Derecho Administrativo Mexicano: Servicios Públicos, Función y Justicia

¿Qué es el Servicio Público?

Actividad técnica de la administración pública, activa o autorizada a los particulares, creada y controlada para asegurar la satisfacción de una necesidad colectiva o de interés general (Andrés Serra Rojas).

Criterios de Identificación del Servicio Público

  • Criterio Orgánico Subjetivo: Los órganos públicos pueden gestionar los servicios públicos.
  • Criterio Material: La necesidad satisface el interés general.
  • Criterio Jurídico: Regulación por norma especial.
  • Criterio Legal: El legislador lo determina específicamente.

Características del Servicio Público

  • Generalidad: Toda persona puede acceder a él.
  • Igualdad: Trato uniforme e indiscriminado para todos.
  • Regulación: Principio de legalidad.
  • Continuidad: Se presta de forma ininterrumpida, en los horarios y circunstancias previstas.

Elementos del Servicio Público

  • Necesidad colectiva
  • Actividad técnica
  • Universo de usuarios
  • Intervención del Estado
  • Sujeto que realiza la actividad
  • Recursos empleados
  • Régimen jurídico especial

Formas de Prestación del Servicio Público

Prestación Directa

  • Orígenes en la administración pública (Revolución Francesa).
  • Actividad primordial del Estado.
  • Creación de entidades especializadas.

Prestación Indirecta

  • El Estado es el titular.
  • Cesión de la prestación a particulares.
  • Figuras jurídicas: concesión, contratos de colaboración público-privada.

Fundamento Constitucional Federal de los Servicios Públicos

Artículos Relevantes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)

  • Artículo 5, Párrafo 5: Servicios públicos.
  • Artículo 108: Responsabilidad de los servidores públicos.
  • Artículo 113: Sistema Nacional Anticorrupción.
  • Artículo 115: Servicios municipales.

Fundamento Constitucional Local de los Servicios Públicos

Artículos Relevantes de la Constitución Política del Estado de Morelos (CPEM)

  • Artículo 114 Bis: Servicios de los ayuntamientos.
  • Artículo 121: De la educación.
  • Artículo 122: Cumplimiento del Artículo 123 Federal.
  • Artículo 134: Sistema Nacional Anticorrupción.

Servicios Públicos Federales, Estatales y Municipales

Servicios Públicos Federales

  • Defensa Nacional
  • Identificación
  • Riesgos y emergencias
  • Censos y estadísticas
  • Seguridad social
  • Sanidad, vivienda, educación, etc.

Servicios Públicos Estatales

  • En coordinación con la federación.

Servicios Públicos Municipales

  • Aguas y drenajes
  • Alumbrado público
  • Residuos
  • Mercados
  • Panteones
  • Rastro
  • Calles
  • Seguridad pública

¿Qué es un Acto Administrativo?

Declaración unilateral de voluntad de la administración pública con el objeto de crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas concretas.

Tipos de Autorizaciones Administrativas

  • Permisos: Autorización temporal o condicionada del Estado al particular.
  • Licencias: Autorización permanente con control rígido del Estado al particular para el desarrollo de una actividad.

¿Qué es la Concesión?

Acto jurídico unilateral donde el Estado permite el uso y explotación de un bien o servicio público a un particular a cambio de una contraprestación, para así satisfacer intereses generales (Artículo 28, párrafo 4, CPEUM).

Elementos de la Concesión

  • Concedente (Estado)
  • Concesionario (particular)
  • Beneficiario

Procedimiento para Otorgar una Concesión

  • Concurso: Proceso que incluye las siguientes etapas:
    • Convocatoria
    • Propuesta
    • Fallo

Tipos de Concesiones

  • Explotación de:
    • Bienes del servicio público
    • Servicios
    • Obras públicas

¿Qué son los Contratos Administrativos?

Acto jurídico celebrado entre la administración pública y los particulares que crean, modifican o extinguen obligaciones patrimoniales, buscando intereses públicos (Artículo 134 CPEUM).

Elementos de los Contratos Administrativos

  • Sujeto
  • Objeto
  • Forma
  • Finalidad
  • Competencia
  • Consentimiento

Tipos de Contratos Administrativos

  • Obra pública
  • Contratación de servicios
  • Arrendamiento
  • Enajenación de bienes
  • Colaboración público-privada
  • Adquisición de bienes

Procedimiento para Contratos Administrativos

  • Convocatoria
  • Entrega de propuestas
  • Fallo

Diferencias entre Contratos Públicos y Concesiones

Contrato Público

  • Fundamento: Artículo 134 CPEUM.
  • Objeto: Suministro de bienes y realización de obras o servicios.
  • Pago: Directo del Estado al particular.
  • Regulación: Leyes de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
  • Duración: El tiempo está fijado en el contrato.

Concesión

  • Fundamento: Artículo 28, párrafo 4, CPEUM.
  • Objeto: Explotación de un bien o servicio público.
  • Pago: De derechos del particular al Estado.
  • Regulación: Ley General de Bienes Nacionales.
  • Duración: El tiempo está fijado en la concesión.

¿Qué es la Función Pública?

Actividad estatal que conlleva el ejercicio de la potestad de imperio, cuya realización atiende intereses públicos.

Elementos de la Función Pública

  • Poder Estatal/Público: Capacidad del Estado de imponer su voluntad, con o sin la autorización de los destinatarios.
  • Funciones (Públicas): Formas en que se externa la voluntad del Estado, atendiendo a sus fines.
  • Órganos (del Poder): Entes encargados de ejercer la función.

Modalidades de la Función Pública

  • Ejecutiva, Legislativa y Judicial (Artículos 24, 49 y 115 CPEUM).

¿Qué son los Servidores Públicos en Base a la Función Pública?

Actividad estatal o permanente, remunerada u honoraria, que realiza una persona en nombre del Estado.

Elementos de la Definición de Servidor Público

  • Persona que realiza la función pública.
  • Sistema de competencias (Artículos 49, 115, 116 y 124 CPEUM).
  • Alude al régimen jurídico aplicable al personal que labora en algún poder público.
  • Relación jurídico-laboral que existe entre el Estado y sus trabajadores.

Servidores Públicos Según la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos (LSCEM)

  • Artículo 3, Fracción XXV: Las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el Artículo 108 de la CPEUM.

Regulaciones Laborales de los Servidores Públicos

Artículo 123 de la CPEUM

  • Apartado A (Sector Privado): Contempla a los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y todo aquel que tenga un contrato de trabajo.
  • Apartado B (Sector Público): Regula el trabajo de los empleados al servicio del Estado.

Relaciones de Trabajo Reguladas por el Artículo 123, Apartado A

  • Jornada de trabajo
  • Prohibición de trabajo de menores
  • Condiciones para mujeres embarazadas
  • Salario
  • Utilidades, etc.

Relaciones de Trabajo Reguladas por el Artículo 123, Apartado B

  • Vacaciones
  • Servicio profesional
  • Sindicatos
  • Militares y derivados de la seguridad se rigen bajo sus propias leyes.

Clasificación de Trabajadores Según la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE)

  • De Confianza: Aquellos cuyo nombramiento o ejercicio requiera aprobación expresa del Presidente.
  • De Base: Los no incluidos en el Artículo 4 y que sean inamovibles.

Clasificación de Trabajadores Según la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos (LSCEM)

  • De confianza, de base y eventuales.

Derecho Burocrático

Ciencia jurídica que tiene por objeto regular los derechos y obligaciones entre el Estado y sus servidores públicos.

Responsabilidad Administrativa

Consecuencia jurídica a las acciones u omisiones de las personas servidoras públicas ante el incumplimiento de los principios de honradez, legalidad, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus empleos.

Sistema Nacional Anticorrupción (SNA)

Espacio de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes y niveles de gobierno en la prevención, detección y sanción de las faltas administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos.

Clasificación de las Faltas Administrativas

Faltas Administrativas No Graves

  • Incumplimiento de funciones
  • No denunciar faltas administrativas
  • No supervisar subalternos
  • No rendir cuentas
  • No colaborar en procedimientos
  • (Impuestas por las Secretarías).

Faltas Administrativas Graves

  • Cohecho
  • Peculado
  • Desvío de recursos
  • Abuso de funciones
  • Nepotismo
  • (Impuestas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa – TFJA).

¿Qué es la Justicia Administrativa?

Conjunto de procedimientos y tribunales que resuelven controversias entre particulares y la administración pública, garantizando la protección de los derechos y la correcta aplicación de la ley en el ámbito administrativo.

Marco Jurídico de la Justicia Administrativa

  • CPEUM (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
  • CPEM (Constitución Política del Estado de Morelos)
  • LOTFJA (Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa)
  • LFPCA (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo)
  • Reglamentos
  • Leyes locales

Ámbito de Aplicación Personal

  • Gobernados o particulares
  • Servidores Públicos

Infracción Administrativa Contravencional

Es la conducta imputable a un gobernado por acción u omisión.

Sujetos de la Infracción Administrativa

  • Sujeto Activo: La persona que realiza o no la conducta contraria a lo que la norma establece.
  • Sujeto Pasivo: El titular del bien jurídico lesionado.
  • Conducta: Acción u omisión.

Medios Legales de Defensa en Materia Administrativa

  • Recurso de Revocación
  • Juicio de Nulidad

Recurso de Revocación

Son acciones de las que dispone el particular afectado en sus derechos o intereses por un acto, para obtener la revisión del propio acto.

Juicio de Nulidad

Mecanismo legal que permite a los particulares o servidores públicos impugnar actos o resoluciones definitivas dictadas por autoridades administrativas.

Efectos de las Sentencias en Justicia Administrativa

  • Reconocer la validez de la resolución impugnada.
  • Declarar la nulidad de la resolución impugnada.

Integración del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa

  • Se integra por 7 salas: 5 de instrucción y 2 especializadas, además del Pleno.

Integración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)

  • Se integra por 16 Magistrados.
  • Funcionará con un Pleno General, Pleno Jurisdiccional y en tres secciones.

Competencia del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa

  • Conocer y resolver sobre las responsabilidades administrativas de los servidores públicos y particulares vinculados con faltas graves.

Competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)

  • Conocer de actos y conductas de gobernados.
  • Conocer de actos en contra de conductas de servidores públicos.
  • Tendrá a su cargo dirimir las controversias.
  • Será el órgano competente para imponer sanciones a los servidores públicos.

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