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Actos jurídicos internacionales

Formación del DI por las OOII.NATURALEZA JURÍDICA


Un acto unilateral es una manifestación autónoma de voluntad atribuible a un Estado, por medio de la cual, éste, públicamente acepta una obligación o renuncia a un derecho y produce efectos jurídicos de acuerdo con su contenido. Un único acto unilateral puede ser realizado por un conjunto de Estados y tener así un carácter colectivo. El acto unilateral puede referirse simultáneamente a varias obligaciones. Existe una jurisprudencia relevante Seguir leyendo “Actos jurídicos internacionales” »