Orígenes y Evolución de la Unión Europea
Antecedentes Históricos
Las comunidades de los años 1951-1957 fueron el antecedente de la formación de la Unión Europea (UE). Son tres comunidades creadas después de la Segunda Guerra Mundial (IIGM): la Comunidad Económica Europea (CEE), la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA). Su objetivo principal era la creación del mercado común general.
La CECA fue la primera que se creó, naciendo a partir de la firma del Tratado CECA en 1951. En 1957 se firmaron los Tratados de la CEE y la CEEA. Estos acuerdos se firmaron porque Francia y Alemania no tenían buena relación debido a la Guerra Franco-Prusiana y las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial. Los dirigentes europeos aceptaron la idea de crear una Europa unida para evitar guerras. Se llegó a esta decisión por la concesión de ayuda (el Plan Marshall) por parte de EE. UU., llegándose a promulgar una organización de cooperación sin cesiones de soberanía: el Consejo de Europa (1949).
Hitos Clave en la Formación de la UE
En los años 70 se trabajó para la creación de la UE. El primer ministro belga, Leo Tindemans, elaboró un informe que indicaba que, para crearse, debía incorporarse el acervo económico europeo y apoyarse en elementos políticos.
En 1992 se firma el Tratado de la Unión Europea en Maastricht (Países Bajos), entrando en vigor en noviembre de 1993, después de la intervención parlamentaria y referéndum en los países que lo precisaran. La UE añadió dos ámbitos de cooperación política, orientando el proceso hacia la meta federal: una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) como muestra de estabilidad, que decide el Consejo de Ministros por unanimidad. Con el tiempo se añadió el tercer pilar: el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ), permitiendo que cualquier persona pueda desplazarse libremente por la UE, tanto ciudadanos de la UE como extranjeros no comunitarios.
En 1989 se decidió que la unificación federal ya no era viable y se plantearon ajustes: la Unión debía ser para todos los países, no solo para los seis fundadores. Ampliando Europa se conseguiría un mercado más grande que generaría más riqueza. Puesto que la ampliación estaba dirigida a unos 30 países y al principio solo eran 6 (Francia, Alemania, Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Italia), se tenía que reformar el sistema de votos, llegando en el Tratado de Lisboa a garantizar que los grandes países europeos controlen los votos. La mayoría cualificada ha de tener el voto favorable del 55% de los Estados que representen el 65% de la población.
Fines y Valores de la Unión Europea
La UE tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos. Establecerá un mercado interior, sustituyendo al mercado común, como una fuente importante de generación de riqueza, libertad, seguridad y justicia para sus ciudadanos, garantizando la libre circulación de personas. Fomenta la justicia y protección social, combate la exclusión social y la discriminación, y establece una unión económica y monetaria, cuya moneda es el euro.
En la relación con el resto del mundo, promoverá sus valores e intereses y contribuirá a la protección de sus ciudadanos, a la paz, la seguridad, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, la protección de los derechos humanos y el respeto del derecho internacional.
Competencias de la Unión Europea
Las competencias de la UE se clasifican en:
Competencias Exclusivas
Materias donde los Estados no pueden actuar porque la competencia le corresponde exclusivamente a la UE. Se tratan de competencias cedidas por los Estados:
- Unión Aduanera: Eliminación de aranceles entre Estados.
- Política Comercial Común: Comercio internacional de mercancías en la UE.
- Moneda Única: Decidido por el Consejo de la UE y el conjunto de Estados.
- Política de Libre Competencia de la UE: Mercado libre, control de la captura de los animales marinos.
Competencias Compartidas
Competencias que ejercen los Estados y la UE, siendo la mayoría. Solo se cede una parte (consumo, medioambiente, política social…). Se lleva a cabo en base al principio de subsidiariedad, donde el Estado o la Unión actúan con carácter subsidiario al otro.
Competencias Complementarias
Sirven de apoyo y complemento de la actuación estatal. La UE no tiene poderes propios en estas áreas (educación, cultura…).
Miembros y Proceso de Adhesión a la UE
En su origen, la UE tenía 6 miembros. Actualmente son 28. España se adhirió en 1986 junto a Portugal.
Criterios de Copenhague para la Adhesión a la UE
Para que un Estado pueda adherirse a la Unión Europea, debe cumplir los siguientes cinco criterios:
- Que sea un Estado europeo con organización política. En este caso, debe cumplir el criterio de la «europeidad» según términos históricos, geográficos y culturales.
- Ha de ser un Estado democrático que respete los derechos humanos, los derechos fundamentales, etc.
- Tiene que tener una economía de mercado abierta, basada en el liberalismo económico.
- Estado con un nivel de desarrollo y de riqueza equivalente a los ya miembros para que haya equilibrio en el mercado interior.
- El Estado candidato ha de aceptar el acervo comunitario existente y los objetivos de la Unión Europea.
Procedimiento de Ingreso
Es necesario el acuerdo unánime en el seno del Consejo de la Unión, formado por los ministros de los Estados miembros, y el dictamen conforme del Parlamento Europeo. La negociación previa a la entrada la realiza la Comisión. Se negocia el tiempo de entrada en vigor del tratado internacional de adhesión y la aplicación íntegra del acervo comunitario en las relaciones mutuas entre el país que se adhiere y los Estados de la Unión.
Nota: El documento menciona que «Las condiciones de adhesión son 10 años». Esto podría referirse a periodos transitorios para la plena aplicación de ciertas políticas.
Instituciones de la Unión Europea
La Unión Europea cuenta con diversas instituciones, de las cuales cuatro son consideradas políticas principales:
- Parlamento Europeo: Integrado por eurodiputados que representan a sus Estados.
- Comisión Europea: Órgano ejecutivo y motor legislativo.
- Consejo de la Unión Europea: Representa a los gobiernos de los Estados miembros.
- Consejo Europeo: Define las orientaciones y prioridades políticas generales.
Además, existen otras instituciones y órganos clave:
- Banco Central Europeo (BCE): Máxima autoridad monetaria.
- Tribunal de Cuentas Europeo: Revisa la ejecución del presupuesto de la UE, aunque no tiene poder legislativo.
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): Regula el poder legislativo y garantiza la aplicación del Derecho de la UE.
Consejo Europeo
Es la institución política que más poder ostenta, integrado por los Jefes de Estado o de Gobierno de los 28 miembros, más el Presidente del Consejo Europeo. Es una institución política de impulso, que se reúne para tratar estrategias que afectan a Europa. El Presidente del Consejo Europeo es la representación exterior de la UE en asuntos de política exterior.
Nota: El texto original menciona que «Representa a los estados y se compone de ministros. La organización ministerial no reside en Bruselas.» Esta descripción se refiere al Consejo de la Unión Europea (Consejo de Ministros), no al Consejo Europeo.
El COREPER
El COREPER (Comité de Representantes Permanentes) es un órgano que forma parte del Consejo de la Unión Europea, dando continuidad a sus trabajos. El COREPER es una reunión semanal de representantes diplomáticos de los Estados miembros, que se reúnen para debatir las propuestas de legislación. Si aprueba una propuesta por unanimidad o mayoría cualificada, entonces el día de la reunión del Consejo de Ministros, la propuesta aprobada se adopta sin discusión. Antes de que se discutan en el Consejo, hay grupos de trabajo técnicos que las discuten previamente.
Presidencia del Consejo de la Unión Europea
Tiene una presidencia semestral rotatoria, es decir, que cada seis meses un país de la UE preside las reuniones. El Estado que ocupa la presidencia firma la agenda semestral con un plan de trabajo para el semestre. Solo los Estados importantes impulsarán una buena presidencia.
El Consejo adopta decisiones por unanimidad, pero también hay ámbitos en los que solo se necesita mayoría cualificada (55% de los Estados voten a favor y que representen el 65% de la población de la UE).
Funciones del Consejo
El Consejo de la Unión Europea tiene competencias legislativas importantes, y poder de coordinar la política económica de los Estados para que la moneda funcione. Junto con el Parlamento, adopta el presupuesto de la UE, toma decisiones de política exterior y llega a acuerdos internacionales.
Comisión Europea
Es una institución supranacional que representa el interés general de la UE. Trabaja de manera independiente a los Estados y otros organismos para que no desvíen su interés general. Es de la Comisión de donde salen las propuestas legislativas de la Unión; es el motor de la UE y guardián de los Tratados.
Está formada por 28 comisarios (un nacional de cada Estado), que tienen un mandato de cinco años. Para nombrar la Comisión, el Consejo nombra a un Presidente para la Comisión que se somete a investidura por el Parlamento. Después, nombra al resto de sus miembros (uno por cada Estado), que también se someten a investidura por parte del Parlamento, y así se constituye la Comisión. El Presidente de la Comisión puede obligar a cesar a un comisario por mala gestión.
La Comisión adopta acuerdos por mayoría simple, lo cual es suficiente para adoptar decisiones. Las reuniones son secretas. La Comisión actúa con independencia y no puede aceptar instrucciones de ningún Estado. Tienen prohibido recibir regalos de más de 150€.
El Presidente nombra a tres vicepresidentes y a un Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad. La Comisión tiene iniciativa legislativa, competencias en la ejecución normativa de los reglamentos y directivas, ejecuta el presupuesto de la Unión y gestiona la política de libre competencia de la Unión (llevada a cabo por funcionarios de Bruselas) y el marco comercial de la Unión, y negocia acuerdos internacionales siguiendo lo que le marca el Consejo para la negociación.
Parlamento Europeo
Representa a los ciudadanos de la UE. Tiene sede en Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo porque las ciudades no quieren renunciar a su sede. En Estrasburgo se reúnen en sesión plenaria, en Luxemburgo está la Secretaría General y en Bruselas las comisiones.
Tiene 751 miembros, que se renuevan cada cinco años mediante elecciones. Para la formación de grupos políticos, debe haber un mínimo de cuatro nacionalidades distintas y un mínimo de 25 diputados. La elección de los representantes europeos no tiene una normativa de sistema electoral uniforme, ya que cada Estado tiene su propio sistema.
Tiene tres tipos de competencias: legislativas, de control político y en materia presupuestaria. Tiene competencia en la adopción del presupuesto de la UE junto al Consejo cada seis años.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Es el órgano jurisdiccional de la UE. En la UE existían tres tribunales, pero a partir de finales de 2016 solo hay dos:
- Tribunal General de la UE: Resuelve litigios iniciados por particulares contra las instituciones. Se organiza en salas especializadas por materias. Estaba integrado por 28 jueces, ahora tienen el doble. (El Tribunal de la Función Pública Europea, que tramitaba juicios contra las instituciones, fue suprimido a finales de 2016, y todo lo contencioso quedó asumido por el Tribunal General de la UE).
- Tribunal de Justicia: Es la más alta instancia judicial en la UE. Actúa como tribunal supremo y constitucional. Si un Estado miembro no cumple la sentencia, se le asigna una sanción. Los particulares pueden recurrir las decisiones del Tribunal General ante el Tribunal de Justicia.