Ejemplo de formato de contrato de seguro contra daños

-PRINCIPIO DE LA MÁXIMA BUENA FE

Clasificaciones:

a) Omisiones: Estas pueden ser por error o Por desconocimiento. Alguien que por ejemplo trabaje en una actividad Peligrosa, o que tenga una enfermedad incurable y no lo diga a la hora de Contratar una póliza de seguro de vida.

b) Ocultaciones: Ocultar  hechos  Relativos al riesgo es un fraude que invalida cualquier contrato de Seguro. Cómo por ejemplo, asegurar un Edificio contra incendios y no decir que Se carece de dispositivos contra incendios.

C) Errores: Se refiere a toda declaración o Manifestación equivocada

d) Mentiras: A fin de evitar tener que Comprobar todos los datos  expuestos en La solicitud, los aseguradores introducen generalmente una cláusula en la cual Se estipula que toda declaración se tiene como verdad y es por lo tanto una Garantía. Al ser una garantía, el no cumplimiento puede dar lugar a una nulidad De la póliza.


-CONTRATO DE SEGURO

El contrato de seguro es un acuerdo Mediante el cual una de las partes, asegurador, a cambio de una prima se obliga A tomar los riesgos del asegurado.

Carácterísticas:

·Bilateral: Genera derechos y Obligaciones de ambas partes

·Oneroso: Contra prestaciones Reciprocas

·Consensual: Dar su Manifestación, llegar a un acuerdo, consentimiento de ambas partes

·Solemne: Pasos Importantes/obligatorios

·Aleatorio: Posibilidad de que Se produzca el siniestro

·Ejecución sucesiva: El contrato No se agote por la ocurrencia del siniestro

Partes del contrato de seguros:

·Tomador: Persona que traslada Los riesgos

·Asegurador: Persona que asume Los riesgos

·

Asegurado

Persona que en sí Misma, en sus bienes o en sus intereses económicos está expuesta al riesgo

·Beneficiario: Aquel cuyo favor Se ha establecido la indemnización que pagará la empresa de seguros

Obligaciones emanadas del contrato

·Pagar la prima:El tomador del seguro debe pagar la prima

·Denunciar el estado de riesgo: El tomador debe describir con precisión El riesgo contemplado, con relación a la cosa o persona sobre la cual recae el Interés asegurable.

·Denunciar la agravación del riesgo: El tomador debe denunciar todos los Hechos, propios o ajenos, que puedan agravar el riesgo contemplado, aumentando La posibilidad de siniestro.

·Denunciar el siniestro: El tomador debe denunciar el siniestro dentro de Los tres días de ocurrido.

·Salvamento: El tomador debe hacer todo lo necesario para evitar o Disminuir los daños.

Obligaciones del asegurador

·Reembolsar gastos: Debe reintegrar los gastos realizados en cumplimiento De la obligación de salvamento, siempre que no hayan sido manifiestamente Desacertados o innecesarios.

·Pagar la indemnización: Se determina de acuerdo con el tipo de seguro Contratado, el daño efectivamente sufrido y el monto asegurado.

-LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS

Naturaleza Jurídica:La Superintendencia de Seguros es un servicio autónomo de carácter Técnico sin personalidad jurídica, integrado al Ministerio de Finanzas; con el Régimen de ingresos propios establecido en este Decreto Ley.

Misión: Ejercer La potestad regulatoria de la actividad aseguradora nacional, para garantizar La transformación socio-económica que promueve el estado venezolano, a través De la participación ciudadana y el compromiso de sus trabajadores y Trabajadoras en la defensa de los derechos de los usuarios y usuarias y en el Desarrollo sustentable y sostenible del sector asegurador.

Atribuciones:

·Tendrá a su cargo la regulación, inspección, vigilancia, supervisión, Control y fiscalización de la actividad aseguradora y reaseguradora y en Función a éstas, de las personas naturales o jurídicas.

·Garantizar a las personas el libre acceso a los productos, bienes y Servicios, y proteger los derechos e intereses de los tomadores, asegurados, Beneficiarios o contratantes respecto de los sujetos regulados

·Intervenir y liquidar administrativamente a los sujetos regulados en los Términos establecidos en el Decreto

Organización: La Superintendencia de Seguros estará Integrada por el Despacho del Superintendente o Superintendenta de Seguros, la Oficina del Superintendente o Superintendenta de Seguros Adjunto y las demás Dependencias que establezca el Reglamento Interno, que dicte el Superintendente O Superintendenta de Seguros previa opinión favorable del Ministro o Ministra De Finanzas.

-AGRAVACIÓN DEL RIESGO:

Es una Situación que se produce cuando en el riesgo que se asegura surgen Circunstancias que antes no existían, cambiando así su naturaleza desde el Punto de vista asegurador, extendiendo la peligrosidad por encima de los niveles Que había cuando se estipulo la prima y el contrato. Lo cual podría aumentar la Prima, modificar el contrato o anularlo.

-LEY DE EMPRESAS DE SEGUROS Y REASEGUROS

A los fines de este Decreto Ley, se entiende por actividad aseguradora, Aquella mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o el pago De una cantidad de dinero, en caso de que ocurra un acontecimiento futuro e Incierto y que no dependa exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a Cambio de una contraprestación en dinero.

-VICIOS EN LA SOLICITUD QUE PUEDEN ALTERAR LA VALIDEZ DEL CONTRATO DE SEGURO

-Reticencia:Se llama reticencia A las declaraciones falsas o silenciamiento de circunstancias conocidas, que a Juicio de peritos hubieran impedido el contrato, o modificado sus condiciones. La reticencia da derecho al asegurador a anular el contrato.

-Omisión: Es una conducta que consiste en la abstención de Una actuación que constituye un deber legal. Esto iría en contra del principio De máxima buena fe.

-Intención Fraudulenta: ocurre cuando el Propio asegurado o beneficiario ha procurado intencionalmente la ocurrencia del Siniestro o exagerado sus consecuencias con ánimo de conseguir un Enriquecimiento injusto a través de la indemnización que espera lograr del asegurador.

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