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Una persona fallecida puede ser adoptante

ARTICULO 634.- Nulidades absolutas


Adolece de nulidad absoluta la adopción obtenida en Violación a las disposiciones referidas a: a) la edad del adoptado; b) la Diferencia de edad entre adoptante y adoptado; c) la adopción que hubiese Tenido un hecho ilícito como antecedente necesario, incluido el abandono Supuesto o aparente del menor proveniente de la comisión de un delito del cual Hubiera sido víctima el menor o sus padres; d) la adopción simultánea por más De una persona, excepto que Seguir leyendo “Una persona fallecida puede ser adoptante” »