Prueba Pericial y Testifical: Claves del Proceso Judicial y Valoración de la Evidencia

Dictamen de Peritos: Fundamentos y Clases

La Prueba Pericial

  • La prueba pericial aporta al proceso, a través del dictamen pericial, conocimientos científicos, artísticos o prácticos. Estos conocimientos son esenciales para que el juez pueda valorar la existencia de hechos o comprender el contenido y sentido de otras pruebas practicadas en el juicio.

Clases de Dictámenes Periciales

Dictamen Pericial de Parte

  • La parte lo aporta al inicio del proceso, o en su caso, en la audiencia previa o antes del juicio.
  • No es contradictorio en su origen, aunque puede ser objeto de contradicción en el juicio por el perito de la parte contraria. La parte contraria, además, puede presentar un dictamen contradictorio en el momento procesal oportuno.
  • El órgano judicial no puede rechazar el dictamen pericial de parte.

Dictamen Pericial Judicial

  • Es un dictamen elaborado por el perito nombrado por el juez. Se genera en un proceso contradictorio, y la presencia del perito en el proceso se limita a facilitar una mejor comprensión y valoración del dictamen realizado.
  • El dictamen pericial judicial solo es posible en los siguientes supuestos:
    • Cuando es solicitado por la parte que tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita.
    • Cuando se refiere a alegaciones o pretensiones no contenidas inicialmente en la demanda.
    • Cuando se refiere a alegaciones o pretensiones complementarias permitidas en la audiencia previa, o cuando es solicitado en los escritos alegatorios, siempre y cuando el órgano judicial estime que el dictamen es pertinente y útil.

Eficacia Probatoria del Dictamen Pericial

El tribunal valorará los dictámenes periciales según las reglas de la sana crítica, lo que implica una prueba de libre apreciación.

Causas de Tacha de los Peritos

  • Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil, de una de las partes o de sus abogados o procuradores.
  • Tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante.
  • Estar o haber estado en situación de dependencia, o de comunidad o contraposición de intereses, con alguna de las partes o con sus abogados o procuradores.
  • Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes o sus procuradores o abogados.
  • Cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional.

La tacha se valora y se decide en la sentencia. Se debe proponer en la audiencia si se trata de dictámenes aportados en la demanda o en la contestación, y en cualquier caso, nunca después del juicio o de la vista.

El Interrogatorio de Testigos en el Proceso Judicial

Contenido del Interrogatorio

Las partes podrán solicitar que declaren como testigos las personas que tengan noticia de hechos controvertidos relacionados con el objeto del juicio.

Admisión de la Prueba Testifical

  • Las preguntas deberán formularse oralmente, en sentido afirmativo, y con la debida claridad y precisión. No deberán incluir valoraciones ni calificaciones; si estas se incorporaran, se tendrán por no realizadas.
  • El tribunal decidirá sobre las preguntas en el mismo acto del interrogatorio, admitiendo aquellas que puedan resultar conducentes a la averiguación de los hechos y circunstancias controvertidos, y que guarden relación con el objeto del juicio.
  • La respuesta a una pregunta inadmitida no constará en acta.

Deber de Guardar Secreto del Testigo

  • Cuando, por su estado o profesión, el testigo tenga el deber de guardar secreto respecto de hechos por los que se le interrogue, lo manifestará razonadamente. El tribunal, considerando el fundamento de la negativa a declarar, resolverá, mediante providencia, lo que proceda en Derecho. Si el testigo quedare liberado de responder, constará en acta.
  • Si los hechos sobre los que se pregunta pertenecen a materia legalmente declarada o clasificada como de carácter reservado o secreto, el tribunal, si lo considera necesario, solicitará de oficio al órgano competente el documento oficial que acredite dicho carácter.

El Careo

  • Cuando los testigos incurran en graves contradicciones, el tribunal, de oficio o a instancia de parte, podrá acordar que se sometan a un careo.
  • También podrá celebrarse el careo entre las partes y alguno o algunos de los testigos.

Valoración de la Prueba Testifical

  • Los tribunales valorarán la fuerza probatoria de las declaraciones de los testigos conforme a las reglas de la sana crítica, tomando en consideración la razón de ciencia que hubieren dado, las circunstancias que en ellos concurran y, en su caso, las tachas formuladas y los resultados de la prueba que sobre estas se hubiere practicado.

La Tacha de Testigos

  • Incidente procesal cuya finalidad es averiguar si existe o no alguna causa de parcialidad del testigo que no haya sido admitida en las respuestas que este haya podido dar a las preguntas generales.
  • Se plantea por escrito dentro del plazo que va desde la admisión de la prueba hasta que el pleito esté pendiente de sentencia.
  • La tacha procede contra todos los testigos, con excepción de aquel que es llamado a declarar en razón de los hechos contenidos en un informe presentado al proceso, en cuyo caso sí se puede tachar al testigo por razón de su interés en el asunto.
  • La falta de oposición a la tacha conlleva la admisión y aceptación de sus fundamentos.
  • Se resuelve en la sentencia.

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