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Iurisdictio derecho romano

Edicto jurisdiccional: pag. 24 a la pag. 28.  en base al edicto del pretor y a su derecho (ius pretorio u honorario), derecho de carácter procesal, recién los tardo clásicos le dieron nombre de ius. Aunque desde la época clásica se estudiaba y se comentaba el edicto, pero como reglamento potestativo del pretor, no como ius. El pretor como magistrado jurisdiccional da un edicto como un derecho procesal.
Los tardo clásicos dan el nombre de Ius Honorario para separarlo del derecho civil. Seguir leyendo “Iurisdictio derecho romano” »

Edicto pretor

El pretor es el magistrado que tiene la facultad de dictar órdenes y dirigirlas al pueblo. Tiene jurisdicción y ello le otorga derechos. El pueblo tiene que cumplir estas órdenes en base al imperio del magistrado que obliga a ello. Por tanto, desde el año 367 a.C. el pretor urbano dará edictos y será a partir del 242 a.C. que también los dará el pretor peregrino.

Al comenzar el cargo en funciones los pretores tanto urbano como peregrino publicaran este edicto que se define como el anuncio Seguir leyendo “Edicto pretor” »