Constitución de Sociedad Mercantil SERVICE GROUP C.A.: Estatutos y Registro en Zulia

Registro de Comercio

Ciudadano:

Registrador Mercantil TERCERO de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Su DESPACHO. –

Solicitud de Protocolización

Yo, ENRIQUE RAFAEL BRICEÑO CASAS, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N.º V- 23.736.675, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y debidamente autorizado para este acto, con el debido respeto y acatamiento ocurro para exponer:

Acompaño a esta solicitud el Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la Sociedad Mercantil: “SERVICE GROUP C.A.”, de fecha 20 de agosto del 2022, para que junto al Balance de Apertura que anexo y la Carta del Comisario, se ordene insertar en los libros respectivos, su fijación y correspondiente publicación; y ordene expedirme dos (2) copias certificadas de la misma, a los fines legales consiguientes.

Maracaibo, a la fecha de su Protocolización.

(Fdo) ENRIQUE RAFAEL BRICEÑO CASAS

Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de SERVICE GROUP C.A.

Nosotros, MARISA CRISTINA CONTRERAS NÚÑEZ y LUIS GERARDO HUERTA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las Cédulas de Identidad N.º V- 21.280.296 y V- 21.484.099, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Maracaibo, en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, mediante el presente instrumento declaramos que hemos consentido voluntariamente en constituir y como en efecto constituimos, una Sociedad Mercantil (Compañía Anónima), la cual se regirá por las cláusulas que más adelante se explanan en este documento constitutivo, que han sido redactadas con suficiente amplitud, para que a su vez sirvan de Estatutos de la Compañía.

TÍTULO I. DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO

PRIMERA: Denominación

La compañía se denominará “SERVICE GROUP C.A.” y con esta denominación girará en todo momento.

SEGUNDA: Domicilio

La Compañía tendrá su domicilio en la ciudad de Maracaibo, en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, pudiendo también establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier otra parte de la República Bolivariana de Venezuela o en el Exterior, cuando así lo decida la Asamblea General de Accionistas.

TERCERA: Objeto

El objeto de la compañía es: Servicio de Control Químico de Malezas, Fumigaciones y Desratizaciones, Fumigación Aérea y Terrestre para la agroindustria.

CUARTA: Duración

La Duración de la compañía es de DIEZ (10) AÑOS contados a partir del otorgamiento de este documento constitutivo en el Registro Mercantil correspondiente. La Asamblea de Socios podrá prorrogar su duración, en un plazo igual al original.

TÍTULO II. DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES

QUINTA: Capital Social

El Capital Social de la Compañía es de OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 800.000,00), divididos en Ochenta (80) Acciones, con un valor nominal de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cada una, totalmente suscritas y pagadas.

SEXTA: Suscripción y Pago

El Capital Social ha sido suscrito y pagado totalmente por los accionistas de la forma siguiente:

  • La ciudadana MARISA CRISTINA CONTRERAS NÚÑEZ, ha suscrito y pagado CUARENTA (40) ACCIONES, por un valor total de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00).
  • El ciudadano LUIS GERARDO HUERTA MARTÍNEZ, ha suscrito y pagado CUARENTA (40) ACCIONES, por un valor total de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00).

Ambos pagan el capital suscrito mediante aporte en plena propiedad de los bienes, que constan en Inventario Balance que se acompaña, debidamente firmado y Certificado por un Contador Público Colegiado, y que forma parte integrante de este Documento Constitutivo.

SÉPTIMA: Derechos de las Acciones

Las acciones confieren a los Accionistas iguales derechos. Cada socio tendrá derecho a un voto en la asamblea, por cada Acción que le pertenezca.

OCTAVA: Cesión de Acciones

La Cesión de las Acciones, tanto en propiedad como en garantía, se hará mediante el asiento inscrito en el libro de accionistas, suscrito por el cedente y por el director de la compañía. La venta de las Acciones deberá ser ofrecida previamente a los socios antes que a los terceros. Igual requisito será necesario si se suscriben nuevas acciones por aumento de capital o si se quisieran dar en garantía. El término de este beneficio y ofrecimiento es de Noventa (90) días continuos.

TÍTULO III. DE LA DIRECCIÓN Y ASAMBLEAS DE LA COMPAÑÍA

NOVENA: Representación Suprema

La suprema representación de la compañía la constituye la Asamblea General de Accionistas, siendo de su competencia todo lo relacionado con lo que le atribuye este documento constitutivo y el Código de Comercio y lo que no sea competencia de la Junta Directiva.

DÉCIMA: Tipos de Asambleas

Las Asambleas podrán ser Ordinarias y Extraordinarias y los socios podrán hacerse representar en ellas por medio de carta, poder o telegrama.

DÉCIMA PRIMERA: Quórum

Las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias no podrán constituirse válidamente si no se hallan representadas en ellas un Sesenta por ciento (60%) del capital social.

DÉCIMA SEGUNDA: Asambleas Ordinarias

Las Asambleas Ordinarias se reunirán una vez al año, reunión que deberá efectuarse uno cualquiera de los días del mes de Marzo de cada año; y en ellas se tratará con preferencia los siguientes puntos:

  1. Discutir, aprobar o modificar el Balance con la gestión anual de los negocios de la compañía, que al final de cada ejercicio económico deberán presentar los Administradores, con la respectiva evaluación del Comisario.
  2. Nombramiento de los Administradores o la Ratificación de los mismos.
  3. El Nombramiento del Comisario o su Ratificación.
  4. Conocer de cualquier otro asunto que sea específicamente sometido por la Asamblea.

DÉCIMA TERCERA: Asambleas Extraordinarias

La Asamblea Extraordinaria se reunirá cuantas veces así lo requieran los intereses de la Sociedad.

DÉCIMA CUARTA: Convocatoria

Las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias deberán ser convocadas por cualquiera de los Administradores o cuando así lo exijan un número de socios que represente por lo menos el Sesenta por ciento (60%) del capital social, con la Publicación de la convocatoria en un diario de la localidad con cinco (5) días de anticipación por lo menos al fijado para la reunión; en donde se indicará el objeto de la misma y el sitio donde se celebrará la Asamblea.

TÍTULO IV. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA

DÉCIMA QUINTA: Estructura y Duración

La administración de la compañía estará a cargo de un PRESIDENTE y un VICEPRESIDENTE, quienes podrán ser o no accionistas de la Empresa, y durarán Cinco (5) años en el ejercicio de sus funciones. Si vencido dicho plazo no han sido removidos o ratificados, continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta tanto no se reúna la Asamblea General de Accionistas y decida sobre el mismo.

DÉCIMA SEXTA: Facultades del Presidente y Vicepresidente

El PRESIDENTE y el VICEPRESIDENTE anteriormente señalados, tendrán la máxima representación de la Sociedad y las más amplias facultades de Administración y Disposición. La compañía quedará legal y válidamente afectada ante terceros, mediante sus firmas conjuntas o separadas.

El PRESIDENTE tiene las siguientes atribuciones y facultades:

  1. Ejercer la representación legal de la compañía.
  2. Ejercer la representación judicial de la compañía, pudiendo al efecto nombrar apoderados judiciales generales, extrajudiciales, factores mercantiles y otorgar las garantías de cualquier naturaleza que creyeren a favor de la compañía.
  3. Ejercer la gestión diaria de los negocios de la compañía y firmar los contratos afines con el giro comercial de la misma.
  4. Nombrar, remover, retirar los empleados.
  5. Elaborar el informe que deberán presentar a las Asambleas Ordinarias, con el balance de la gestión anual de negocios de la compañía, así como también convocar las asambleas.
  6. Movilizar cuentas bancarias y emitir, endosar y cobrar cheques, librar, endosar y avalar Letras de Cambio, Pagarés y demás efectos de comercio; así como otorgar fianza, enajenar, gravar o vender Bienes muebles e inmuebles propiedad de la compañía.
  7. Y todas las atribuciones y facultades que fueren convenientes para el útil y sano manejo de la Administración de la compañía en beneficio a los intereses de la misma.

El Vicepresidente suplirá las faltas temporales y/o absolutas del Presidente con las mismas facultades.

DÉCIMA SÉPTIMA: El Comisario

La compañía tendrá un Comisario quien será nombrado en la Asamblea Ordinaria y en caso necesario en una Extraordinaria, el cual durará en sus funciones cinco (5) Años, hasta que sea removido, debidamente sustituido o ratificado.

TÍTULO V. DEL EJERCICIO ECONÓMICO

DÉCIMA OCTAVA: Inicio y Cierre

Los ejercicios económicos de la compañía comenzarán el día Primero (1) de Enero de cada Año, y concluirán el día Treinta y Uno (31) de Diciembre de cada año, con excepción del primer Ejercicio Económico de la Empresa, el cual comenzará el día de la inscripción de este documento en el Registro Mercantil respectivo y terminará el día 31 de diciembre del año 2022.

TÍTULO VI. DEL BALANCE Y DE LAS UTILIDADES

DÉCIMA NOVENA: Presentación del Balance

Antes de la Asamblea Ordinaria, el Presidente presentará al Comisario para su estudio, el balance respectivo.

VIGÉSIMA: Informe del Comisario

Con vista al balance presentado por la Junta Administrativa, el Comisario preparará el informe correspondiente a la Asamblea Ordinaria.

VIGÉSIMA PRIMERA: Distribución de Utilidades

Las utilidades se deducirán de la siguiente manera: al término de cada ejercicio económico se cortarán las cuentas y se formará el inventario y el balance general, con la cuenta de las ganancias y pérdidas. De las utilidades habidas se aportará un cinco por ciento (5%) para formar un fondo de reserva legal o de garantía social, hasta que este alcance un diez por ciento (10%) del Capital Social.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Para el primer período de cinco (5) años, la Junta General de Socios decidió hacer los siguientes nombramientos:

  • PRESIDENTE: Se designó a la accionista: MARISA CRISTINA CONTRERAS NÚÑEZ, ya identificada.
  • VICEPRESIDENTE: Se designó al accionista: LUIS GERARDO HUERTA MARTÍNEZ, ya identificado.
  • COMISARIO: Se designó a la ciudadana: IMELDA GONZÁLEZ GIL, venezolana, mayor de edad, Contador Público, C.I N.º V -3.635.945, inscrita en el C.P.C. bajo el N.º 46.695 y de este domicilio, quienes aceptan sus cargos y se incorporan a los mismos.

Se autoriza suficientemente al Abogado ENRIQUE RAFAEL BRICEÑO CASAS, venezolano, mayor de edad, titular de la C. I N.º V- 23.736.675, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, para que realice todas las gestiones o trámites legales del caso, a los fines de Registro, Fijación y Publicación de este documento en el Registro Respectivo.

(Fdo) El Presidente.

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