Cuestionario de derecho constitucional

Tema 42


Derecho a la educación.

Art 27 Ce. Es uno de los derechos más extensos. Este derecho ha sido muy polémico es el debate constitucional y su regulación. Es un derecho muy protegido en el ámbito internacional (UNESCO en 1960 contra la discriminación en la enseñanza). (El pacto internacional de los derechos económicos culturales). (Convenio de Derechos Humanos 1950).

LO 8/1985 Reguladora del derecho a la educación.

LO 2/2006 LOE.

LO 6/2001 LOU.

Abarcara todos los derechos del art 27 CE. En sentido estricto es un servicio público que debe prestar el Estado, que dé lugar a títulos válidos: como educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, FP, Enseñanza de idiomas, enseñanza artística… La Enseñanza básica de 6 a 16 años es obligatoria y gratuita. No solo es un derecho, es una obligación. Esta gratuidad comprende la exención de tasas económicas académicas. No incluye ni los  libros, ni comedores, ni transportes, etc. Los titulares de este derecho son todos: tanto nacionales como extranjeros. Hace falta residir en España. El instrumento para facilitar este derecho es:

La creación de centros  públicos:


todos tienen derecho a una plaza, pero no existe un derecho constitucional a elegir centro público. Requisitos de acceso:

Hermanos matriculados en el centro o padres o tutores que trabajan en el centro, proximidad del domicilio o el trabajo de los tutores, menor de renta, discapacidad en sus padres.

La ayuda a los centros docentes privados:


con los requisitos que se establezcan en la ley:
Admisión de alumnos, estructura organizativa muy similar, enseñanza gratuita (centros privados concertados). La educación es un valor fundamental de la comunidad política, la CE establece determinadas exigencias. Los poderes públicos realizaran una programación general de la enseñanza, inspeccionaran y homologaran el sistema educativo, establecerán los fines de la educación.

Se exige que se garanticen los derechos académicos de los alumnos: derecho a la valoración objetiva del rendimiento escolar (revisión de exáMenes), derecho a permanecer en el cetro, derecho a que si se le imponen alguna sanción sea escuchado el alumno, sin arbitrariedades.

LIBERTAD DE ENSEÑANZA

Es el derecho a trasmitir conocimientos y valores. Comprende 3 derechos:

  • Libertad de cátedra
  • Derecho a crear centros docentes privados
  • Derecho educativo de los poderes.


Tema 45:

La suspensión individual de los derechos

 A veces no es adecuada la declaración de los Estados excepcionales para combatir determinados actos. Y para ello está la suspensión individual de los derechos, prevista en el art. 55.2 CE

Se establece frente a sospechosos de ser elementos terroristas  o integrantes de bandas armadas. A este grupo de personas se les aplica la suspensión de una serie de derechos:

– Plazo máximo de la duración de la detención preventiva (la ley antiterrorista ha ampliado el plazo de 72 horas, 48 horas más).

– La inviolabilidad del domicilio.

– El secreto de las comunicaciones, significa que en estos supuestos no hace falta autorización para interceptar las comunicaciones, pero inmediatamente después debe ponerse en conocimiento del juez (al igual que ocurre con al inviolabilidad del domicilio)

Debe haber un control parlamentario en todos los casos. También habrá un control a posteriori por los jueces

TEMA 40: DERECHO AL JUEZ ORDINARIO PREDETERMINADO POR LA LEY

Art 24.2 en el ámbito penal el órgano judicial que ha de conocer de un asunto debe cumplir 3 requisitos:

1.- judicialidad.- carácter judicial del juez

2.-carácter ordinario

3.-predeterminado por la ley

La judicialidad significa que el órgano(d al unipersonal colegiado)que ha de juzgar debe ser un órgano incardinado unipersonal en la estructura del poder judicial.

Carácter ordinario.-el juez órgano judicial debe pertenecer a la jurisdicción ordinaria , no a la militar, a tener en cuenta que se prohíbe los tribunales de excepción ya que queda prohibido por la CE. En los T de excepción se crea un T para juzgar un caso concreto o a una persona, la jurisdicción militar en España se restringe al ámbito estricta castrense o militar y tb a los supuestos de estado de sitio.

Predeterminado por la ley.- significa el órgano judicial que va conocer del asunto debe estar determinado por una norma de rango legal que emana del parlamento la LOPJ además de carácter gral tiene carácter previo a la comisión del hecho.

La finalidad es garantizar la imparcialidad del juez.

El TC dice que se vulnera el d al juez ordinario predeterminado por la ley si un mismo órgano judicial lleva a cabo la investigación del caso y después la juezga, debe separar la fase instructora y la del juicio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *