Caso Nº 6: Delitos Aplicables
Los hechos descritos son constitutivos, en primer lugar, de un delito de lesiones dolosas menos graves, tipificado en el apartado primero del artículo 147 del Código Penal (CP). Podría considerarse la figura de las lesiones preterintencionales en relación con las sufridas por Lucas. Además, existe otro delito de lesiones leves, previsto en el artículo 147.2 del CP, correspondiente a las causadas al funcionario Cayetano.
Principales Cuestiones Prácticas
Lesiones Causadas a Lucas
La conducta típica del artículo 147 del CP consiste en causar, por cualquier medio o procedimiento, una lesión a otra persona que atenta contra el bien jurídico de la integridad física y moral. Se considera constitutiva de un delito menos grave cuando, además de una primera asistencia médica, se requiere un tratamiento médico o quirúrgico posterior.
Primera Asistencia Médica
Consiste en el primer reconocimiento médico del lesionado realizado por parte de un profesional. Dicha asistencia puede requerir la intervención de varios profesionales que actúen sucesivamente, basada en la dinámica del trabajo en equipo. En el caso, el lesionado acude a un centro sanitario por necesidad para la curación, sobre todo, de la herida causada en la cabeza, la cual necesitaba suturación con agrafes.
Tratamiento Médico o Quirúrgico
Un tratamiento médico o quirúrgico es aquel sistema o método empleado con finalidad curativa. Se considera como tal aquel en el que se haya recurrido a medicamentos necesarios para controlar un determinado proceso posterior a una herida, siempre y cuando el paciente pueda sufrir efectos secundarios que comporten el riesgo de una perturbación no irrelevante para su salud.
Rasgos del tratamiento médico o quirúrgico:
- Debe tener carácter curativo y no consistir en simples actos de vigilancia o control de la lesión. Tampoco integran el concepto los actos meramente preventivos. Sí se considera tratamiento la prescripción de analgésicos o antibióticos prescritos en el marco de un sistema curativo. En el caso, se realiza la prescripción de medicamentos antiinflamatorios con finalidad curativa de las lesiones ocasionadas.
- Es indiferente que la actividad posterior la realice el propio médico o la encomiende a un auxiliar sanitario.
- Comprende tanto la fijación de comportamientos a seguir como la prescripción de fármacos. Ambos son indicaciones para seguir por el paciente para su pronta recuperación, como son la toma de ciertos medicamentos necesarios y el reposo para no dañar aún más las lesiones que posee.
- Queda al margen del tratamiento el simple diagnóstico o la pura prevención médica.
- Se debe atender a los cuidados que requiera la lesión precisa en cada caso. En este caso, el lesionado queda impedido para el desempeño de las actividades habituales que lleva a cabo debido a la lesión, como puede ser el hecho de realizar su jornada laboral o cualquier esfuerzo diario.
También podemos incluir aquí la posible aplicación de los medios comisivos del artículo 148 del CP.
Lesiones Causadas a Cayetano
Las lesiones causadas a Cayetano son constitutivas de un delito de lesiones leves (art. 147.2 CP), debido a que las mismas no requieren de un tratamiento médico o quirúrgico posterior a la primera asistencia. Simplemente sufrió un hematoma en el pómulo izquierdo y una herida por mordedura en los dedos de la mano derecha, que curaron sin necesidad de observación o intervención médica posterior al diagnóstico.
(Se analizan a continuación las lesiones de Lucas y de Cayetano en relación con otros aspectos del caso).
Posibles Causas de Justificación
Las causas de justificación excluyen la ilicitud del hecho. El hecho será típico, pero la conducta estará justificada, por lo que se eximirá de responsabilidad penal, con las siguientes salvedades:
- Cuando concurran todos los requisitos (esenciales y no esenciales) de la causa de justificación, se dará la exención completa de responsabilidad penal (eximente completa).
- Si concurren los requisitos esenciales pero falta alguno de los no esenciales, habrá una eximente incompleta; existirá responsabilidad criminal, pero se atenuará la pena.
- Si no concurren los elementos esenciales, no existirá ni siquiera atenuación, y se responderá totalmente por el hecho cometido.
Al requisito esencial se le denomina presupuesto de la causa de justificación. En el caso analizado, parece no darse la necesidad en abstracto porque no hay un peligro o agresión ilegítima previa que justifique la acción lesiva inicial, por lo que, en principio, no habría causa de justificación aplicable.
(Nota: Podría analizarse la figura de la legítima defensa para argumentar por qué podría plantearse y por qué, previsiblemente, no concurrirían sus requisitos en este supuesto).
Autoría y Participación
Los autores vienen recogidos en el artículo 27 del CP. Los artículos 17 y 18 del CP regulan los distintos tipos de autoría.
Lesiones Causadas a Lucas
Los autores materiales de las lesiones a Lucas son los funcionarios del cuerpo de la Guardia Civil, actuando de forma directa para intentar interceptar al sujeto tras una reacción violenta del mismo. Se podría argumentar que tienen el dominio funcional de la acción. Podrían ser considerados coautores (realizando el hecho conjuntamente), si actuaron de común acuerdo y con reparto de funciones.
Lesiones Causadas a Cayetano
El autor de las lesiones a Cayetano es Lucas, quien, tras verse acorralado por este, reacciona primero dándole un manotazo y, finalmente, cuando Cayetano procede a esposarle, le propina un mordisco que le provoca una herida leve sin mayor trascendencia.
Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Penal
Atenuantes
Las circunstancias atenuantes son aquellas que concurren en la realización del comportamiento delictivo y provocan una disminución de la pena. Estas vienen recogidas en el artículo 21 del CP. Su aplicabilidad dependería de detalles no especificados en el resumen del caso.
Agravantes
Las agravantes penales son circunstancias accidentales del delito, porque pueden concurrir o no durante la comisión del mismo, pero si lo hacen, se unen de forma indisoluble a los elementos esenciales del delito, aumentando la responsabilidad penal y, por tanto, aumentando la pena a imponer.
En relación con las lesiones causadas a Lucas, se podría plantear la aplicación de la agravante del artículo 148.1 del CP por un posible abuso de superioridad, entendido como aquella circunstancia determinada por aprovechar en la comisión del delito la notable desproporción de fuerza o número entre delincuentes y víctimas.
Concurso de Delitos
Entre los Tipos de Lesiones (Preterintencionalidad)
El dolo en las lesiones ha de referirse tanto a la acción como al resultado. Cuando este sea de mayor gravedad que el pretendido por el autor, habrá de apreciarse un concurso ideal entre la acción dolosa inicial (por ejemplo, de lesión menos grave) y el resultado más grave cometido por imprudencia. Esto es posible apreciarlo en las lesiones preterintencionales.
Concurso en las Lesiones a Cayetano
El único hecho de morder a Cayetano tiene como consecuencia la comisión de dos delitos: un delito de lesiones leves (art. 147.2 CP) y un delito de atentado contra agente de la autoridad (art. 550 CP), ya que Cayetano es un funcionario de la Guardia Civil en el ejercicio de sus funciones. Se trata de un concurso ideal de delitos (un solo hecho constituye dos o más infracciones). La regla penalógica del concurso ideal (art. 77 CP) busca, en principio, beneficiar al reo, aplicando la pena prevista para la infracción más grave en su mitad superior, sin que pueda exceder de la que represente la suma de las que correspondería aplicar si se penaran separadamente las infracciones. (Nota: El texto original indicaba aplicar la pena de cada delito por separado, lo cual es incorrecto para el concurso ideal; se aplica la regla del art. 77 CP).
Penas Aplicables
Penas por Lesiones a Cayetano (y Atentado)
Como se indicó, existe un concurso ideal entre el delito de lesiones leves (pena de multa de 1 a 3 meses, art. 147.2 CP) y el delito de atentado (pena de prisión de 1 a 4 años, art. 550 CP, al ser agente de la autoridad). Se aplicaría la pena del delito más grave (atentado) en su mitad superior, conforme al artículo 77 del CP.
Penas por Lesiones a Lucas
La calificación final y la pena dependerán de la gravedad objetiva de las lesiones y la posible aplicación de subtipos agravados o atenuados.
- Si la lesión causó una deformidad o cicatriz especialmente relevante (requiere más datos), podría aplicarse el artículo 149.1 del CP.
- Si se empleó un medio peligroso, podría aplicarse el artículo 148.1 del CP. No obstante, es relevante señalar que, según la jurisprudencia, la porra reglamentaria, cuando es utilizada por los policías en el ejercicio proporcionado de sus funciones, no siempre se considera automáticamente un medio peligroso a efectos de este artículo.