Modelos de Organización Administrativa: Desconcentración, Descentralización y Delegación

Desconcentración Administrativa

La desconcentración administrativa implica que los actos de un órgano comprometen al Estado. Un ejemplo es el Servicio de Impuestos Internos. Estos órganos fiscales carecen de patrimonio y personalidad jurídica propios, y dependen del Ministerio de Hacienda.

Características de la Desconcentración:

  • No tienen patrimonio propio: Los órganos desconcentrados obtienen sus recursos del presupuesto general de la Nación a través de remesas.
  • Especialización: En la materia objeto de la desconcentración, estos órganos tienden a especializarse y, como consecuencia, adquieren dominio y conocimiento especializado de la materia, generando una condición en la que el ejercicio de las competencias relacionadas con esa materia resulta relativamente autónomo.
  • Autonomía relativa: Implica un debilitamiento de la línea jerárquica debido a la autonomía y especialización en la materia. Esto no significa independencia, ya que existe subordinación a un órgano superior (característica importante que diferencia la desconcentración y la descentralización).
  • Tipos de órganos desconcentrados: Pueden ser funcionales o territoriales.
    • La desconcentración funcional opera en una materia determinada, es decir, un órgano superior expande su ámbito de competencia material estableciendo un órgano específico que ejerce dicha competencia.
    • La desconcentración territorial implica la amplificación del ejercicio de una determinada competencia en el territorio del Estado, por ejemplo: las secretarías ministeriales.

Principales Potestades del Estado y su Relación con la Desconcentración:

  • Fomento: Generalmente delegadas a entes privados.
  • Regulación: Potestades propiamente públicas.

En resumen, la desconcentración es el traspaso de competencias de un órgano superior a un órgano subordinado.

Descentralización Administrativa

La descentralización implica la capacidad de decisión. Estos órganos no son subordinados a órganos centrales, sino que son un sistema de organización administrativa que implica la existencia de órganos con capacidad de decisión sobre las competencias entendidas como propias. Para que estas capacidades de decisión se hagan efectivas, los órganos descentralizados se dotan de personalidad jurídica propia y patrimonio propio. Por lo tanto, se entiende que los órganos descentralizados son autónomos. Podemos señalar también que la descentralización consiste en la dotación de autonomía de decisión a unos órganos creados específicamente para ejercerla, allí donde la sociedad y el sistema político determinan que es necesaria la existencia de órganos autónomos.

Tipos de Descentralización:

Descentralización Funcional (o Administrativa)

La descentralización funcional es conocida como descentralización administrativa. Busca mejorar los niveles de eficiencia en el funcionamiento de las instituciones públicas, bajo el supuesto de que la autonomía es una condición que favorece el logro de esa mayor eficiencia, ejemplo: Universidades del Estado. En el contexto chileno, la expansión de la Administración Pública a menudo se materializa mediante la creación de órganos descentralizados funcionalmente.

Descentralización Territorial

La descentralización territorial supone la existencia de órganos representativos de los territorios en los que se divide políticamente el Estado. Estos órganos, en virtud de su naturaleza de ser representativos de sus territorios, son dotados de los instrumentos que les permiten una gestión autónoma. Una característica esencial de los órganos descentralizados territorialmente es que sus autoridades resultan de procesos electorales o aquellos a los que son convocados los ciudadanos de dichos territorios. Por lo tanto, estos órganos son movilizadores de las capacidades propias que existen en sus territorios y, de alguna manera, se constituyen por este motivo en centros de impulsión política. En la práctica, este modelo permite que las comunidades locales y/o regionales se movilicen políticamente y pongan en práctica procesos que hacen posible la generación de líderes propios. Su existencia, además, hace posible que las comunidades regionales o locales se movilicen en torno a necesidades y problemas de esta naturaleza. Los procesos políticos nacionales movilizan a la comunidad en torno a problemas y necesidades de tipo nacional.

La Delegación de Competencias

La delegación es un sistema de organización administrativa que se caracteriza porque el órgano superior transfiere el ejercicio de determinadas competencias a un órgano subordinado. La delegación ocurre generalmente dentro de un mismo órgano o servicio, por lo que el efecto estructural que tiene es la creación o fortalecimiento de una unidad orgánica del propio servicio y no la creación de otro servicio, como ocurre con la desconcentración. La figura de la delegación es una de las opciones más difundidas en la administración del Estado, debido a que implica menores dificultades jurídicas que otros sistemas.

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