Régimen Jurídico de la Administración Local Española y Fundamentos Institucionales de la Unión Europea

La Administración Local en España: Estructura y Órganos

El Municipio: Territorio, Población y Organización

El Municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, y referirse a una ciudad o pueblo.

Funciones del Alcalde

  • Nombrar a los tenientes de alcalde (quienes sustituyen al alcalde en caso de enfermedad o ausencia).
  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno y decidir los empates con voto de calidad.
  • Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
  • Dictar bandos.

El Pleno Municipal

El Pleno es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Sus funciones incluyen:

  • Control y fiscalización de los órganos de gobierno.
  • Aprobación del Reglamento Orgánico y de las ordenanzas municipales.
  • Aprobación del presupuesto municipal.
  • Control del gobierno municipal.

La Junta de Gobierno Local (JGL)

La JGL es obligatoria en municipios de más de 5.000 habitantes. Está integrada por el presidente (Alcalde) y un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos.

Sus atribuciones son:

  • Asistencia al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
  • Las atribuciones que el alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.

Otros Órganos Municipales

  • Comisiones Informativas: Obligatorias en municipios de más de 5.000 habitantes. Se encargan del estudio e informe de los asuntos sometidos a la acción del Pleno y del seguimiento de la gestión del alcalde.
  • Comisión Especial de Cuentas: Compuesta por concejales que se encargan de estudiar y analizar el ámbito económico del municipio.

Régimen de Concejo Abierto

En este régimen, el gobierno y la administración pertenecen al Alcalde y a una Asamblea Vecinal, donde las decisiones se toman por la asamblea de vecinos. Funcionan en Concejo Abierto los municipios que:

  • Tradicional o voluntariamente cuenten con él.
  • Donde sea aconsejable.
  • Tengan menos de 100 habitantes.

La Provincia y Entidades Supramunicipales

La Provincia

La Provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios con personalidad jurídica propia. El territorio español se divide en 50 provincias.

En las Comunidades Autónomas (CCAA) uniprovinciales, las competencias de la Diputación son asumidas por las propias comunidades, excepto Madrid. Existen regímenes especiales, como los Consejos Insulares en Baleares y los Cabildos en Canarias, así como un régimen especial para el País Vasco y Navarra.

Otras Agrupaciones Locales

  • Comarcas: Agrupaciones de municipios limítrofes con características históricas o intereses comunes que se reúnen para la prestación y gestión de servicios.
  • Áreas Metropolitanas: Municipios de grandes aglomeraciones urbanas que mantienen entre ellas vinculaciones económicas y sociales.
  • Mancomunidades: Asociaciones voluntarias de municipios para la prestación común de obras y servicios determinados.
  • EATIM (Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio): Se crearon para la administración descentralizada de núcleos de población separados.

Fundamentos y Estructura de la Unión Europea (UE)

Hitos Históricos y Tratados Fundacionales

En 1949 se crea el Consejo de Europa (formado por 10 estados, España entra en 1977).

  • Tratado de París (18 de abril de 1951): Se crea la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero).
  • Tratado de Roma (25 de marzo de 1957): Se crea la Comunidad Económica Europea (CEE).

Tipos de Tratados

  • De Adhesión: El 1/1/1986, Europa 10 pasa a ser Europa 12. El 1/1/2020 se produce la salida del Reino Unido (**Brexit**).
  • Modificativos: Ejemplos: 1987 (libre circulación de personas, servicios y mercancías); 1993 (**Tratado de la Unión Europea** – Maastricht).

Acuerdo Schengen

En vigor desde 1995. Permite la libre circulación de toda persona que haya entrado regularmente por una frontera exterior o resida en uno de los países que aplican el convenio.

Definición y Símbolos de la UE

La Unión Europea (UE) es una organización internacional de derecho de carácter político, económico y social, que integra a un número determinado y no cerrado de países democráticos europeos. El objetivo es alcanzar una Europa unida.

Símbolos de la UE

  • Bandera: 12 estrellas.
  • Himno: *Oda a la Alegría* (adoptado en 1986).
  • Día de Europa: 9 de mayo (Discurso de Schuman).
  • Lema: *Unida en la diversidad*.
  • Moneda: Adoptada por 19 estados miembros.

El Ordenamiento Jurídico de la UE

El Acervo Comunitario es el conjunto normativo de la UE, que comprende las normas originarias, declaraciones y resoluciones.

Fuentes del Derecho Comunitario

  • Derecho Originario: Compuesto por los Tratados (París, Roma), de Adhesión y Modificativos.
  • Derecho Derivado:
    • Reglamento: Aplicación inmediata y directa en todos los Estados miembros tras su publicación en el Diario Oficial.
    • Directiva: Obligatoria en cuanto al resultado, pero los estados eligen los medios para su transposición.
    • Decisión: Acto jurídico obligatorio en todos sus elementos para sus destinatarios.
    • Recomendaciones y Dictámenes: Expresan opinión o consejo (no vinculantes).

Instituciones Principales de la UE

El Consejo de la Unión Europea (Consejo UE)

Representa a los Estados miembros (reúne a ministros nacionales). Está compuesto por un representante de cada Estado miembro, según el tema a tratar. La presidencia es por turnos rotatorios cada 6 meses.

Funciones: Ejerce el poder legislativo, aprueba presupuestos y desarrolla la PESC (Política Exterior y de Seguridad Común).

La Comisión Europea

Representa y defiende los intereses de la UE y es responsable de aplicar las decisiones del Parlamento y el Consejo. Está compuesta por 27 comisarios (Colegio de Comisarios), que cambian cada 5 años con las elecciones al Parlamento.

Funciones:

  • Proponer legislación al Parlamento y al Consejo.
  • Gestionar políticas y presupuestos.
  • Hacer cumplir la legislación (Guardiana de los Tratados).
  • Representar a la UE en la escena internacional.

El Parlamento Europeo

Sus miembros son elegidos por sufragio universal directo por los ciudadanos de la UE cada 5 años (**eurodiputados**).

Funciones: Ejerce el poder legislativo, el control democrático y es una de las dos autoridades presupuestarias.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

Interpreta la legislación de la UE para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países miembros y resuelve litigios entre gobiernos nacionales.

Composición:

  • Tribunal de Justicia: Formado por un juez de cada país y 11 abogados generales.
  • Tribunal General: Formado por dos jueces de cada país.

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