Responsabilidad Profesional de Martilleros y Corredores: Marco Legal y Obligaciones

Responsabilidad Profesional: Resumen General

A continuación, se detallan las normas que regulan la responsabilidad (en sentido amplio) del Corredor de Comercio y del Martillero Público.

Normativas que regulan la responsabilidad

  • Ley 20.266: Condiciones habilitantes para Corredores y Martilleros.
  • Código Procesal Civil y Comercial de la Nación: Normas referidas al cumplimiento de la sentencia de remate (Arts. 559 a 594).
  • Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN):
    • Normas sobre contratos de Mandato, Comisión y Corretaje (Arts. 1319 a 1355).
    • Normas sobre la responsabilidad de los profesionales (Art. 1768).
    • Obligaciones de hacer (Arts. 773 a 778).
    • Normas sobre responsabilidad: tipos de responsabilidad y daños (Arts. 1708 a 1780).

Obligaciones del Martillero (Ley 20.266)

  • Poseer título universitario y estar matriculado.
  • Llevar los libros de entrada, salida y de gestión.
  • Convenir con el legitimado por escrito.
  • Verificación de las condiciones del bien a rematar.
  • Explicar en voz alta el acto.
  • Instrumento de venta, precio y rendición de cuentas.
  • Deber de conservar muestras.

Prohibiciones del Martillero

  1. Participación en el precio obtenido en el remate a su cargo.
  2. Cesión de bandera.
  3. Delegación del remate (salvo fuerza mayor comprobada).
  4. Compra por cuenta de terceros de los bienes encomendados.
  5. Compra para sí de los bienes a rematar.
  6. Suscripción de instrumentos de venta sin autorización expresa.
  7. Retención del precio excedente a la comisión y gastos.
  8. Deber de veracidad: evitar términos como «judicial», «oficial» o «municipal» si no corresponde.
  9. Ofertas bajo sobre (salvo autorización legal).
  10. Suspender remates existiendo posturas (salvo base no alcanzada).

Responsabilidad Profesional y Civil

La responsabilidad civil se refiere a la obligación de reparar un perjuicio. Para que exista, debe concurrir:

  • Daño: Lesión a un derecho o interés (patrimonial o extrapatrimonial).
  • Antijuridicidad: Daño u omisión no justificada.
  • Relación de causalidad: Nexo entre la acción/omisión y el daño.

Profesiones Liberales (Art. 1768 CCCN)

Se consideran profesiones liberales aquellas que requieren título universitario, matriculación y ejercicio intelectual. Su responsabilidad se rige por:

  • Obligaciones de hacer: Prestación de un servicio con la diligencia apropiada.
  • Responsabilidad subjetiva: Se responde por negligencia, impericia o imprudencia, salvo que se haya comprometido un resultado concreto.
  • Prescripción: 3 años según el CCCN.

Subasta Judicial y Martillero

El martillero actúa como auxiliar de justicia. Sus obligaciones incluyen:

  • Ajustarse a las instrucciones del Juez.
  • No delegar funciones sin autorización.
  • Depositar lo cobrado en el plazo estipulado (Art. 564).
  • Realizar la publicación conforme a derecho.

Sanciones: Desde la pérdida de la comisión hasta la suspensión de la matrícula.

Obligaciones del Corredor (Ley 20.266 y Art. 1347 CCCN)

  • Asegurarse de la identidad y capacidad legal de las partes.
  • Proponer negocios con exactitud y claridad.
  • Comunicar circunstancias que influyan en el negocio.
  • Mantener confidencialidad.
  • Asistir a la firma de instrumentos y entrega de valores.
  • Guardar muestras de productos.

Funciones de la Responsabilidad Civil

  1. Preventiva: Evitar la causación del daño (Art. 1710).
  2. Precaución: Actuar ante riesgos potenciales.
  3. Reparatoria: Resarcir el daño causado.
  4. Sancionatoria: Daños punitivos con función disuasoria.

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