Fuentes del Derecho
Se definen como los actos o hechos de los que se derivan la creación, modificación o extinción de normas jurídicas.
Fuentes Formales
Provienen de un proceso de creación de las normas jurídicas, ya sea derivado de un trabajo legislativo, repetición de actos, etc.
- Legislación: Proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general.
- Costumbres: Serie de conductas que son jurídicamente obligatorias y se aplican de manera generalizada en una comunidad.
- Jurisprudencia: Conjunto de criterios emitidos cuando las leyes primarias no resuelven de manera clara los asuntos discutidos, facilitando la integración e interpretación de estas.
- Doctrina: Opiniones de los juristas sobre las leyes para aclarar de manera teórica las interpretaciones de ciertas normas.
Fuentes Reales e Históricas
- Fuentes Reales: Factores políticos, sociales y económicos que contribuyen a la formación del derecho.
- Fuentes Históricas: Documentos, libros o papiros que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes del pasado con repercusión en el presente.
El Proceso Legislativo
En el sistema legislativo moderno existen 6 etapas para la creación de una ley: Iniciativa, Discusión, Aprobación, Sanción, Publicación e Iniciación de la vigencia.
Facultades y Restricciones
- ¿Quiénes pueden iniciar leyes o decretos?: El Presidente de la República, diputados y senadores del Congreso de la Unión, legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, y los ciudadanos en un número equivalente.
- Iniciativas presidenciales: El Presidente puede presentar 2 iniciativas en cada apertura.
- Excepción: No tendrán este carácter las iniciativas de adición o reforma de la Constitución.
Procedimiento y Publicación
El primer párrafo del artículo 72 constitucional establece: «Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.»
Una vez aprobado un proyecto de ley, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviera observaciones, lo publicará en un plazo de 10 días naturales en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Etapas del Proceso
- Iniciativa: Presentar el proyecto de ley a consideración del Congreso de la Unión.
- Discusión: Las cámaras deliberan acerca de las iniciativas y determinan si deben ser aprobadas.
- Aprobación: Aceptación total de un proyecto de ley mediante votación.
- Sanción: Aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo (Presidente), quien tiene 10 días para hacer observaciones.
- Publicación: Difusión de la ley en el DOF para que sea conocida por todos los habitantes.
- Iniciación de vigencia: Determinación del momento específico en que la ley comenzará a surtir sus efectos.
Nota: También existe el Periódico Oficial Tierra en Libertad.
Clasificación del Derecho
Derecho Público
Conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones del hombre con el Estado o con las entidades privadas.
- D. Constitucional: Estudio de las leyes fundamentales que definen un Estado.
- D. Penal: Regula la potestad punitiva del Estado asociada a hechos determinados como delitos.
- D. Electoral: Regula todo lo relativo a las elecciones.
- D. Procesal: Regula la organización y atribuciones de los tribunales de justicia.
- D. Informático: Principios y normas que regulan los efectos jurídicos en el ámbito digital.
- D. Internacional Público: Regula las relaciones entre los Estados (nación) y otros sujetos de derecho internacional.
Derecho Privado
Conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre particulares.
- D. Civil: Regula las relaciones personales entre personas físicas y morales.
- D. Mercantil: Normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
- D. Internacional Privado: Regula las relaciones entre particulares o empresarios a nivel internacional.
Derecho Social
Derecho de clases y grupos protegidos frente al Estado, otros grupos y la sociedad.
- D. Laboral: Tutela de los trabajadores y sus relaciones con otros sujetos.
- D. Agrario: Regula el cultivo en la superficie terrestre de especies vegetales y animales destinados a la alimentación humana.
- D. Familiar: Normas que regulan las relaciones personales de la familia.
- D. Ecológico: Políticas y normas que regulan la vida en los ecosistemas.
