Derecho Penal: Conceptos Fundamentales y Escuelas de Pensamiento
El Derecho Penal es el conjunto de normas y principios que determina los delitos y la aplicación de penas, como función del Estado para proteger el orden jurídico.
Los delitos son hechos antijurídicos que el Estado considera que afectan gravemente el orden de la comunidad; por ello, los reprime con una sanción que causa un sufrimiento para el responsable del daño, ya que afecta su libertad o patrimonio. La necesidad de sanción penal surge de un hecho ilícito que, además de afectar los intereses de cada persona, representa un daño y un peligro público más vasto.
Escuelas del Derecho Penal
Escuela Clásica
Para Carrara, el delito no es un hecho, sino un ente jurídico al que se deben analizar sus elementos. Para que existiera un delito, era necesario que se causara un daño a la sociedad, que el autor fuera moralmente imputable y que el hecho estuviera previsto por la ley positiva. La pena se basaba en el criterio de la retribución jurídica y tenía como fin el restablecimiento del orden jurídico perturbado por el delito.
Se critica por haber centrado el derecho penal en el acto delictivo, considerado como ente jurídico, descuidando el estudio de los delincuentes en sus peculiaridades concretas, ya que se limitaba a considerarlos de forma abstracta.
Escuela Positiva
Nace y se desarrolla en Italia a fines del siglo XIX, cuando la aplicación de los principios de la Escuela Clásica había resultado insuficiente para combatir la criminalidad. Esta nueva escuela se centra en el conocimiento del delincuente. Se señalan tres etapas en la evolución de esta escuela:
- La antropológica: (delincuente nato, loco moral, epiléptico, pasional, ocasional)
- La sociológica: (delincuente loco, nato, habitual, ocasional, pasional)
- La jurídica: (teoría de la temibilidad o peligrosidad)
Tipos de Sanciones
- Sanciones Penales: Irracionales (ya que nada restituye a la víctima); intimidatorias, retributivas, ejemplarizadoras.
- Sanciones Civiles: Racionales, buscan igualdad, identidad o equivalencia; compensatorias, reparatorias, sustitutivas de la prestación debida.
Delito y Falta
El delito consiste en la violación de un derecho protegido por la ley penal, en tanto que las contravenciones (o faltas) consisten en las violaciones de las leyes que tienen su fundamento en el solo principio de utilidad. Para algunos autores, tanto el delito como la contravención son hechos antijurídicos caracterizados por la antijuridicidad.
Derecho Procesal: Organización y Actuación Judicial
El Derecho Procesal es el conjunto de normas y principios que regulan la organización de los tribunales y la actuación del juez y de las partes en los procesos.
La función de hacer cumplir y garantizar el derecho, cuando no es aceptado voluntariamente, está actualmente a cargo del Estado, por intermedio de sus órganos jurisdiccionales. Esta función garantizadora del derecho se realiza con la intervención de los órganos jurisdiccionales del Estado, utilizando el medio llamado acción.
Nociones Fundamentales del Derecho Procesal
Las tres nociones fundamentales son:
- La jurisdicción: Es la potestad pública o atribución de la que se encuentran investidos los jueces para conocer los pleitos y fallarlos con arreglo a derecho.
- La acción: Es el poder jurídico de los particulares para reclamar la intervención de los órganos jurisdiccionales, enfrentando la actividad jurisdiccional a un problema o cuestión a resolver.
- El proceso: La jurisdicción y la acción se ponen en contacto y se unen a través de este.
Fuentes del Derecho Procesal
Las fuentes del derecho procesal se refieren a las formas mediante las cuales se manifiestan y concretan las normas jurídicas que lo componen.
Una división de las fuentes es:
- Fuentes directas o de producción: Son las normas jurídicas como la Ley, la Costumbre y los principios generales del derecho.
- Fuentes indirectas o de conocimiento: Son básicamente la jurisprudencia y la doctrina científica.
Es importante señalar que las fuentes directas no rigen en el derecho procesal en el sentido del artículo 1 del Código Civil, porque la costumbre no tiene aplicación plena como fuente directa de derecho procesal.
Derecho Comercial: Regulación de Actos y Comerciantes
El Derecho Comercial es el conjunto de normas y principios que regula los actos de comercio y la actividad de los comerciantes.
Conceptos Clave en Derecho Comercial
- Comerciante: Persona que ejerce o realiza actos de comercio como profesión (criterio subjetivo).
- Acto de Comercio: Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, con el fin de lucrar con su enajenación, ya sea en el mismo estado adquirido o en otro (criterio objetivo).
La Sociedad Comercial
Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas, en forma organizada y conforme a uno de los tipos previstos en esta Ley, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas.
Fuentes del Derecho Comercial
Las fuentes del Derecho Comercial son los medios de los que se vale el derecho para manifestarse exteriormente (determinación de fuentes).
Su clasificación incluye:
- Fuentes indiscutidas: Aquellas que nadie discute ni puede discutir porque están expresamente señaladas en la ley. Dentro de las fuentes indiscutidas se encuentran: la ley mercantil, el derecho común y la costumbre mercantil.
- Fuentes discutidas: Aquellas que el legislador no hizo expresa mención, por lo que la doctrina discute si tienen o no carácter de fuente.