Acto Jurídico: Formal e Informal

Acto jurídico:

Cuando una persona hace algo de manera consciente y voluntaria para crear vínculos jurídicos. Es una situación que surge de la voluntad humana y que tiene consecuencias jurídicas. Los aspectos básicos de un acto jurídico son la voluntad, el objeto y la forma o solemnidad, pero estos pueden cambiar según la ley que se aplique.

Un acto jurídico formal es aquel que necesita una formalidad que establece la ley para su forma, para que sea válido y tenga consecuencias jurídicas. Estas formalidades pueden ser la escritura, la firma, los testigos, o la presencia de un funcionario público. Si no se cumplen estas formalidades, el acto jurídico puede ser nulo.

Un acto jurídico informal es aquel que no tiene que seguir ninguna formalidad para su forma, para que sea válido y tenga consecuencias jurídicas. En este caso, lo que importa es la voluntad de las partes y eso determina la validez del acto jurídico. No se necesita seguir una forma establecida por la ley.

La diferencia entre un acto jurídico formal e informal es que el primero debe respetar ciertas formalidades legales para su forma, mientras que el segundo no está sujeto a estas formalidades, puede ser válido y tener consecuencias jurídicas sólo por la voluntad de las partes.

Ejemplos de actos jurídicos formales:

  • Solicitar una licencia o permiso para realizar determinadas actividades, como conducir un vehículo o iniciar un negocio.
  • Presentar demanda o denuncia ante la autoridad competente.
  • Firmar un contrato de arrendamiento de edificio comercial y comenzar a operar.
  • Donar activos a organizaciones benéficas.
  • Estar licenciado o autorizado para ejercer una profesión regulada, como abogado, médico o arquitecto.

Ejemplos de actos jurídicos informales:

  • Permite que otros utilicen su vehículo sin firmar un contrato de préstamo.
  • Llegar a un acuerdo de caballeros para resolver conflictos sin recurrir a la justicia formal.
  • Firmar un contrato verbal para realizar tareas domésticas o de cuidado.
  • Compartir información personal con amigos sin firmar un acuerdo de protección de datos.
  • Establecer un acuerdo verbal para compartir gastos de viaje entre amigos.

Mundo del ser y del deber ser

MUNDO DEL SER

Se refiere a la realidad tal como es, sin considerar nuestra percepción o valoración. Es el ámbito de lo que existe objetivamente, incluyendo entidades y fenómenos observables. Se relaciona con la ontología, que estudia el ser y la existencia.

EJEMPLO

Un ejemplo es el temblor del cuerpo ante el frío, una reacción natural para generar calor interno que no podemos evitar, ya que es una reacción natural e involuntaria.

DEBER SER

El ‘deber ser’ implica cómo deberíamos actuar moralmente en contraste con cómo actuamos en la realidad. Está relacionado con la ética normativa que establece las bases de la conducta moral. Implica valores y principios éticos

EJEMPLO

Un claro ejemplo son las leyes, estas nos dicen que hacer y que no hacer, sin embargo, no son seguidas por todos ya que no hay una fuerza que nos obligue a acatarlas, la falta de estas leyes lleva a una sanción.

NORMAS

Unilateralidad (la norma es impuesta por una parte a otra sin su participación en su creación o aceptación):

  • Semaforos de tráfico: Las señales de tráfico son normas unilaterales ya que son impuestas por las autoridades de tráfico para regular el comportamiento de los conductores sin requerir su consentimiento. Los conductores deben obedecer las señales sin necesidad de que todos estén de acuerdo.

Bilateralidad (las partes involucradas en la norma participan en su creación o aceptación):

  • Matrimonio: El matrimonio es un contrato bilateral en el que dos personas acuerdan unirse legalmente. Ambas partes tienen derechos y responsabilidades mutuas.

Incoercibilidad (las normas no pueden ser impuestas de manera efectiva o coercitiva):

  • Libertad de expresión: La libertad de expresión es un derecho fundamental que no puede ser coaccionado por el gobierno. Las personas pueden expresar sus opiniones libremente sin temor a represalias legales.
  • Religión: La elección de una religión o creencia es incoercible; nadie puede ser forzado a seguir una religión en particular.

Autonomía (las normas son establecidas por las partes involucradas de manera voluntaria):

  • Elección de lugar de residencia: Las personas pueden decidir autónomamente dónde desean vivir, ya sea en una ciudad, un pueblo o en el campo.

Heteronomía (las normas son impuestas por una autoridad externa a las partes involucradas):

  • Normas escolares: Los estudiantes deben seguir las normas escolares establecidas por la institución, que son heterónomas en relación con su comportamiento en el campus.

Interna (las normas son aceptadas y seguidas por convicción personal):

  • Normas familiares: Las reglas y normas establecidas dentro de una familia, como la hora de la cena o las responsabilidades domésticas.

Coercibilidad (las normas pueden ser impuestas o aplicadas mediante la fuerza o el poder):

  • Pago de impuestos: Si un ciudadano no paga sus impuestos, el gobierno puede utilizar la coerción legal, como multas o embargos, para garantizar el cumplimiento de la norma fiscal.

Externa (las normas son seguidas debido a la presión o la influencia de una autoridad externa):

  • Regulaciones gubernamentales: Las regulaciones gubernamentales, como las normas de seguridad en el trabajo, son ejemplos de normas externas que se aplican en empresas.

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