Conceptos Clave del Derecho Procesal Español: Justicia, Organización Judicial y Garantías

Preguntas y Respuestas Clave sobre el Derecho Procesal Español

A continuación, se presentan conceptos fundamentales y respuestas concisas sobre el derecho procesal, la organización judicial y las garantías constitucionales en España.

Conceptos Fundamentales del Proceso

  • ¿Qué concepto o fundamento se estima mayoritariamente como el central en la ciencia procesal moderna? Acción
  • Las reglas que fijan la competencia de las distintas clases de órganos jurisdiccionales se agrupan bajo los términos: Competencia funcional
  • ¿Qué órgano del Ministerio Fiscal ocupa la escala más baja? Fiscalías de Área
  • ¿Qué relación jurídica mantiene el abogado con su defendido en un proceso? Arrendamiento de servicios
  • ¿Cuál de estos órganos jurisdiccionales no tiene competencia en materia social? Audiencia Provincial (AP)
  • Tienen competencia en materia civil y penal los juzgados de: Primera Instancia e Instrucción
  • Los funcionarios de la oficina judicial que colaboran en actividades de gestión procesal pertenecen al cuerpo de: Gestión Procesal y Administrativa
  • Los actos de comunicación que se emplean para poner en conocimiento una resolución, diligencia o actuación se denominan: Notificaciones

Salas de los Órganos Jurisdiccionales

  • ¿Cuántas Salas integran los TSJ? 4
  • ¿Cuántas Salas integran el TS? 5
  • ¿Cuántas Salas integran la AN? 3
  • ¿Cuántas Salas integran las AP? 4
  • ¿Cuántas Salas integran los JPIEI? 2

Principios y Resoluciones Judiciales

  • Señala cuál de estos modos de resolver los conflictos se califica de heterocompositivo: Arbitraje
  • La exigencia de que el juzgador penal solo pueda pronunciarse sobre cuestiones contenidas en la acusación la adscribe el TC al principio… Acusatorio
  • ¿Qué extensión mínima ha de tener una resolución judicial para considerar que está suficientemente motivada? No exige requisitos más que el fallo tenga correlación con las pretensiones de las dos partes.
  • ¿Es el laudo arbitral un título ejecutivo? Sí, porque lleva aparejada la ejecución.

Verdadero o Falso

  • Existen los juzgados centrales de lo penal: VERDADERO
  • El poder apud acta no se puede revocar: FALSO
  • Los jueces no pueden pertenecer a sindicatos, pero los letrados de la Administración de Justicia sí lo tienen permitido: VERDADERO

Garantías Constitucionales y Derechos Procesales

  • Señale las 4 garantías constitucionales de jueces y magistrados recogidas en el art. 117.1 CE: Independiente, Inamovible, Responsable, Sometido al imperio de la ley.
  • El derecho a utilizar los medios de prueba lo relacionaría usted con el derecho… de defensa.
  • ¿Se puede modificar una resolución judicial una vez que ha alcanzado firmeza? Razone brevemente su respuesta. No, ya que contra ella no cabe recurso alguno, ya sea por ley o por transcurso de los plazos, y tiene autoridad de cosa juzgada.
  • Rodee con un círculo los 3 términos relacionados de forma más directa con la gestión libre de controversias jurídicas: Mediación, disponibilidad, laudo.
  • ¿Quién es el sujeto pasivo del derecho a la tutela judicial? El Estado.
  • Usted recibe un documento del juzgado comunicándole que tiene que asistir, en calidad de testigo, a la vista de juicio verbal que se celebrará el día 17 de mayo de 2016, a las 10:00 en la sede del órgano judicial. Usted ha recibido una… Citación.

Profundizando en el Derecho Procesal

El Bloque Constitucional Procesal

El bloque constitucional procesal representa el primer punto que debe abordarse cuando se pretende examinar la regulación normativa de un sector o rama del ordenamiento jurídico, por ser el depositario de las líneas fundamentales y vinculantes del modelo que para ese sector los constituyentes diseñaron y aprobaron.

El bloque constitucional procesal está compuesto por la Constitución, la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la LO 27/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y los Tratados Internacionales como la DUDH, el PIDCP y el CEDH.

Leyes Procesales Básicas por Sector del Ordenamiento Jurídico

El legislador ha establecido las siguientes leyes procesales fundamentales para cada sector del ordenamiento jurídico:

  • Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal de 14 de septiembre de 1882.
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
  • Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
  • Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
  • Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

El Artículo 24 de la Constitución Española: Garantías Procesales

El artículo 24 de la Constitución Española consagra derechos fundamentales relacionados con la tutela judicial:

  • En el primer párrafo, el derecho a la jurisdicción, que representa el fundamento, centro y punto de partida del conjunto de derechos e instrumentos jurídicos previstos en el ordenamiento jurídico para tutelar los derechos de los ciudadanos cuando no son respetados.
  • En el segundo párrafo, lo que se denomina el derecho al juez natural: toda persona tiene derecho a ser tutelada por la persona idónea, perteneciente a un poder estatal independiente e imparcial para la función de juzgar, creado por ley orgánica y elegido para resolver el caso concreto conforme a las normas legales preestablecidas.
  • Y por último, el derecho al proceso debido: debe ser un método jurídico compuesto por un conjunto de actos preordenados y sincronizados, diseñado a partir de garantías constitucionales.

Finalidad de la Gestión Libre de Controversias

La gestión libre de controversias busca diversas finalidades:

  • Evitar la iniciación del proceso judicial o finalizar el ya iniciado: La conciliación es el mayor representante de este grupo. Se caracteriza por ofrecer un marco de arreglo amigable de las diferencias surgidas entre los sujetos del conflicto.
  • Asesorar y colaborar con los interesados en la solución de la controversia: Función que entra en el campo de la mediación. Esto requiere la intervención de un mediador, un sujeto absolutamente neutral en el conflicto cuya misión es la de ayudar a los interesados a que alcancen una solución.
  • Designar a un tercero para que emita una resolución vinculante sobre la controversia: Este instrumento presenta la misma configuración (en su estructura básica) que la vía de solución de controversias garantizada por el derecho a la jurisdicción, solo que en lugar de resolver el conflicto un órgano estatal lo hace un sujeto privado designado por los contendientes. Estamos ante el arbitraje, el medio más clásico de gestión libre de los conflictos jurídicos.

Finalidad del Derecho Procesal

El Derecho Procesal contempla los mecanismos jurídicos que facilitan la tutela de los derechos fundamentales y la aplicación del resto de normas del ordenamiento jurídico. Por ello, se ha dicho que es un Derecho garante del Derecho.

Es por ello que no se puede encuadrar al Derecho Procesal en un sector determinado del ordenamiento jurídico, tal como ocurre con la mayoría de las disciplinas pertenecientes al Derecho material, puesto que está destinado a servir a todo el ordenamiento jurídico. Solo el Derecho Constitucional comparte con el Derecho Procesal ese carácter no sectorial, pero por razones distintas. El Derecho Procesal está destinado a salvar, in extremis, a los derechos constitucionales y normas del fracaso en que se sumergen cuando no son respetados, instrumentando la tutela de los derechos fundamentales y de todas las normas.

Función del Derecho Procesal

El Derecho Procesal está destinado a establecer las reglas, las condiciones y los límites de las garantías fundamentales dirigidas a asegurar la tutela concedida por el derecho a la jurisdicción, previstas en el Art. 24 CE, y del valor superior de libertad en cuanto a la resolución de conflictos y controversias jurídicas.

Las leyes procesales son las leyes reglamentarias de las garantías constitucionales inherentes a la justicia. Y al Derecho Procesal, desde una perspectiva global, se le considera un gran sistema de garantía al que la CE atribuye las funciones de asegurar, por un lado, el respeto a las leyes y, por otro, el respeto a los derechos de los demás.

Interpretación Constitucional del Derecho Procesal

La interpretación constitucional del Derecho Procesal es realizada principalmente por:

  • Tribunal Supremo: Si bien su jurisprudencia no tiene carácter vinculante, crea unos hábitos que benefician la unificación interpretativa judicial. Cumple el cometido de ser una fuente adicional garantizadora de la uniforme aplicación de la ley ante divergencias interpretativas surgidas por órganos jurisdiccionales diversos.
  • Tribunal Constitucional: Sus sentencias sobre la inconstitucionalidad de las leyes producen efectos generales, como si se tratara de una Ley. Además, los órganos jurisdiccionales están especialmente vinculados a las sentencias del Tribunal Constitucional.

El Principio Pro Actione

El principio pro actione es la obligación del juzgador de aplicar e interpretar requisitos o presupuestos de acceso teniendo en cuenta su finalidad y proporcionalidad, rechazando lo excesivo y también de facilitar la subsanación antes de inadmitir una demanda, recurso o incidentes.

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