Principios del derecho mercantil

Epígrafe 4: Fuentes del derecho marítimo

Fuentes del derecho marítimo-Constituye un ordenamiento jurídico especializado debido a la materia que regula y debido también a la autonomía que tuvo por su ámbito de aplicación al margen de un derecho local o territorial-El derecho marítimo es consuetudinario y de raíz popular, así en los orígenes de nuestra civilización el comerciante creaba por costumbre unas normas para regular su actividad que en la antigüedad se recogen en la llamada lex rodhia que era originaria de la isla griega de Rodas, esta ley se convierte en una ley común del mar y fue la base de colecciones privadas de normas que tuvieron gran difusión en la época medieval como el nomos rodhio náuticos o derecho naval rodio.Por otra parte el derecho civil romano también establece algunos principios de los que tal vez el más importante es el que señala que el mar es un espacio libre y universal  abierto al aprovechamiento común de todos los hombres existiendo un deber de proteger los bienes sometidos al riesgo del mar respetando la propiedad de las naves y de las mercancías incluso en caso de naufragio.Tras la conquista musulmana se rompe la unidad comercial y la normal comunicación entre los puertos del mediterráneo y del atlántico.  A partid de este momento surge dos tradiciones marítimas: la mediterránea y la atlántica.

La tradición mediterránea

Tiene su base en las antiguas costumbres y normas del mar, a partir de ellas se forman diversas colecciones de derecho marítimo en al ámbito catalán. Jaime I promulga unas ordenanzas para Barcelona en el año 1258 por las que establece que la jurisdicción para los hombres del mar fuese llegada a cabo de manera  rápida por unos jueces llamados Cónsules.En el año 1283 Pedro III crea en Valencia un auténtico consulado de Mar, el consulado de mar se define como un organismo rector del comercio marítimo que se crea en muchos puertos mediterráneos e incluso en ciudades del interior a partid del siglo XIII. El consulado de mar tiene un doble carácter por un lado es una corporación profesional que agrupa  a las gentes del mar en defensa de sus intereses comerciales, pero por otro lado es también un tribunal especial al que corresponde resolver los pleitos derivados del comercio marítimo.En cuanto al gobierno del consulado estaba a cargo de dos cónsules y de un consejo de 20 mercaderes, de la primera instancia se ocupaban los dos cónsules y de los recursos un juez de apelaciones. También había en el tribunal unos letrados asesores un escribano y un secretario. En cuanto al procedimiento era sencillo con trámites rápidos de acuerdo con las necesidades y características del tráfico mercantil.

Textos jurídicos fundamentales de la tradición mediterránea

Costumbres de la mar (Costums de la mar), es la primera redacción barcelonesa del derecho mercantil marítimo mediterráneo, no se sabe exactamente su fecha pero sí que ya estaban redactadas en la segunda mitad del Siglo XIII  ya que fueron utilizadas como fuente de las costumbres de Tortosa.Además forman parte del libro del consulado de mar. Estas costumbres están escritas en catalán y se trata de una obra privada y anónima que adquiere carácter oficial al ser aplicada por los consulados de mar.-Libro del consulado de mar (LCM), se trata de la fuente marítima más importante de la zona mediterránea con valor internacional y que ha sido la base para la formación de un derecho marítimo europeo prácticamente común más allá del ámbito mediterráneo. En cuanto a su estructura se compone de 334 capítulos numerados pero sin ningún tipo de orden sistemático. Este libro incluye las costumbres de la mar y también el reglamente judicial de los cónsules de mar de Valencia. Este texto es del siglo XIV y fue aplicado por los tribunales de justicia es decir por los consulados por lo que su importancia es sobre todo práctica. En cuanto a su difusión el texto ha sido traducido a varios idiomas: italiano, castellano, francés, holandés, alemán y ya en el siglo XIX se traduce al inglés. En cuanto a su naturaleza jurídica la doctrina considera que no se trata de un código en sentido estricto por varias razones. -La 1ª es por su contenido ya que incluye una serie de consejos de carácter moral que son impropios de un texto legal. -2º es su forma de redacción que tampoco responde a las exigencias del código ya que no se redacta con frases breves e imperativas sino con capítulos extensos y con frecuentes reiteraciones-3ª es su falta de promulgación ya que no procede de ninguna autoridad sino que constituye una redacción privada.

La tradición Atlántica

Con la caída del imperio romano de occidente aumentan las particularidades de las regiones costeras del atlántico. En esta zona es característica la violencia ejercida por los piratas y a partir del siglo X por los musulmanes.Surge así una nueva cultura de la mar basada en la violencia y en la rapiña y que tiene como elemento fundamental el derecho a apoderarse de los restos de cualquier naufragio en contra de lo que establecía la legislación romana y canónica.Todo esto paralizó durante siglos el tráfico mercantil hasta que el renacimiento urbano y comercial en la Europa del siglo XI hizo posible reanudar la actividad mercantil en el Atlántico sobre todo a raíz de la importancia del tráfico vinícola que vendría acompañado del desarrollo de un derecho consuetudinario que se recoge en una pequeña colección de derecho marítimo de 24 capítulos denominada Roles de Olerón. Esta colección  estaba formada básicamente por sentencias del tribunal de la isla de Olerón y se difunde por toda Europa sobre todo en las costas de Francia, Holanda e Inglaterra.En España será aplicada en la costa cantábrica y en el siglo XIII aparece una versión en castellano Fuero de Layrón este texto estará vigente en la marina castellana en la Edad Media y Moderna aplicándose en algún caso concreto a las Indias.

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