Reglas de interpretación
El Art. 6 de la ley establece tres reglas fundamentales:
- 1. Prevalencia de los contratos particulares sobre las C.G.C.: Cuando exista contradicción entre las condiciones generales y los contratos particulares, las particulares irán sobre las generales.
- 2. Proadherente: Las dudas en la interpretación de las cláusulas oscuras se resolverán a favor del adherente.
- 3. Supletoriedad: En lo no previsto en la ley, serán de aplicación las reglas interpretativas del Código Civil Seguir leyendo “Interpretación y Control de las Condiciones Generales de Contratación” »
