Adjudicación de Contratos Públicos
En la adjudicación de los contratos, las Administraciones deben respetar los principios de igualdad, transparencia y confidencialidad.
- Publicidad: Los órganos de contratación pueden publicar un anuncio de información previa con el fin de dar a conocer los contratos que tengan proyectado adjudicar.
- Licitación: Los órganos de contratación fijarán los plazos de recepción de las ofertas y solicitudes de participación.
- Selección del adjudicatario: Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económica, debe atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el precio o el plazo de ejecución.
Tipos de Procedimientos de Contratación
- Procedimiento Abierto: Puede ser ordinario o simplificado. Todo empresario interesado puede presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
- Procedimiento Restringido: Solo pueden presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación, quien señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar.
- Procedimientos con Negociación: La adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
- Diálogo competitivo: El órgano de contratación dirige un diálogo con los candidatos seleccionados, previa solicitud de estos, a fin de desarrollar una o varias soluciones susceptibles de satisfacer sus necesidades y que servirán de base para que los candidatos elegidos presenten una oferta.
Clasificación de los Contratos Administrativos
- Contrato de Obras: Tiene por objeto la realización por cualquier medio de una obra que responda a las necesidades especificadas por la entidad pública contratante. Puede comprender, en su caso, la redacción del correspondiente proyecto.
- Contrato de Concesión de Obras Públicas: Tiene por objeto la realización por el concesionario de obras, incluidas las de restauración y reparación de construcciones existentes (ej. construcción y explotación de una autopista de peaje o un aparcamiento).
- Contrato de Gestión de Servicios Públicos: La Administración pública encomienda a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio público.
- Contrato de Suministro: Celebrado por la Administración con un empresario para la compra, arrendamiento financiero o adquisición de productos o bienes muebles (ej. compra de ordenadores, ropa hospitalaria o vehículos oficiales).
- Contrato de Servicios: Su objeto consiste en el desarrollo de una actividad o prestación dirigida a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro (ej. mantenimiento, transporte, telecomunicaciones, servicios sociales).
- Contrato Mixto: Cuando contiene prestaciones de distinta clase, se atiende al carácter de la prestación que tenga mayor importancia económica para su calificación.
El Administrado y su Relación con la Administración
El administrado es todo sujeto que establece relaciones jurídico-administrativas con una Administración Pública. Aunque históricamente se utilizaba el término «ciudadano», el concepto de interesado es el que emplea el legislador cuando se entablan relaciones concretas en un procedimiento administrativo.
Según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el término «ciudadano» expresa el pleno estatus jurídico de la persona como titular de derechos y libertades reconocidos por la Constitución Española.
Sistemas de Identificación y Firma Electrónica
- Certificado electrónico: Forma de identificación y firma electrónica gestionada por la FNMT. El trámite requiere: descargar el software, recibir un código por email, personarse en una oficina de la Administración para acreditar la identidad y completar la descarga.
- DNI electrónico: Sirve para identificarse y como firma digital. Se obtiene en dependencias de la Policía y requiere un lector de tarjetas y el código PIN correspondiente.
- Sistema Cl@ve: Se utiliza para identificarse ante la Administración y realizar trámites, pero no funciona como firma digital. Se obtiene en Administraciones Públicas del Estado o de las Comunidades Autónomas.
