Fundamentos del Derecho: Conocimiento e Interpretación de las Normas Jurídicas

La Esencia del Derecho: Acceso y Comprensión de las Normas Jurídicas

Ya sea que el derecho positivo sea el reflejo de ciertos valores, o formalmente válido siguiendo procedimientos para su existencia, o que sea aquel que aplican los tribunales o podemos prever que lo van a aplicar, es fundamental que podamos acceder a ese derecho positivo, que podamos conocer cuál es.

La Importancia del Conocimiento del Derecho

El tema del Conocimiento del Derecho se torna, entonces, de gran interés. Independientemente de si uno se adhiere a la tesis instrumentalista, que sostiene que el lenguaje es una herramienta o vehículo para expresar el derecho, o a la tesis constitutiva, donde se afirma que las normas son lenguaje, en cualquiera de las hipótesis a las que podamos adherir, debemos tener en cuenta que las normas siempre se expresan en alguna lengua. Asimismo, es crucial considerar las formas en que esta lengua va a expresar el derecho positivo, ya sea de forma escrita, oral, electrónica o simbólica.

Si una de las características fundamentales del derecho es su coercibilidad y, en última instancia, la coacción (la existencia de pena o sanción), es esencial que las normas —sobre todo las penas y sanciones— sean conocidas. El conocimiento del derecho asegura que las sanciones puedan cumplir efectivamente su finalidad preventiva, disuasiva, represiva o reeducativa.

Funciones de la Sanción o la Pena

Algunos sostienen que la sanción tiene fundamentalmente una función persuasiva y disuasiva: el hecho de que alguien sepa que existe una conducta sancionada o penada puede inhibir la realización de dicha conducta. También se afirma que, después de realizada la conducta o la infracción, la pena o sanción tiene un fin represivo o reeducativo. Así, el conocimiento de la sanción, sumado a la experiencia de vivirla en carne propia, permite que el sujeto conozca y comprenda el alcance de su comportamiento, sirviendo tanto para él como para el resto de la comunidad.

En resumen, la sanción está diseñada para prevenir o disuadir determinados comportamientos, o, una vez realizados, para reprimir y reeducar.

El tema de la sanción se vincula con la concepción del derecho como una serie de órdenes respaldadas por amenazas.

Conexiones Clave con el Conocimiento Jurídico

En síntesis, la importancia de conocer el derecho positivo es innegable. Sin importar la concepción que tengamos o el enfoque que consideremos más pertinente, en definitiva, debemos conocer los enunciados normativos. Existen temas intrínsecamente conectados con el conocimiento del derecho, por ejemplo:

  • La preocupación por la difusión de la norma o de los enunciados normativos.
  • La inexcusabilidad de su conocimiento. El Artículo 2 del Código Civil establece que la ignorancia de la ley no sirve de excusa.
  • La irretroactividad de la ley.
  • La estrecha relación del conocimiento del derecho con el Estado de Derecho. Este último refiere como algo imprescindible a ciudadanos que posean un nivel de instrucción y educación que les permita el real entendimiento y comprensión del derecho positivo. Esto, a su vez, se vincula directamente con el tema del conocimiento del derecho.

Contexto Histórico de la Difusión Normativa

Históricamente, se observa la preocupación de las autoridades por dar a conocer las normas. Encontramos la presencia de tambores redoblantes, mediante los cuales se anunciaban en voz alta las normas vigentes, o la práctica de pegarlas en carteleras. Esta tradición se transformó a lo largo del tiempo, surgiendo la necesidad de hacer pública de manera genérica la existencia de normas.

Para ilustrar mejor, podemos hacer referencia a un evento ocurrido en nuestras tierras en 1807. Al producirse lo que se conoce como las Segundas Invasiones Inglesas, se puede observar, a partir de distintos documentos y testimonios históricos, un claro choque de culturas vinculado a la cuestión del idioma: el español que se hablaba y el inglés de los invasores.

En ese mismo año, la prensa se instala con una publicación inglesa que se llamaría «La Estrella del Sur». Esta publicación refleja la preocupación por que los súbditos conocieran quiénes eran las autoridades legítimas y cuál era el contenido de las órdenes o las normas que se iban a emplear.

Otro tema interesante respecto al conocimiento del derecho es la distinción entre el conocimiento por necesidad y el conocimiento por interés. Todos estos temas están vinculados a la educación jurídica y a la formación de los ciudadanos.

Esta sección sirve como introducción para abordar los temas de creación, aplicación, interpretación y la integración del derecho.

La Interpretación del Derecho: Desvelando el Sentido de las Normas

El Título Preliminar del Código Civil, en sus artículos 1 al 20, aborda la cuestión de cómo interpretar. Sin embargo, la interpretación no se limita únicamente a la materia civil. En la Constitución, por ejemplo, el Artículo 85, inciso 20, establece que una de las competencias de la Asamblea General es interpretar las leyes. También se habla de interpretación en materia penal, donde el Artículo 1 postula que no hay delito sin una ley previa que lo establezca, ni pena sin ley; este es un presupuesto fundamental para reflexionar sobre la interpretación.

Además, en el Código General del Proceso (CGP) aparecen normas, como los artículos 14 y 15, vinculadas a la interpretación. Asimismo, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, de 1969, hace referencia en sus artículos 31 y 32 a cómo se interpreta un tratado. Es evidente, entonces, que el tema de la interpretación en materia jurídica es de suma importancia.

Naturaleza de la Interpretación

Es importante aclarar que, al hablar de interpretación, no nos referimos únicamente a la de textos escritos. También se interpretan actitudes, comportamientos, el contexto y el comportamiento de las personas.

La primera idea es que la interpretación es un acto propiamente humano y se aplica a todo, porque permanentemente estamos interpretando gestos, actitudes, acciones, palabras y manifestaciones escritas.

Si nos centramos en los textos escritos, existe una idea muy arraigada sobre «¿qué es interpretar?». Cuando se le pregunta a alguien en el ámbito jurídico qué es interpretar, suele responder que es: DESENTRAÑAR EL SENTIDO DE UNA NORMA. Sin embargo, al afirmar esto, se está dando por sentado que existe un sentido único, importante y verdadero que debemos desvelar o descubrir.

Una línea contemporánea de interpretación ha definido este concepto de otra manera: interpretar no es desentrañar y descubrir algo que está oculto (el sentido), sino elegir, dentro de las distintas interpretaciones posibles, la que parezca más razonable. Es decir, interpretar tiene que ver con ASIMILAR UN POSIBLE SENTIDO DENTRO DE LOS SENTIDOS EXISTENTES.

Para Kelsen, los textos o enunciados normativos podrían compararse con una partitura musical, y la norma jurídica es la interpretación que hace el jurista.

Toda norma se expresa a través del lenguaje (según la concepción instrumentalista) o es lenguaje. En cualquiera de las dos perspectivas, se trata de identificar y extraer cuál es el sentido más apropiado, o cuál pudo haber sido la intención del legislador. Por eso, esta comparación es interesante: una misma partitura puede tener lecturas o interpretaciones distintas.

¿Quién Interpreta? Sentido Subjetivo vs. Objetivo

¿Cómo calificaríamos la labor de interpretar? ¿Qué es interpretar? ¿Puede ser una tarea idónea o lo puede hacer cualquier sujeto?

Kelsen sostiene que, frente a cualquier texto normativo, existen distintos sentidos y distingue entre el sentido subjetivo (el que le da cualquier persona, cualquiera puede interpretar) y el sentido objetivo. En el derecho, la interpretación que tiene relevancia es la que transforma un texto jurídico en una norma, y es la interpretación del juez, obligatoria para el caso concreto.

Entonces, para Kelsen, una norma jurídica es el sentido objetivo de un acto de voluntad: el significado que el juez le da.

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