La Romanización Jurídica de Hispania: Evolución y Fuentes del Derecho Romano
Características Generales de la Romanización Jurídica
- Legitimación del poder
- Creación del derecho
Con el desembarco romano en Ampurias, en el 218 a.C., Hispania inicia su romanización social, luego cultural y finalmente política y jurídica. Esta influencia romana perdura hasta bien entrado el siglo V d.C., momento de la desmembración del Imperio Romano.
A partir del siglo III a.C., se inicia la romanización jurídica en la península. Esta incorporación a la cultura romana tiene un carácter gradual y paulatino; no se produce de la noche a la mañana, sino que es consecuencia de decisiones políticas y de la implementación de instituciones jurídicas. Roma se articula jurídicamente como una ciudad-estado y, desde su emplazamiento original, se expande dominando todo el Mediterráneo. Como consecuencia, una expansión geográfica y militar de estas características debe ser acompañada de un tratamiento jurídico determinado para las personas y los individuos que van cayendo dentro de la dominación romana. Esto explica la existencia de diferentes estatutos jurídicos personales, que varían en función del territorio.
Estatutos Jurídicos en la Hispania Romana
Existían 3 estatutos jurídicos principales:
- Estatuto jurídico del ciudadano romano
- La latinidad
- Estatuto jurídico propio de los peregrinos
Además, estas gradaciones jurídicas tuvieron su ejemplo más claro en la península, ya que los hispanos, en primer lugar, fueron peregrinos; a partir del año 74 d.C., latinos; y por último, ciudadanos romanos.
El Estatuto de los Peregrinos y la Latinidad
Antes del 218 a.C., bajo el régimen de la República, los romanos a priori respetaron la organización indígena hispana y otorgaron a sus habitantes la condición jurídica de peregrinos. Es decir, individuos libres que, sin ser ni ciudadanos ni latinos, se movían dentro de la órbita romana.
En Hispania, la latinidad se adquiere con la famosa concesión que el emperador Vespasiano realizó, convirtiendo a Hispania en territorio latino. Sus características jurídicas al ostentar la latinidad son:
- Se podía disfrutar de una especie de semi-ciudadanía romana, un disfrute parcial de la ciudadanía romana. Era un escalón inferior a la ciudadanía romana, sobre todo si se tienen en cuenta los derechos que otorgaba ese estatus (Ius Latii Minus). Este permitía usar el derecho romano en las operaciones del tráfico jurídico, especialmente en el derecho patrimonial; mientras que el resto de derechos, que hoy llamaríamos políticos o sociales, seguían rigiéndose por su estatuto jurídico primitivo.
La Ciudadanía Romana y su Universalización
La ciudadanía romana, es decir, ser ciudadano romano, implicaba la plenitud de los derechos civiles y políticos. Los ciudadanos se movían totalmente dentro del marco del Ius Civile, teniendo la totalidad de derechos civiles y políticos (como el derecho al sufragio, el derecho a contraer matrimonio, etc.).
La diversidad de estatutos jurídicos finaliza en el año 212 d.C. con la concesión de Caracalla. El emperador Caracalla, en el 212 d.C., concede la ciudadanía romana a TODOS los habitantes del Imperio, de manera que con esa decisión se ponen fin a los problemas jurídicos que ocasionaba la existencia de diferentes estatutos.
Cabe destacar que el acceso a la ciudadanía en Hispania tuvo un carácter particular, ya que, como consecuencia de la concesión de latinidad de Vespasiano, Hispania pudo adoptar la organización municipal romana. De esta manera, los munícipes (cargos municipales, con una duración de un año), una vez cesados de su cargo, podían acceder a la ciudadanía romana, tanto ellos como los miembros de su familia. Esto posibilitó que, en la práctica, cientos de personas dejaran de ser latinos y pasaran a considerarse ciudadanos romanos, pues la concesión de latinidad dejaba abierta esa puerta, esa opción.
Normas Jurídicas en el Derecho Provincial Hispánico
¿Qué normas jurídicas protagonizan este derecho provincial hispánico?
- La
Una Colonia es una ciudad fundada por primera vez (ex novo) y estaba habitada solo por ciudadanos romanos. Los municipios no fueron fundados ex novo, sino que presuponían una comunidad indígena preexistente que, sin embargo, seguía también, en cuanto a su organización, el modelo jurídico romano.
Fuentes del Derecho en la República Romana
La época republicana en Roma es un período que goza de un notable equilibrio institucional y político, lo que se traduce directamente al ámbito del derecho. La época republicana conserva algunas instituciones propias de la etapa monárquica y añade instituciones genuinamente clásicas, con especial protagonismo del Senado, las Asambleas Populares (llamadas Comicios) y las Magistraturas.
Estas instituciones propias de la República creaban el derecho de la siguiente manera:
- Los Comicios formulaban las leges, de dos tipos:
- Leges datae: Son aquellas donde el pueblo delega la función legislativa en un magistrado. Ej.: leyes municipales.
- Leges rogatae: Son aquellas cuya iniciativa corresponde al magistrado y la aprobación a la Asamblea.
- El Senado es la definición clásica jurídica:
- Edictos del Magistrado: Importante en este punto, pues de la actividad del magistrado surge el Ius Honorarium, un derecho que viene a corregir y a complementar, pero no a derogar, el Ius Civile.
Estos tres puntos conforman las leges. Si hay leges, también hay iura: la opinión de los juristas, es decir, los escritos de los expertos en derecho. En la época republicana, caracterizada por su equilibrio institucional y político, se considera el período de mayor esplendor jurídico, donde el derecho tenía un notable rigor jurídico y se consideraba, desde el punto de vista técnico, como un derecho bien elaborado.
El Principado: Ruptura del Equilibrio Republicano
Este equilibrio se rompe en el año 27 a.C. con la llegada al poder de Augusto, quien comienza a autoproclamarse como princeps, dando origen al nacimiento de una nueva etapa que conocemos como el Principado. Augusto, para convertirse en el príncipe, se basa en la delegación del poder que en su día realizó el Senado con