Principios Generales de la Prueba en el Proceso Judicial
Artículo 161.- El que afirma está obligado a probar. En consecuencia, el actor debe probar su acción y el demandado sus excepciones.
Artículo 162.- El que niega no está obligado a probar, sino en el caso de que su negación envuelva afirmación expresa de un hecho.
Artículo 163.- También está obligado a probar el que niega, cuando al hacerlo desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.
Artículo 164.- Solo los hechos Seguir leyendo “Regulación de la Prueba y la Confesión en el Proceso Judicial” »