Funciones y Régimen Jurídico de la Abogacía en España
1. Función Esencial de la Abogacía
El Artículo 542 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que la función de la Abogacía consiste en la dirección y defensa de los ciudadanos en toda clase de procesos, así como en el asesoramiento y consejo jurídico.
Asimismo, el Artículo 6º del Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía (EGA), dispone que «corresponde en exclusiva Seguir leyendo “La Profesión de Abogado en España: Funciones, Acceso y Régimen Jurídico” »