Modelo de Escrito de Formalización de Recurso de Casación Civil según el TSJ

INDIQUE SOBRE QUE ASPECTOS  O ASUNTOS Jurídicos PUEDE PROPONERSE EL RECURSO DE Casación
– Sobre Asuntos Civiles y Mercantiles (contra las sentencias de última Instancia que pongan fin a los juicios, tomando en consideración la cuantía que Exceda 50.000 UT.

-Sobre asuntos de jurisdicción especial y Sobre estado y capacidad.

– Sobre autos en etapa de ejecución (autos De autocomposición procesal, convencimiento. Transacción).

-Sobre Laudos Arbitrales. (Sentencias Interlocutorias que causen gravamen irreparable)

1)EN QUE CASOS PUEDE DECLARARSE CONLUGAR EL RECUR SO DE Casación

-Cuando en el proceso se haya omitido Información importante que menoscaben el derecho de defensa.

-Cuando en la sentencia no se hubieren Cumplido los requisitos del artículo 243 del  C.P.C.

-Cuando se haya incurrido en un error en su Interpretación acerca del contenido y alcance de una disposición expresa de la Ley

-Cuando se aplica una norma que no está Vigente.

2)INDIQUE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR UNA VEZ SE ANUNCIA EL RECURSO DE Casación

Se anunciará ante el tribunal que dictó la Sentencia contra la cual se recurre, dentro de los diez (10) días siguientes al Vencimiento de los lapsos indicados en el artículo 521 del C.P.C. El tribunal Dictara su fallo dentro de los treinta días siguientes si la sentencia fuere Interlocutorio y sesenta si fuere definitiva

3)RECURSO DE HECHO

A)EN QUE OPORTUNINAD PROCESAL SE EJERCE

-En caso de negativa de admisión del Recurso de Casación  en primera instancia O en instancia superior o en la alzada.

B)INDIQUE COMO SE HACE SU Formalización

Declarado con lugar el Recurso de Hecho Comenzaran a correr, desde el día siguiente al de la declaratoria con lugar del Recurso  de hecho,  un lapso de (40) días , más el término de la Distancia que se haya fijado, para que el anunciante consigne su escrito de formalización en el TSJ.

4)EL RECURSO DE Invalidación

A)CONTRA QUIEN PROCEDE Y SEÑALE QUIEN ES EL TRIBUNAL COMPETENTE

El Recurso Extraordinario de Invalidación Procede contra las sentencias ejecutorias, o cualquier otro acto que tenga Fuerza de tal. Se promoverá ante el tribunal que hubiere dictado la sentencia Ejecutoria cuy invalidación se pida, o ante el tribunal que hubiere homologado El acto.

B)CAUSALES DE Invalidación

-La falta de citación, o el error cometidos en la Citación para la contestación.

-La citación de la demanda de menor, o Inhabilitado.

-La falsedad del cual se haya pronunciado la Sentencia.

-la colisión de la sentencia con otra pasada en Autoridad de cosa juzgada

C)TERMINO EN CUAL PUEDE INTENTARSE EL RECURSO DE Invalidación ( TERMINO DE CADUCIDAD) CAUSALES A QUE SE REFIERE

Para intentar la invalidación será de un Mes desde que se haya tenido conocimiento de los hechos, o desde que se haya Verificado en los bienes del recurrente cualquier acto de ejecución de la Sentencia dictada en el juicio cuya sentencia se trate de invalidar. –

5)EN EL PROCEDIMIENTO BREVE SEÑALE REQUISISTOS EXIGIDOS LIBELO DEMANDA DE ACUERDO AL 340 CPC

-1 la indicación del tribunal  ante el cual  Se propone la demanda.

-2 el nombre, apellido, y domicilio del Demandante y del demandado

-3 Si el demandante o demandado es persona Jurídica, razón social e información del registro.

4- El objeto de la pretensión

5- La relación  de los hechos y los fundamentos  de derecho en que se base  la pretensión

6- los instrumentos de la pretensión

7- El nombre, y apellido  del mandatario

8- La sede o dirección del demandante

6)CUESTIONES PREVIAS QUE PUEDE OPONER EL DEMANDADO

1-La falta de jurisdicción  del juez, o la incompetencia  de éste. Litispendencia

2-Falta de capacidad procesal

3-La falta de capacidad de representación

4-La falta de representación en el citado

5-Falta de Cautio  Judicatum Solvi

6-Defecto de forma del libelo

7-La falta de mora

8-Prejudicilidad

9-La cosa juzgada

10-La caducidad de la acción establecida en la ley .

11-La inadmisibilidad de la demanda.

7)SEÑALE LOS EFECTOS Jurídicos DE LAS CUESTIONES PREVIAS DILATORIAS  ART 346CPC

La parte podrá subsanar el defecto u Omisión invocados, dentro del plazo  de Cinco días siguientes al vencimiento del lapso del emplazamiento, mediante la Presencia del demandante incapaz legalmente representado, mediante la presencia Del demandado mismo, mediante la presentación de fianza, mediante la corrección De defectos en el libelo


8)EXPLIQUE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN JUICIO BREVCE CUANDO EL DEMANDADO PLANTEA LA Reconvención. Admisión cuando y como

Siempre que el tribunal, sea competente por La cuantía y por la materia para conocer de ella, el juez, en el mismo acto de La proposición de la reconvención, se pronunciará sobre su admisión, Admitíéndola o negándola. Si la admitiere el demandante reconvenido se Entenderá citado para dar contestación a la reconvención en el segundo día Siguiente, contestada la reconvención la causa será abierta por 10 días , La sentencia será dictada dentro de los 5 días a la conclusión del lapso Probatorio.

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