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Reconocimiento y Ejecución de Documentos Públicos Extranjeros

Concepto y Ámbito (Reglamento 1215/2012)

Definidos en el Art. 2.c) del Reglamento (R1215/2012), son documentos con fuerza ejecutiva que no son ni decisiones judiciales ni transacciones.

El Art. 58 del Reglamento contempla la posibilidad de ejecutar documentos sin necesidad de procedimiento alguno.

Podrá denegarse la ejecución de un documento público extranjero si es contrario al orden público (OP) del Estado requerido.

Es necesario que el documento sea auténtico y, para ello, las autoridades del Seguir leyendo “Reconocimiento y Ejecución de Documentos Públicos Extranjeros” »