Soberanía, Poliarquía y la Configuración del Estado Moderno: De Locke al Federalismo

Fundamentos de la Soberanía y el Estado

Poliarquía y la Génesis del Estado

La Poliarquía se define como un poder descentralizado o una descentralización desinstitucionalizada.

La conjunción de elementos clave da origen a la primera concepción de Estado y Soberanía:

  • Poliarquía
  • Mercantilismo
  • Territorio
  • Población (Nación)
  • Orden Jurídico (Iuris Dictio)

Hitos Históricos en la Configuración Estatal

  • Año 1000 – Cisma de Oriente: Las Cruzadas provocan la apertura de Europa, facilitando la aparición del mercantilismo y la moneda.
  • 1492 – Unificación Española: Con la toma de Granada, los Reyes Católicos unifican el territorio, la población (nación), el idioma y la religión.

Teorías Legitimadoras del Poder

Las principales corrientes que justifican la existencia y el ejercicio del poder son:

Teoría del Origen Divino

El poder emana directamente de la Iglesia (el Papa).

Teoría Contractualista

Esta teoría postula que el Estado nace de un acuerdo o pacto social entre los individuos.

  • Thomas Hobbes: Justifica el Estado Absoluto.
  • John Locke: Tras la Revolución Gloriosa, cambia el concepto de autodeterminación y crea el Estado Liberal, generando:
    • Estatuto de derecho
    • Garantías
    • Igualdad ante la ley
    • División funcional del poder

Según Locke, el Estado nace para garantizar los derechos, no para crearlos, ya que el Hombre los posee intrínsecamente.

El Estado Liberal evoluciona posteriormente hacia el Estado Liberal Constitucional.

Las Revoluciones y el Nacimiento del Estado Constitucional de Derecho

Revolución Americana (1776)

Da lugar a la primera Constitución liberal y a la creación del Estado Federalista (promovido por Hamilton).

Revolución Francesa (1789 a 1815)

La burguesía francesa se levanta contra Luis XVI. La estructura generada por los Borbones era la de estados nacionales (nobleza, clero, burguesía). Los franceses colaboraron con Estados Unidos para su independencia de Inglaterra.

Eventos Clave y Consecuencias

  • Toma de la Bastilla: Cárcel de presos políticos. El evento introduce el concepto de Terror, cambiando el paradigma de la palabra «revolución».
  • Asamblea Soberana: Por primera vez, un grupo de personas se autodenominan soberanos (representando al pueblo y la nación), bajo el principio de unanimismo (Rousseau).
  • Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (DDHC): Aparecen los derechos políticos y la concepción moderna del ciudadano.
  • Constitución de 1791: Se elabora la estructura constitucional (aunque nunca entra en vigencia).

La Constitución de EUA, la DDHC y la Constitución Francesa (en su espíritu) conforman el Estado Constitucional de Derecho.

Evolución Conceptual: Estado Liberal (Locke) → Estado Liberal Constitucional → Estado Constitucional de Derecho.

El Estado Constitucional de Derecho y la Descentralización

El Estado Constitucional de Derecho se caracteriza por dos tipos de distribución del poder:

  • Distribución Horizontal: Se refiere a la función del individuo y la división funcional del poder (ningún poder está por encima del otro).
  • Distribución Vertical: Se refiere a la distribución territorial, conocida como descentralización institucionalizada.

Conceptos de Distribución Vertical

La distribución vertical implica la relación entre:

  • Nación – Estado Central (Soberanía)
  • Unidades Territoriales o Entidades Subnacionales (Autonomía)

Importante: La entidad autónoma no es soberana. La autonomía puede ser originaria o derivada.

Formas de Estado según la Distribución Territorial

Dependiendo del juego de fuerzas entre autonomía y soberanía, el Estado puede clasificarse en:

1. Estado Unitario en Sentido Puro

El Estado Central posee la soberanía. La autonomía, si existe, es mínima y derivada.

2. Estado Unitario Descentralizado o de Entidades Autonómicas

El Estado Central dota de autonomía derivada a las unidades territoriales. Puede entregar diferentes tipos de autonomía, estableciendo un piso de competencias. Estas unidades tienen capacidad legislativa y necesitan órganos propios:

  • Legislativo: Crea normas.
  • Ejecutivo: Reglamenta la ley.
  • Administrativo: Administra recursos (tributos, emisiones, deudas).
  • Financiero: Utiliza los recursos administrados.

El Estado Central no puede ni ampliar ni restringir las capacidades establecidas en el Estatuto de Autonomía, que es la capacidad de las Unidades Territoriales (UT) de conservar su autonomía.

3. Estado Confederacional o Confederación

Entes soberanos que, mediante un pacto de unión, crean una unidad supraestatal (Confederación) con diferentes funciones (ejecutiva, legislativa, judicial).

  • Los entes no ceden la soberanía.
  • La autodeterminación permite la secesión (salir del pacto).
  • El iuris dictio permite conservar la nulificación y rechazar cualquier norma del ente supraestatal.

Este modelo se rige por el Principio de Seguridad Jurídica.

4. Estado Federal o Federación

Es la unión más íntima de Estados que puede existir. Unidades Territoriales (UT) soberanas firman un pacto de unión en ejercicio de su soberanía, haciendo nacer el Estado Central (EC) al cual dotan de soberanía, y se reservan la autonomía originaria. Las autonomías son iguales entre sí.

Proceso de Formación del Estado Federal

  1. Proceso de Descolonización: El Estado independiente sanciona la Constitución en el momento de su nacimiento.
  2. Proceso de Transformación desde una Confederación: Se modifica el pacto fundacional.
  3. Proceso de Transformación desde un Estado Unitario Descentralizado: El Estado Central entrega soberanía a las UT, estas crean un EC dotándolo de soberanía y se reservan un determinado grado de autonomía.

Condiciones Constitucionales del Estado Federal

Las condiciones que definen las competencias dentro de un Estado Federal incluyen:

  • Cláusula de Atribución de Competencia

    Define lo que la Unidad Territorial puede o no hacer (ejemplos constitucionales: 122, 124, 125, 126).

  • Cláusula Residual de Atribución de Competencia

    Ante determinada competencia que no haya sido expresamente entregada al Estado Central, esta le será reservada a las UT (ejemplo constitucional: 121).

  • Existencia de un Órgano Legislativo Bicameral

    Debe asegurar la participación de las Unidades Territoriales (ejemplos constitucionales: 1, 44, 54).

  • Participación de las UT en la Reforma del Pacto

    Solo las Unidades Territoriales pueden reformar el pacto fundacional (ejemplo constitucional: 30).

  • Poder Constituyente Local

    Las UT tienen poder constituyente originario y pueden constituirse (ejemplo constitucional: 123 conforme 5).

  • Existencia de un Órgano Judicial Superior

    Debe dirimir conflictos entre las Unidades Territoriales (ejemplo constitucional: Última parte del 117).

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