Derecho Administrativo Local: Organización y Competencias Municipales

Modos de Gestión y Traslado de Competencias

Modos de Gestión de los Servicios Públicos

Dentro de la organización de los servicios públicos, existen diferentes modos de gestión:

  • Gestión Directa: La propia universidad, por ejemplo.
    • Por la propia entidad.
    • Por una Administración Pública (AP) especializada creada al efecto. La unidad Flora Tristán, residencia de la UPO, por ejemplo.
    • Por una sociedad mercantil de capital íntegramente público (nunca ejercicio de autoridad). UPOGest, por ejemplo.
  • Gestión Indirecta (nunca ejercicio de autoridad): Mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos.
    • Concesión. Ejemplo: los bedeles.
    • Concierto. Ejemplo: DAMAS, empresa de buses antes de TUSSAM.
    • Sociedad de economía mixta. Ejemplo: Mercasevilla.

Ejemplo: La Expo92 fue una celebración mundial en Sevilla. La Junta de Andalucía, junto con el gobierno, era la responsable. La gestión y edificación de la Cartuja se realizó por la propia entidad. Se crearon entes específicos para gestionar los pabellones. Cartuja93, una sociedad pública, gestionaba las empresas en la Cartuja.

Traslaciones de Competencias entre los Órganos

  • Delegación de Competencias:
    • Traslado del ejercicio de la competencia de un órgano a otro de la misma AP (no necesariamente subordinado jerárquicamente).
    • Las resoluciones adoptadas por delegación lo indicarán expresamente y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
  • Avocación de Competencias:
    • Un órgano asume el conocimiento (ejercicio) de un asunto (carácter concreto) cuya resolución corresponde ordinariamente o por delegación a un órgano subordinado jerárquicamente.
    • Las resoluciones adoptadas por el órgano avocante se consideran dictadas por éste, no por el órgano avocado.
  • Encomienda de Gestión:
    • Un órgano encomienda a otro órgano, de la misma o distinta AP, la realización de actividades de carácter material, técnica o de servicios de su competencia.
    • Exige que sea por razones de eficacia. Ejemplo: OPAEF.

El Gobierno y Administración de las Entidades Locales

Está formada por entes (provincias, municipios, mancomunidades, comarcas,…). Los más conocidos son provincias y municipios.

Legislación básica:

  • Capítulo II del Título VIII de la Constitución.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

Ejemplo: Comunidades Autónomas uniprovinciales como Murcia, Cantabria y Asturias pueden administrarse mejor y satisfacer sus necesidades de forma más eficiente. A menos competencias, más dinero a repartir, y en el resto de competencias que no tenga, el Estado se encargará, como indica la Constitución. Ejemplo: Si Melilla invita a un profesor a una conferencia, el Estado se encarga de los gastos.

El Municipio y sus Elementos

El artículo 40 de la Constitución Española (CE) dice que “la Constitución garantiza la autonomía de los municipios”.

El gobierno y la administración del municipio corresponden a los ayuntamientos, que están integrados por los alcaldes y concejales. Los concejales son elegidos por los vecinos (sufragio universal). Los alcaldes son elegidos por los vecinos (concejo abierto en municipios con menos de 100 habitantes) o por los concejales.

Elementos del Municipio

Son tres:

  • Término Municipal:
    • Territorio sobre el que ejerce sus competencias el ayuntamiento.
    • Solo puede pertenecer a una provincia.
    • Su creación, supresión o alteración se regula por las Comunidades Autónomas (CCAA).
  • Organización: Órganos de gobierno.
  • Población Municipal: Personas que se encuentran en el término municipal. Residentes (empadronados nacionales y extranjeros) y no residentes (temporales).

Ejemplo (territorio municipal): petición histórica de Montequinto de pertenecer a Sevilla y no a Dos Hermanas, ya que está más cerca. Ejemplo: Castilleja venera a una virgen que está en otro pueblo, por lo que deberían mantenerlo.

La Organización Municipal y sus Elementos

Se divide en:

Órganos Necesarios

Que tienen que existir en cada municipio obligatoriamente:

  • Alcalde.
  • Tenientes de Alcalde (equivalen a consejeros o ministros).
  • Pleno.
  • Junta de Gobierno Local (particular, ya que participa la ciudadanía a través de asociaciones de vecinos, por ejemplo).

Órganos Complementarios

Los establecen los propios municipios. Un ejemplo cercano son las juntas vecinales.

  • Concejales Delegados.
  • Juntas Municipales de Distrito.
  • Defensor del Vecino.
  • Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

El Alcalde

Es el órgano unipersonal que preside la corporación y es elegido por los concejales.

Atribuciones del Alcalde

  • Representar al ayuntamiento.
  • Dirigir el gobierno y la administración municipal.
  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local.
  • Dictar bandos.
  • Jefe superior del personal de la corporación.

El alcalde puede delegar parte de sus competencias en los tenientes de alcalde y en los concejales delegados. Esto sería desconcentración, no descentralización.

Los Tenientes de Alcalde

Son los concejales, nombrados por el alcalde, de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local, a los que corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibiliten a éste para el ejercicio de sus atribuciones.

El Pleno Municipal

Es el órgano municipal integrado por todos los concejales y presidido por el alcalde. El número de concejales que habrá de elegirse por cada ayuntamiento depende de la población del término municipal, determinándose de acuerdo con una escala.

Servicios Municipales

  1. En todos los municipios: Alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua, alcantarillado, accesos, pavimentación de las vías públicas y control de alimentos y bebidas.
  2. Municipios de más de 5.000 habitantes: Parque público, biblioteca, mercado y tratamiento de residuos.
  3. Municipios de más de 20.000 habitantes: Protección civil, servicios sociales, prevención y extinción de incendios, instalaciones deportivas y matadero.
  4. Municipios de más de 50.000 habitantes: Transporte colectivo urbano y protección del medio ambiente.

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