Qué son los Derechos Humanos
El término derechos humanos es empleado en distintos ámbitos: en el mundo de la política, en el periodismo, en la vida cotidiana.
Sus usos son variados y contradictorios.
El peligro que corre un término cuando es muy usado es que se vacíe de sentido. O los gobiernos que violan derechos pueden llegar a justificar esta violación diciendo que es necesaria para preservar otros derechos.
La mayoría de los países del mundo acordaron y firmaron en 1948, luego de la Segunda Guerra Mundial, la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Los derechos humanos son el catálogo de las necesidades e intereses humanos primordiales: físicos, sociales y simbólicos.
El derecho a la alimentación es fundamental.
Ser humano en su sentido pleno es ser con otros.
La pobreza extrema, la indigencia, la exclusión social, conducen a la deshumanización y niegan los derechos fundamentales.
La intención es que estos derechos humanos valgan para todos los humanos, independientemente de las pertenencias culturales, religiosas y políticas.
La base y la esencia de los derechos humanos universales es el universal derecho a tener derechos.
Orígenes Históricos
¿Cómo empezó todo?
El 26 de agosto de 1789, la Francia revolucionaria declaró la ley de los derechos del hombre y ciudadano.
La Revolución Industrial inició en Inglaterra a finales del siglo XVIII, transformando los métodos tradicionales de producción en formas masivas de producción industrial vinculadas a la expansión del mercado mundial.
En las nuevas ideas políticas y económicas, el liberalismo proponía que el Estado no intervenga en el campo económico. Mientras que en Francia surgía la Ilustración que ofrecía un cuerpo de doctrinas políticas sumamente revolucionario:
- Impugnaba al poder de la iglesia.
- Postulaba la universalidad del ser humano.
- Exigía la igualdad jurídica de los hombres.
- Declaraba al pueblo como depositario legítimo.
Tras esto se formaron conjuntos de sectores sociales y políticos unidos por un sentimiento colectivo de frustración social y rechazo a los privilegios establecidos por el orden del antiguo régimen.
Los primeros pasos de la Revolución Francesa se caracterizaron por su impulso liberador e igualitario. El 4 de agosto de 1789 la Asamblea Constituyente dictaminó la eliminación del régimen feudal:
- Se suprimieron los diezmos, los privilegios fiscales del clero, la nobleza de sangre y los derechos señoriales sobre las personas.
- Tiempo después, inspirándose en la Declaración de Derechos de Virginia, los revolucionarios franceses proclamaron los Derechos del Hombre y del Ciudadano, garantizando por primera vez en Francia la igualdad jurídica de las personas.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
El 10 de diciembre de 1948 se firmó en París la Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse.
Las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial
Entre 1939 y 1945 sucedió la famosa Segunda Guerra Mundial.
Esta fue la guerra más grande de la historia y fue también la de mayor número de víctimas: 55 millones de muertos, 35 millones de heridos y 3 millones de desaparecidos.
El mundo entero se conmovió ante las siniestras imágenes de los campos de concentración donde fueron avasalladas la libertad, la dignidad y la vida, donde toda la humanidad había sido negada.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU)
En 1945, con la participación de 50 estados, se fundó la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que estableció los siguientes objetivos: Salvación de la paz mundial, defensa de los derechos del hombre, igualdad de derechos para todos los pueblos, aumento del nivel de vida en todo el mundo.
Su antecesora inmediata había sido La Sociedad de las Naciones, establecida en 1919.
Tipos de Derechos Humanos
Los derechos civiles
En esta categoría están comprendidos los derechos a la libertad individual, a la seguridad, a la libertad de pensamiento y expresión.
Los derechos políticos
Se refieren a la participación de los ciudadanos, eligiendo y pudiendo ser elegido.
Los derechos económicos, sociales y culturales
El derecho a trabajar, recibir igual salario por igual trabajo. Recibir un ingreso que asegure una existencia conforme a la dignidad humana; disfrutar de un nivel de vida adecuado que garantice la salud y el bienestar; disponer de descanso y tiempo libre; tener un amplio acceso a la educación y a la vida cultural de la comunidad.
Estructura de los Derechos
- El titular del derecho (persona/s que tiene derecho a…).
- El destinatario del derecho (las instituciones o personas que tienen la obligación de garantizar, proteger, promover, hacer cumplir ese derecho…).
- El objeto del derecho (la acción que deben realizar los destinatarios para que ese derecho pueda ser ejercido por el titular… el objeto es un hacer por parte del Estado, a través de determinados funcionarios).
Generaciones de Derechos Humanos
¿Qué son los Derechos Humanos? Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, color, religión, lengua o cualquier otra condición.
Todos tenemos los mismos derechos, sin discriminación alguna.
Existen varios tipos de derechos:
Derechos de 1ª generación
Son los derechos civiles y políticos, los cuales constituyen límites al poder estatal.
Derechos de 2ª generación
Son los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos buscan reducir la desigualdad entre las personas.
Lucha por la igualdad fáctica (Que está basada en los hechos o limitada a ellos).
Se inicia con la Revolución Industrial a fines del siglo XVIII.
Derechos de 3ª generación
Suelen ser llamados también “derechos de solidaridad”, al desarrollo de solidaridad, el derecho a la paz, al desarrollo, a un medio ambiente sano, el derecho al patrimonio común de la humanidad.
Surgen a partir de grandes problemas mundiales durante el siglo XX.
Derechos de 4ª generación
Se los denomina “derechos de pertenencia geográfica y protección”. Surgen como resultado de la lucha por el reconocimiento de derechos para las personas que se ven obligadas a emigrar de su comunidad de origen.
Exigibilidad de los Derechos
Los destinatarios del derecho tienen obligación de hacer. Tienen obligación de hacer o no hacer. Cuando la obligación de hacer o intervenir se dice que la prestación es positiva y cuando la obligación es no intervenir se dice que la prestación es negativa. La prestación que debe cumplir el Estado es positiva e incumple con su obligación si no hace lo que debe.
Pero en muchas ocasiones los destinatarios tienen obligación de no hacer, no intervenir los teléfonos sin autorización de un juez, no realizar detenciones ilegales, no impedir la libre movilidad de las personas dentro del territorio del país, no censurar las expresiones políticas opositoras del gobierno de turno, no obligar a alguien a expresar sus creencias religiosas o convicciones políticas, no dañar la integridad física de los ciudadanos. Las obligaciones, en estos ejemplos, son de abstención o de prestación negativa.
El concepto de Exigibilidad
Implica un conjunto de prestaciones positivas (de hacer) y de prestaciones negativas (de respetar, de no interferir y de no intervenir) que el Estado debe cumplir. Si no cumple con sus obligaciones, deben establecerse los mecanismos de protección para exigir el cumplimiento de estas obligaciones.
Esos medios permiten al titular reclamar ante el incumplimiento de la obligación estatal. Ser titular de un derecho implica poder exigirle al Estado su cumplimiento.
¿Por qué es el Estado el destinatario de los derechos?
Porque son los Estados los que firman esos pactos y se obligan y comprometen a cumplir con lo firmado. Si bien los Estados son los responsables del cumplimiento de los derechos, los miembros de la sociedad deben colaborar para su cabal realización.
Características Fundamentales de los Derechos Humanos
- UNIVERSALES: Estos derechos se les reconocen a todos los seres humanos y solo por la razón de ser seres humanos. Esto quiere decir que a nadie se le puede negar la calidad de sujeto titular de un derecho humano por su pertenencia a una determinada nacionalidad, religión, profesión, creencia política, grupo cultural, étnico, etario o clase social. En este sentido, es enfática la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 1º cuando proclama: «Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros». La declaración adoptada en Viena el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos proclama que el carácter universal de los derechos humanos y de las libertades fundamentales no admite dudas. Agrega que todos los derechos humanos son «universales, indivisibles e interdependientes entre sí» y que, sin desconocer particularidades nacionales o regionales y los distintos patrimonios culturales, «los estados tienen el deber, sean cuales sean sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales».
- INNATOS: Son inherentes a todo ser humano desde el comienzo de su vida. Toda persona tiene atributos inherentes a su dignidad humana e inviolables, que le hacen titular de derechos fundamentales que no se le pueden desconocer y que, en consecuencia, son superiores al poder del Estado, sea cual fuere su organización política.
- IRRENUNCIABLES: Esto significa que ningún ser humano puede válidamente renunciar a ellos, ni permitir que un Estado, comunidad o sociedad no los respete.
- INALIENABLES: Los derechos humanos pertenecen a la humanidad de la persona, a su «esencia». No puede la persona apartarse de ellos. En este sentido, es imposible su enajenación, transferencia o transmisión.
- IMPRESCRIPTIBLES: No se pierden por el transcurso del tiempo o por su no ejercicio.
- INDIVISIBLES: Los derechos humanos dependen unos de otros. En este sentido, no se puede suprimir uno sin que se ponga en peligro la validez de los demás. Así, no es posible el cumplimiento de los derechos civiles y políticos sin el goce de los derechos económicos, sociales y culturales. Se complementan y son interdependientes.
Supremacía y Supranacionalidad
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
- Se trata de ubicar a la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todas las demás normas jurídicas, internas y externas, que puedan llegar a regir sobre ese país.
SUPRANACIONALIDAD
- Es un sistema político que afecta a más de una nación. Uno de los objetivos de los gobiernos supranacionales es la internacionalización de la economía, la implantación de sistemas monetarios supranacionales, etc.
INSTITUCIONES SUPRANACIONALES
- Una institución supranacional está formada por dos o más gobiernos centrales con el fin de promover el desarrollo económico de los países miembros, como por ejemplo: OPS, OMS, UNICEF, ALPI, ONG, ONU, OMC, etc.
EL PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN
Fue iniciado en 1948 y adquiere forma a través de la acción de organismos supranacionales. Los estados que forman parte de estos organismos llegan a un acuerdo que se traduce en pactos y los estados firmantes se comprometen a cumplir con lo acordado.
- Se ha constituido la Corte Penal Internacional, que es el órgano que debe entender en los delitos contra la humanidad. También existen tribunales internacionales de derechos humanos.
- Este camino institucional supranacional iniciado en 1948 sigue profundizándose y busca proteger a las personas con exceso de poder y falta de justicia.