familia
- Ambiental
- Del Consumidor
- Previsional
Sistemas Jurídicos
La Codificación
La Codificación es la reunión orgánica y sistemática de todas las normas de un país sobre una materia determinada en un cuerpo único llamado Código.
Código
Conjunto de normas jurídicas de una rama del Derecho.
Características de la Codificación
- Unidad
- Unifica el contenido de la rama del Derecho determinada.
- Exclusividad
- Solo las normas referidas a la materia son codificadas. Ejemplo: el homicidio siempre será regulado por el Código Penal.
- Sistematización
- La recopilación se ha realizado siguiendo un método científico que le da organicidad, ubicando las instituciones que lo integran en un lugar determinado.
El Common Law
Existen países en los que las normas no se encuentran codificadas. Asientan su sistema jurídico en lo que se llama el Common Law (Derecho Común), que se basa en el derecho consuetudinario. Los jueces no crean el derecho, sino que lo declaran según la costumbre que se encuentra en los precedentes jurisprudenciales.
Fuentes del Derecho
La Ley (Fuente Principal)
La definición de la ley es: «regla social obligatoria establecida de forma permanente por la autoridad pública y sancionada por la fuerza que ella misma implica».
Características de la Ley
- Obligatoriedad
- Debe ser obedecida por todos a los que va dirigida. Nadie puede excusarse de su cumplimiento.
- Coactividad
- Induce al cumplimiento estableciendo sanciones para el caso de que la ley sea violada. Las sanciones pueden ser resarcitorias (cuando hay daño, se repara) o represivas (cuando hay un delito, años de cárcel).
- Generalidad
- Se aplica a la totalidad de las personas que se encuentran en las mismas circunstancias. Ejemplo: Todos los que producen daño deben repararlo.
Otras Fuentes del Derecho
La Costumbre
Consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica.
La Jurisprudencia
Consiste en las decisiones legales. Esas decisiones coincidentes de muchos jueces sobre la misma cuestión crean la convicción de que su justeza es estable y, en ciertos sistemas, crea el Derecho.
La Doctrina
Es la opinión de los estudiosos sobre distintos temas de Derecho. Las opiniones de los juristas son seguidas muchas veces por los jueces cuando tienen que resolver cuestiones dudosas.
Jurista
Persona que escribe, lee y vive para el Derecho.
La Equidad
Toma en cuenta el sentido humano del Derecho, prevaleciendo frente a las consideraciones normales y regulares la circunstancia del caso concreto. La equidad no implica suavidad, sino justeza en el caso concreto.
