La Promulgación y Ejecución de Leyes: Facultades Presidenciales
La fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala como facultades y obligaciones del Presidente de la República las de «promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia». Consideremos en primer lugar la facultad de promulgar las leyes que expida el Congreso de la Unión.