I. El Derecho de Propiedad en la Constitución Española
Contenido y Función Social
Marco Constitucional
- Artículo 33.1 CE: Reconoce el derecho a la propiedad privada y la herencia.
- Artículo 33.2 CE: La función social (el bien común) es el elemento que delimita el contenido de este derecho, según la ley.
Principios Fundamentales
- La propiedad no es absoluta; debe servir a la sociedad.
- No existe una única «propiedad», sino diferentes tipos según el bien: terrenos, casas, vehículos, etc.
- La ley define Seguir leyendo “Derechos Fundamentales en España: Propiedad, Empresa y Profesión en la Constitución” »