Definición y Propósito de la Constitución Nacional
La Constitución de una Nación es la ley escrita de carácter supremo, a la que deben subordinarse todas las demás leyes. Enuncia los derechos de los habitantes del Estado y establece la forma de organización del Estado y del Gobierno. Es el documento que le otorga identidad a una nación, permitiéndole diferenciarse de otras.
Refleja la forma de organización social y política, con la separación y el control de los órganos del Estado para evitar el abuso del poder. Además, plasma un conjunto de valores y creencias que se consideran deseables para organizar la vida en sociedad.
¿Qué es la Constitución Nacional?
Es la ley fundamental que organiza a nuestro país. Sus funciones principales son:
- Establece la división entre los poderes del Estado.
- Garantiza los derechos y libertades de las personas.
- Es la ley suprema, lo que significa que las demás leyes son consideradas inferiores y deben respetarla.
Funciones de la Constitución
La Constitución sirve para:
- Regular la organización y el ejercicio de los poderes del Estado.
- Asegurarle a cada ciudadano sus derechos fundamentales.
El Preámbulo de la Constitución
Es un texto que encabeza la Constitución Nacional y declara los valores que deben respetarse, tales como:
- La unión nacional.
- La paz.
- El orden.
- La justicia.
- La defensa común.
- El bienestar general.
- La protección de la libertad de todos los habitantes.
El Preámbulo resume la Constitución, explicando cómo, por qué, para qué y quién la hizo:
- Cómo: Reunidos en Congreso General Constituyente.
- Por qué: Por voluntad y elección de las provincias y en cumplimiento de pactos preexistentes.
- Para qué: Para afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad.
Derechos y Garantías Constitucionales
Derechos Constitucionales
La Constitución protege diversos tipos de derechos:
Derechos de las Personas
- Derecho a la vida.
- Derecho a la integridad física.
- Derecho a la libertad.
- Derecho de peticionar a las autoridades.
- Derecho de votar y ser votado.
- Derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.
- Derecho de usar y disponer de la propiedad.
- Derecho de publicar libremente sin censura previa.
- Derecho de enseñar y aprender.
Derechos del Trabajador
- Tener condiciones dignas de trabajo.
- Jornada limitada.
- Descanso y vacaciones pagados.
- Retribución justa.
- Salario mínimo, vital y móvil.
- Protección contra el despido arbitrario.
Derechos de los Gremios
- Hacer convenios colectivos de trabajo.
- Ejercer el derecho de huelga.
Derechos de la Seguridad Social
- Seguro social obligatorio.
- Jubilaciones y pensiones móviles.
Derechos que Protegen a la Familia
- Acceso a una vivienda digna.
- Compensación económica familiar.
Otros Derechos Relevantes
- Derecho a tener un medio ambiente sano.
- Derechos que protegen a ancianos, personas con discapacidad, mujeres e indígenas.
- Derechos de los consumidores.
Garantías Constitucionales
Son los mecanismos que la Constitución otorga a todos los habitantes para proteger sus derechos. Entre las garantías constitucionales, podemos mencionar:
- Nadie puede ser arrestado sin orden escrita de la autoridad correspondiente.
- Debe respetarse siempre la defensa en juicio.
- El domicilio y la correspondencia son inviolables y nadie puede revisarlos sin orden de un juez.
- El Hábeas Corpus: protege la libertad de las personas cuando está amenazada de forma ilegal por una autoridad.
- El Hábeas Data: protege los datos personales cuando son usados sin el consentimiento de la persona.
- La Acción de Amparo: protege los derechos de las personas cuando es urgente tener una decisión judicial que termine con un acto ilegal.
Estructura de la Constitución Nacional
La Constitución se divide en dos partes principales:
Primera Parte: Declaraciones, Derechos y Garantías
Contiene dos capítulos:
- Capítulo 1 (Artículos 1-35): Incluye las declaraciones, que enuncian los principios generales que sustentan la organización política; los derechos, que son facultades que tienen las personas y que, al ser reconocidas por la Constitución, posibilitan que se exija su cumplimiento; y las garantías, que son los medios institucionales destinados a proteger el ejercicio de los derechos fundamentales.
- Capítulo 2 (Artículos 36-43): Incorpora nuevos derechos y garantías.
Segunda Parte: Autoridades de la Nación
Esta parte se refiere a la organización y atribuciones de los poderes del Estado.
Organización de los Poderes del Estado
Título Primero: Gobierno Federal
Sección 1: Poder Legislativo
Es ejercido por el Congreso de la Nación, que está dividido en dos cámaras:
- Cámara de Diputados (Artículos 45 al 53): Representa al pueblo y está compuesta por diputados elegidos por el pueblo de cada distrito.
- Cámara de Senadores (Artículos 54 al 62): Representa a las provincias; cada provincia está representada por tres senadores, elegidos por los órganos legislativos provinciales.
La Constitución detalla la organización de este poder en los siguientes capítulos:
- Capítulo Primero: De la Cámara de Diputados.
- Capítulo Segundo: Del Senado.
- Capítulo Tercero: Disposiciones comunes a ambas Cámaras.
- Capítulo Cuarto: Atribuciones del Congreso.
- Capítulo Quinto: De la formación y sanción de las leyes.
- Capítulo Sexto: De la Auditoría General de la Nación.
- Capítulo Séptimo: Del Defensor del Pueblo.
Funciones del Poder Legislativo
Las funciones de las cámaras son:
- La reunión de la cámara se denomina “sesión”.
- Las cámaras sancionan por separado, salvo en la Asamblea Legislativa.
- El Presidente de la Nación nunca puede suspender las sesiones del Poder Legislativo.
Las funciones del Congreso son:
- Legisla: Cuando establece normas obligatorias para regular el funcionamiento de los organismos del Estado y la conducta de los particulares.
- Gobierna: Puede adoptar decisiones destinadas al bien común.
- Controla: Cuando examina los actos de los otros órganos del poder para asegurar la división de poderes y la forma republicana de gobierno.
Sección 2: Poder Ejecutivo (Artículos 87 al 107)
Es ejercido por el Presidente de la Nación. Es un poder unipersonal, aunque hay funciones que comparte con el Jefe de Gabinete. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos en forma directa por el pueblo, duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidos una vez más.
La Constitución detalla este poder en los siguientes capítulos:
- Capítulo Primero: De su naturaleza y duración.
- Capítulo Segundo: De la forma y tiempo de la elección del Presidente y Vicepresidente de la Nación.
- Capítulo Tercero: Atribuciones del Poder Ejecutivo.
- Capítulo Cuarto: Del Jefe de Gabinete y demás ministros del Poder Ejecutivo.
Sección 3: Poder Judicial (Artículos 108 al 119)
Es ejercido por la Corte Suprema de Justicia y por los tribunales inferiores que el Congreso establece en el territorio nacional. Es un cuerpo colegiado y el número de jueces lo regula la ley.
La Constitución detalla este poder en los siguientes capítulos:
- Capítulo Primero: De su naturaleza y duración.
- Capítulo Segundo: Atribuciones del Poder Judicial.
- Sección Cuarta: Del Ministerio Público.
Título Segundo: Gobierno de las Provincias (Artículos 121 al 129)
Corresponde a los gobiernos locales de las provincias y responde a la forma de gobierno federal.
Disposiciones Transitorias
Son normas destinadas a establecer el régimen de transición entre las normas que dejan de tener aplicación y las normas que entran en vigencia luego de reformas constitucionales.