Fundamentos del Proceso Judicial y Clasificación de Procedimientos Familiares

TEMA I: El Proceso Judicial

En su acepción común, el vocablo «proceso» significa progreso, transcurso del tiempo, acción de ir hacia adelante y desenvolvimiento en sí mismo. Todo proceso es una secuencia de actos con el objeto de llegar a un fin o satisfacer una pretensión.

El profesor Palacio define al proceso como:

«El conjunto de actos recíprocamente coordinados entre sí de acuerdo con reglas preestablecidas, que conducen a la creación de una norma individual destinada a regir un determinado aspecto de la conducta del sujeto o sujetos, ajenos al órgano, que ha requerido la intervención de este en un caso concreto, así como la conducta del sujeto o sujetos, también extraños al órgano, frente a quienes se ha requerido esa intervención».

Función del Proceso

La principal función que debe cumplir el proceso judicial es la de resolver los conflictos y controversias jurídicas suscitados por las partes, satisfaciendo sus pretensiones a fin de sustentar la paz, evitando que las personas o las partes en controversia apliquen la justicia de facto.

El profesor Montero define al proceso como un instrumento necesario para que la jurisdicción y sus órganos realicen su función propia y natural. Por ello, en lugar de hacer hincapié en los fines del proceso, prefiere referirse al fin o función de los órganos jurisdiccionales, en cuanto titulares de la potestad jurisdiccional.

La función del proceso, por ser de orden público, radica en la conservación del orden y la paz social utilizando los mecanismos legales y normativos vigentes en el país. El litigante busca la tutela y protección jurisdiccional de sus derechos que considera vulnerados; por consiguiente, el proceso cumple una función de servicio, protección y de garantía fundamental con principios y presupuestos procesales que lo convalidan mediante resolución judicial firme, dando respuesta y solución al conflicto de las partes.

Naturaleza Jurídica del Proceso

Existen diversas teorías que intentan explicar la esencia del proceso:

  • Teoría Contractualista: Considera que el proceso es la relación que liga al demandante y al demandado. Sobre tal, la litiscontestatio es de orden contractual; ambos se encuentran vinculados con el mismo lazo que une a los contratantes.
  • Teoría del Cuasicontrato: Plantea que el proceso es un contrato imperfecto o desnaturalizado; por ello, se define como un cuasicontrato.
  • Teoría de la Ley: Considera que los planteamientos anteriores son artificiosos. Lo que existe en realidad no es un nexo contractual ni cuasicontractual, sino una característica regida por la ley que tiene un estatuto propio, producto de leyes procesales con una determinación peculiar.
  • Teoría de la Situación Jurídica: Algunos autores niegan la existencia de una relación jurídica, sosteniendo en cambio la realidad de una situación jurídica.
  • Entidad Jurídica Compleja: Otros análisis señalan que se trata de una estructura técnica de alta complejidad.
  • Teoría de la Institución: Esta posición tiende a agrupar elementos de las anteriores, concibiendo el proceso como una institución.

Por nuestra parte, considerando la naturaleza del proceso, señalamos que se trata de una institución procesal con principios y objetivos que regulan el procedimiento, dando fin a las controversias de las partes que pretenden la satisfacción de una pretensión.

Asimismo, el profesor Rosenberg señala que:

«Todo proceso es una relación jurídica, esto es, una relación entre sujetos procesales regulada jurídicamente. El significado de la relación jurídica procesal se basa en que hace posible una concepción unitaria del proceso, consistente en múltiples actos particulares y situaciones jurídicas. El proceso no solo es una sucesión de actos de las partes y del tribunal, sino una unidad jurídica que comprende las relaciones jurídicas producidas a través de la conducción procesal».

Elementos del Proceso

Estudiosos del derecho procesal civil como Palacio, Alsina, De Santo y Couture, se refieren a los elementos subjetivos y objetivos que reflejan la actividad procesal.

Elemento Subjetivo

  • Se halla representado por las personas facultadas para iniciarlo, desarrollarlo, extinguirlo y decidirlo. En el proceso deben existir sujetos procesales: el juez y las partes (demandante y demandado). El primero para resolver el conflicto y los segundos para formular la pretensión jurídica y ejercer la defensa o reconvención.
  • Puede existir la intervención de terceros y la acumulación de procesos; por consiguiente, el proceso puede desarrollarse con la participación de varios actores o demandados (litisconsorcio).
  • Intervienen otras personas naturales y jurídicas como el órgano jurisdiccional, funcionarios y auxiliares. La cabeza del sistema es el juez como principal operador de la administración de justicia.

Además, participan coadyuvando en las tareas administrativas y procesales los auxiliares, secretarios y oficiales de diligencias, quienes, sin potestad decisoria, representan el interés público. También participan peritos, martilleros, notarios de fe pública, abogados y apoderados.

Elemento Objetivo

  • Se encuentra en la pretensión jurídica que las partes proponen en la causa.
  • El último elemento lo constituye la actividad, que comprende el conjunto de actos procesales que deben realizar los sujetos procesales (juez y partes).

Clasificación de Procesos Familiares

En la actual legislación familiar se incorporan nuevos procesos y se eliminan otros, según el siguiente detalle:

Procesos Ordinarios

  • Nulidad del matrimonio o unión libre.
  • Nulidad de acuerdos en la vía voluntaria notarial.
  • División y partición de bienes gananciales cuando no son tramitados en ejecución del proceso de divorcio.
  • Determinación de bienes propios cuando exista desacuerdo sobre su calidad.

Procesos Extraordinarios

  • Divorcio.
  • Declaración judicial de filiación.
  • Impugnación de filiación.
  • Negación de maternidad o paternidad.
  • Comprobación de matrimonio o de unión libre (cuando no está registrada).
  • Oposición al matrimonio.
  • Declaración de interdicción.
  • Cesación de interdicción.
  • Suspensión, extinción o restitución de la autoridad de la madre o del padre en casos emergentes de desvinculación conyugal.
  • Asistencia familiar.

Procesos de Resolución Inmediata

  • Emancipación por desacuerdo.
  • Constitución de patrimonio familiar.
  • Autorización judicial para la administración de bienes.
  • Desacuerdo de los padres.
  • Procesos voluntarios.
  • Cumplimiento de acuerdos.
  • Asistencia familiar cuando exista acuerdo previo.

Dada la clasificación de procesos familiares, desarrollaremos cada uno de ellos refiriéndonos a sus instituciones jurídicas, naturaleza, competencia, características, base legal, requisitos, efectos jurídicos, términos y plazos procesales, los cuales rigen toda la etapa procedimental según la naturaleza de cada proceso.

Más adelante consideraremos cada uno de estos procesos en todas sus instancias y etapas, desde el inicio hasta su conclusión, señalando la base legal y la doctrina básica correspondiente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *