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Efectos intrínsecos de la posesión

¡Escribe tu texto aquCASO PRÁCTICO Nº 2 Liquidación del estado posesorio

1. ¿Ha de considerarse como fecha de Interrupción de la posesión la de interposición o presentación de la demanda?

El art.
451 CC, establece que el poseedor de buena fe hace Suyos los frutos percibidos mientras no sea interrumpida legalmente la posesión, y, por tanto, como consecuencia del procedimiento judicial, Interpuesta la demanda, se argumenta que el demandante tiene mejor derecho a Poseer, los frutos se liquidarán Seguir leyendo “Efectos intrínsecos de la posesión” »