Fundamentos del Derecho: Conceptos Clave y Evolución Histórica

El Concepto Fundamental del Derecho

El término derecho proviene del latín directum, que significa «conforme a la regla». Se define como el conjunto de reglamentaciones, leyes y resoluciones, enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta humana dentro de una sociedad. Su objetivo primordial es alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.

División Principal del Derecho

El derecho se divide en dos grandes categorías:

  • Derecho Objetivo: Es el conjunto de normas, ordenanzas y leyes que prescriben una obligación, imponiendo una conducta o resolución legal a situaciones o personas determinadas.
  • Derecho Subjetivo: Representa el conjunto de potestades, libertades y facultades jurídicas que poseen los individuos. Nace de una ley o un contrato, otorgando a alguien un derecho sobre algo o alguien.

Características del Derecho Objetivo

El derecho objetivo, al ser coercitivo y generar obligaciones, puede tener dos orígenes:

  • Derecho Natural: Conjunto de derechos derivados de la propia condición humana.
  • Derecho Positivo: Ordenamiento jurídico específico de una nación, plasmado en su carta magna o documento fundamental.

Clasificación del Derecho Subjetivo

El derecho subjetivo se clasifica de la siguiente manera:

  1. Según la conducta debida:
    • A la conducta propia: Permite hacer u omitir acciones.
    • A la conducta ajena: Permite exigir una conducta positiva (hacer algo) o pasiva (dejar de hacer algo).
  2. Según su efecto:
    • Relativo: Se hace valer un derecho frente a otra persona o personas identificadas concretamente.
    • Absoluto: Se hace valer un derecho ante el conjunto de la sociedad.
  3. Según su régimen jurídico:
    • Público: Facultades que se hacen valer frente al Estado y representan los límites que este se impone a sí mismo.
    • Privado: Facultades que se hacen valer frente a particulares, se ejercen en relaciones con terceros, o frente al Estado actuando como un actor jurídico más.

El Derecho Romano y su Estudio

El Derecho Romano es el fundamento de la legislación civil en gran parte de Europa y toda América Latina. Aunque ya no está vigente, sigue siendo invocado en los tribunales, especialmente para suplir lagunas en el Derecho Positivo o reforzar el articulado del Código Civil con doctrinas de jurisconsultos como Ulpiano y Paulo. El Derecho Romano es considerado la conciencia del Derecho y su estudio es fundamental por ser antecedente de nuestro Derecho Civil.

¿Qué se entiende por Derecho Romano?

Derecho Romano es la expresión que designa al ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma. Su punto de partida se sitúa con la fundación de Roma (c. 753 a.C.) y se extiende hasta mediados del siglo VI d.C., época de la labor compiladora del emperador Justiniano, conocida desde el Renacimiento como Corpus Iuris Civilis. Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia fundamentalmente al derecho privado, ius se utiliza para señalar al derecho, en oposición a fas, que designa la voluntad divina.

Utilidad de conocer el Derecho Romano

El Derecho Romano es el conjunto de principios de derecho que rigió la sociedad romana en sus diversas épocas hasta la muerte del emperador Justiniano. Su estudio es necesario para comprender la historia de la fuente principal del derecho que nos ocupa. Los motivos para estudiar la legislación romana incluyen:

  • Utilidad histórica: El derecho francés, por ejemplo, tiene dos orígenes: el Derecho romano y la costumbre. Grandes partes del código civil fueron extraídas del derecho romano, y sin un conocimiento previo, un abogado o jurisconsulto no puede desempeñarse a fondo.
  • Modelo de análisis: El derecho romano debe ser estudiado como un modelo; sus jurisconsultos se distinguieron por una lógica notable y una gran firmeza de análisis y deducción.
  • Contexto cultural: El derecho romano es indispensable para el estudio de la historia y la literatura romanas.

Noción y Fuentes del Derecho según los Jurisconsultos Romanos

Fas es el derecho sagrado (Lex divina), mientras que Jus es la obra humana (Lex humana). Al debilitarse esta distinción, la palabra Jus se aplicó a todo el derecho. Para los romanos, el Jus era un conjunto de reglas fijadas por la autoridad, a las cuales el ciudadano estaba obligado a obedecer. Ulpiano, citando a Celso, definía el derecho como «el arte de lo que es bueno y de lo que es justo».

Definición del Imperio Romano

El Imperio Romano fue una etapa de la civilización romana caracterizada por una forma de gobierno autocrática. El término Imperium Romanum significa el dominio de Roma sobre un territorio. Polibio documentó la expansión de Roma, y figuras como Julio César ampliaron sus dominios y desafiaron la autoridad del Senado.

Religión Romana

La religión romana era politeísta, con Júpiter, Minerva y Juno entre los dioses más venerados.

Derecho Romano en la Edad Media en Occidente

El brevario de Alarico fue la principal fuente de derecho en Europa durante la Edad Media. Las colecciones de Justiniano fueron introducidas y declaradas obligatorias en Italia.

Historia de la Constitución Política de Roma

La constitución política de Roma no fue un único documento escrito, sino un conjunto de leyes, costumbres y tradiciones no codificadas que evolucionaron desde la monarquía hasta el imperio. Se basó en la tradición oral conocida como «mos maiorum«.

Fases Principales en la Evolución de la Constitución Romana

  • Monarquía (753-509 a.C.): Gobernanza por reyes elegidos por el Senado y el pueblo. El derrocamiento del último rey marcó el fin de esta etapa.
  • República (509-27 a.C.): Caracterizada por la división de poderes entre asambleas populares, el Senado y los magistrados. Roma inició su expansión por el Mediterráneo.
  • Imperio (27 a.C. – 476 d.C.): Instaurado por Augusto, consolidó el poder imperial y estableció el Principado.

Características Clave de la Constitución Romana

  • No escrita
  • Evolución continua
  • Equilibrio de poderes
  • Influencia del derecho romano

El Legado de la Constitución Romana

La constitución romana sentó las bases para los sistemas políticos occidentales, influyendo en la división de poderes, la representación popular y el imperio de la ley.

República Romana

Tras la expulsión de los etruscos, se instauró la República, donde los ciudadanos participaban en asambleas para decidir sobre leyes y elegir magistrados. Las instituciones principales fueron:

  • Los Comicios: Asambleas ciudadanas para votar leyes y elegir magistrados.
  • Las Magistraturas: Cargos de gobierno con mandatos anuales.
  • El Senado: Institución principal que establecía leyes, dirigía la política exterior y normaba la actuación de los magistrados.

Historia del Derecho Romano: Concepto y Origen

El Derecho Romano se refiere al conjunto de normas y principios que rigieron la sociedad romana desde su fundación (753 a.C.) hasta la caída del Imperio Romano de Occidente (476 d.C.). Se caracterizó por su lógica interna, la clasificación de normas y la importancia de la jurisprudencia.

Períodos Clave del Derecho Romano

  • Monarquía (753-509 a.C.): Establecimiento de las primeras normas basadas en costumbres.
  • República (509-27 a.C.): Desarrollo de la jurisprudencia y creación de leyes complejas.
  • Imperio (27 a.C. – 476 d.C.): Centralización del poder legislativo en el emperador y sistematización del derecho.
  • Justiniano (527-565 d.C.): Compilación justinianea, obra monumental que recoge la tradición jurídica romana.

El Derecho Romano en la Actualidad

El estudio del Derecho Romano sigue siendo relevante para la formación de juristas, la comprensión del derecho contemporáneo y el análisis de problemas jurídicos complejos.

Las Compilaciones Justinianeas

Las compilaciones justinianeas, conocidas como el Corpus Iuris Civilis, son una recopilación monumental del derecho romano realizada por orden del emperador Justiniano I en el siglo VI. Se componen de:

  • 1. Codex: Colección de constituciones imperiales.
  • 2. Digesto (o Pandectas): Selección de fragmentos de obras de juristas romanos.
  • 3. Instituciones: Manual de derecho romano para estudiantes.
  • 4. Novelas (Novellae Constitutiones): Recopilación de nuevas leyes emitidas por Justiniano.

Supervivencia del Derecho Romano

La influencia del derecho romano se manifiesta en:

  • Derecho de obligaciones y contratos: Conceptos y principios modernos tienen sus orígenes en el derecho romano.
  • Derecho de propiedad: La concepción romana de la propiedad ha influido en la regulación actual.
  • Derecho de familia: Bases importantes en la regulación de relaciones familiares y sucesorias.

Las ideas romanas del derecho se fundamentaron en la búsqueda de la justicia y el orden social, basándose en principios como «honeste vivere«, «alterum non laedere» y «suum cuique tribuere«. Su legado perdura en conceptos como la división entre derecho público y privado, la importancia de la jurisprudencia, y la regulación de la propiedad y los contratos.

¿Qué es un Sujeto de Derecho?

Un sujeto de derecho es cualquier entidad individual o colectiva a la que se le pueda atribuir capacidad jurídica, es decir, cualquier persona (natural o jurídica) con derechos y obligaciones. El término alude a que son entidades sometidas al orden jurídico.

Tipos de Sujeto de Derecho

  • Sujetos de derecho individuales o de existencia visible: Personas naturales, individuos humanos susceptibles de asumir obligaciones y exigir derechos.
  • Sujetos de derecho colectivos o de existencia ideal: Personas jurídicas, organizaciones, instituciones, empresas y otras entidades con identidad jurídica, derechos y obligaciones.
  • Sujetos de derecho comunes: Cualquier persona natural o jurídica sin estatus legal especial.
  • Sujetos de derecho especiales: Considerados «débiles jurídicos» y protegidos por la legislación (niños, pacientes, ancianos, personas con discapacidad, etc.).

Personas y Capacidad

En derecho, se distingue entre persona física (ser humano) y persona jurídica (entidad con capacidad legal). La capacidad se refiere a la idoneidad para llevar a cabo un trabajo o resistir un fenómeno.

Capacidad Jurídica

La capacidad jurídica es la posibilidad de que una persona sea titular de relaciones jurídicas o actúe por sí misma en la vida civil. Existen dos formas:

  • Capacidad jurídica de goce: Aptitud para tener derechos y obligaciones. Toda persona física la posee.
  • Capacidad jurídica de ejercicio: Aptitud para hacer valer derechos y contraer obligaciones voluntariamente.

Capacidades, Habilidades y Competencia

  • Capacidades: Aptitudes básicas, intelectuales o de personalidad, que habilitan a una persona para hacer algo.
  • Habilidades: Aptitudes, innatas o aprendidas, que permiten a una persona realizar tareas.
  • Competencia: Capacidades de excelencia en la realización de una tarea, de manera eficiente, única, original o singular.

Status Libertatis en el Derecho Romano

El status libertatis se refiere a la condición de libertad de una persona, diferenciándola de la esclavitud. Ser libre era un requisito fundamental para ser considerado sujeto de derecho. Los esclavos no tenían status libertatis y, por lo tanto, no eran considerados sujetos de derecho.

Status Civitatis en el Derecho Romano

El status civitatis se refiere a la condición de ciudadano romano, que confería derechos y obligaciones específicos:

  • Derechos públicos: Derecho a votar (ius suffragii) y a ocupar cargos públicos (ius honorum).
  • Derechos privados: Derecho a contraer matrimonio (connubium), realizar transacciones comerciales (commercium) y testar (testamentifactio).

La Muerte en la Antigua Roma

En la antigua Roma, la muerte se consideraba una transición a otra existencia. Existían diversas creencias sobre el más allá, el inframundo y los espíritus de los difuntos, así como ritos funerarios específicos (preparación del cuerpo, procesión, cremación o inhumación, ofrendas).

¿Qué es el Registro de Personas Jurídicas?

El Registro de Personas Jurídicas (REPEJU) es la entidad encargada de inscribir y registrar a las personas jurídicas (asociaciones civiles, fundaciones, etc.) para proporcionar certeza jurídica a sus operaciones.

Tipos de Entidades Registradas

  • Asociaciones Civiles: Entidades sin fines de lucro constituidas por personas para realizar actividades de interés común.
  • Fundaciones: Entidades que destinan un patrimonio para fines de interés general, también sin fines de lucro.

Importancia de la Inscripción

  • Personalidad Jurídica: Permite a la entidad actuar como sujeto de derechos y obligaciones.
  • Transparencia: Facilita el acceso a la información, promoviendo la rendición de cuentas.
  • Legitimidad: Otorga reconocimiento ante la sociedad y las autoridades.

El Negocio Jurídico

Un negocio jurídico es un acto de voluntad, reconocido por el ordenamiento jurídico, mediante el cual las personas regulan sus relaciones, creando, modificando o extinguiendo derechos y obligaciones. Es una manifestación de voluntad que busca generar efectos jurídicos.

Elementos Esenciales del Negocio Jurídico

  • Declaración de voluntad: Manifestación libre y consciente de la voluntad de las partes.
  • Objeto lícito: Propósito legal del negocio.
  • Causa lícita: Razón o motivo conforme a la ley.
  • Capacidad de las partes: Aptitud legal de los involucrados para realizar el negocio.
Ejemplos de Negocios Jurídicos

Contratos (compraventa, arrendamiento), testamentos, matrimonio, poderes notariales, acuerdos de confidencialidad.

Formas de Manifestación de la Voluntad

La voluntad puede manifestarse de forma expresa (palabras, gestos inequívocos) o tácita (acciones o comportamientos que revelan la intención).

Ejemplos de Manifestación de Voluntad

  • Expresa: Firmar un contrato, decir «acepto», asentir con la cabeza.
  • Tácita: Recibir y usar un producto sin reclamar, continuar pagando una deuda vencida, mudarse a una casa y asumir pagos de servicios.

Elementos Accidentales del Negocio Jurídico

Son cláusulas añadidas por las partes que modifican los efectos del negocio, sin ser esenciales para su existencia:

  • 1. Condición: Evento futuro e incierto del cual depende la adquisición o pérdida de un derecho.
  • 2. Plazo: Evento futuro pero cierto que determina el inicio o cese de efectos.
  • 3. Modo: Carga o gravamen impuesto al beneficiario de un acto de liberalidad.

Estos elementos son voluntarios y permiten a las partes ajustar el negocio a sus necesidades específicas.

Ineficacia del Negocio Jurídico

La ineficacia se refiere a la falta de producción de los efectos deseados, ya sea por invalidez, rescisión, resolución o revocación. Puede manifestarse como nulidad (absoluta o relativa) o anulabilidad.

El Proceso Civil Romano

El proceso civil romano es el conjunto de normas y formalidades que regulaban la resolución de conflictos entre particulares ante los tribunales romanos, con el objetivo de evitar la justicia por mano propia y asegurar una resolución justa y ordenada.

Principales Etapas del Procedimiento Civil Romano

  1. Legis actiones: Etapa más antigua, caracterizada por su carácter ritual y formalista, dividida en in jure (ante el magistrado) y apud iudicem (ante el juez privado).
  2. Procedimiento formulario (per formulas): Mayor flexibilidad y pragmatismo, introduciendo la «fórmula» como documento escrito para el juez privado.
  3. Cognitio extra ordinem: Desaparición de la división de fases, con un único funcionario judicial. Mayor intervención estatal y posibilidad de apelación, antecedente del procedimiento civil moderno.

Elementos Clave del Procedimiento Civil Romano

  • Magistrados: Funcionarios públicos con poder de jurisdicción (iurisdictio).
  • Juez privado (iudex): Persona particular designada para dictar sentencia (en las primeras etapas) o funcionario público (en la última).
  • Partes: Demandante (actor) y demandado (reus), con sus representantes legales.
  • Fórmula: Documento escrito por el magistrado con instrucciones para el juez privado (procedimiento formulario).
  • Pruebas: Documental, testimonial, juramento, confesión, pericial.
  • Sentencia: Resolución del juez (condena o absolución).
  • Recursos: Posibilidad de apelación contra la sentencia (en la etapa cognitio extra ordinem).

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