Principios y Estructuras del Derecho Internacional Público Contemporáneo

Conceptos Fundamentales del Sistema Internacional

1. ¿Qué se entiende por sistema internacional?

El sistema internacional puede definirse como un conjunto de relaciones entre un determinado número de actores, sobre todo los Estados, las Organizaciones Internacionales (OOII) y las fuerzas transnacionales, que se desarrolla en un determinado entorno material (que es planetario en este momento histórico) y se somete a un determinado modo de regulación. El Derecho Internacional Público (DIP) es precisamente el modo de regulación propio de ese sistema internacional.

2. Enumere y describa brevemente las dos dimensiones del sistema internacional.

  • La dimensión material o socio-histórica del sistema: Hoy en día, definimos la dimensión material del sistema internacional a partir de su rasgo más representativo: su ámbito planetario, que ahora resalta aún más a causa de la globalización, definida por la interdependencia económica que crea la mundialización tanto de los mercados como de las comunicaciones. Tiene como objeto de estudio el momento histórico en el que se desarrolla el DI, es decir, la Sociedad Internacional (SI), compuesta por actores. La SI contemporánea es, en síntesis, planetaria, compleja, heterogénea, fragmentada, poco integrada e interdependiente. Por último, resaltan dos grandes escisiones: la económica (países pobres/países ricos) y la política (grandes potencias y el resto de estados).
  • La dimensión normativa o formal: Es la forma o modo de regulación genuina del sistema internacional. La dimensión formal del sistema internacional de nuestros días son los caracteres o elementos principales del DI. El DI es hoy un sistema jurídico de principios y reglas que surten efectos en relación con otros principios y reglas y deben interpretarse en su conjunto. Sin embargo, este sistema nunca puede perder de vista la relación de este ordenamiento con su entorno.

3. Enumere los principales caracteres de la SI contemporánea y describa uno de ellos.

Los principales caracteres de la Sociedad Internacional (SI) contemporánea son: planetaria, compleja, heterogénea, fragmentada, poco integrada e interdependiente.

  • Planetaria: La SI es planetaria, no ya por ser auténticamente universal, lo que es obvio, sino porque la escala de los grandes problemas comunes que la agobian se ha hecho planetaria, ya se trate del crimen organizado, el terrorismo internacional, el deterioro del medio ambiente, las crisis económicas, la miseria que afecta a amplios sectores de la población de muchos países periféricos, las migraciones masivas o los conflictos bélicos, abundando en otro elemento o rasgo clave: el de la interdependencia.

4. ¿Qué significa que la SI es compleja?

La SI es compleja por la lista de problemas muy diversos pendientes de resolver en su seno, desde la pobreza extrema de muchos países en desarrollo hasta el deterioro y la contaminación del medio ambiente. También por la importancia e intensidad de los cambios que padece en muy variados frentes, en ocasiones de forma imprevista y vertiginosa. En el frente político, puede citarse la rapidísima e inesperada desintegración del antiguo Bloque Socialista.

5. ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es heterogénea?

La SI es heterogénea, sobre todo, por las grandes diferencias en cuanto a territorio, riquezas naturales y poderío económico y militar que existen entre los Estados. La SI también es heterogénea por la evidente desigualdad de poder político entre las grandes potencias (al menos China, EE. UU., Francia, Reino Unido y Rusia, los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU) y el resto de Estados, que poseen una limitada capacidad de influencia en la vida internacional; pero sin despreciar el papel intermedio que desempeñan las potencias regionales en sus respectivos subsistemas, como sería el caso de Alemania, Brasil, India, Japón o Sudáfrica.

6. ¿Por qué se afirma que la SI es interdependiente?

La SI es interdependiente porque los Estados nunca han sido ni siquiera relativamente autosuficientes. Cada vez quedan menos objetivos que un Estado pueda lograr por sí mismo sin contar con la cooperación de otros Estados. Es más, todos ellos se encuentran en situación de dependencia, incluso las grandes potencias, lo que impone una necesaria complementariedad que compense de forma suficiente la muy heterogénea distribución de la población, los recursos y la tecnología entre todos los Estados del sistema.

7. ¿Qué se entiende por Estado interesado? Ponga un ejemplo.

Debemos destacar la hegemonía en el plano normativo consuetudinario que se traduce precisamente en los Estados interesados, entendiendo por tales aquellos que tienen oportunidad de participar en el proceso de creación o cambio de una norma, contribuyendo con su conducta (precedentes) a la formación de una determinada práctica. Ello significa, por un lado, que la situación geográfica, económica o tecnológica de cada Estado repercute inevitablemente en su posible participación en un determinado proceso normativo; y por otro lado, que la condición de una práctica suficientemente general, como uno de los aspectos necesarios del elemento material de la costumbre, se entiende referida solo a los Estados interesados.

Ejemplo: En el Derecho del Mar, el protagonismo de la práctica corresponde a los Estados con litoral y dotados con poderosas flotas de guerra y mercante.

8. ¿Cuáles son los elementos o rasgos formales más característicos del DI? Descríbalos brevemente.

El DI contemporáneo sigue siendo interestatal (estructura relacional) y sigue fundándose en el presupuesto de la soberanía en la distribución individual del poder político entre los Estados.

La soberanía del Estado como principio constitucional del DI trae consigo dos de los rasgos formales más característicos de este ordenamiento: su voluntarismo y su relativismo, es decir, la extraordinaria relevancia del consentimiento del Estado soberano tanto en la creación como en la aplicación de las normas internacionales, en el contexto de un ordenamiento jurídico eminentemente descentralizado.

Estos dos rasgos formales son consecuencia, además, de la distinción que existe en el DI entre la existencia de una norma consuetudinaria general y su oponibilidad.

9. ¿Qué se entiende por regla de objeción persistente? Ponga un ejemplo.

Es aquella que permite salvaguardar la posición del Estado que objeta una nueva norma internacional antes de que cristalice formalmente.

Ejemplo: En el plano de la aplicación de normas, el protagonismo del Estado se manifiesta en la pervivencia de la autotutela, a través de la adopción de medidas de retorsión y de represalia o contramedidas, siendo cada Estado por sí mismo el que decide en una situación concreta la valoración jurídica que le merece dicha situación, así como las medidas de autotutela a adoptar.

10. ¿Es el DI un sistema jurídico?

, pues concretamente se trata de un sistema de principios y reglas que regula las relaciones de coexistencia y de cooperación, frecuentemente institucionalizadas, además de ciertas relaciones de vocación comunitaria, entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y culturalmente diversos.

Estructuras y Normas del Derecho Internacional

11. Defina y describa brevemente las estructuras relacional e institucional del DI contemporáneo.

  • La estructura relacional u horizontal (primera estructura más grande) está formada por el núcleo histórico y originario de las relaciones interestatales y regula la mera coexistencia de esos entes soberanos. En esta estructura descentralizada, son los Estados los únicos sujetos que intervienen en la creación y aplicación de las normas, destinadas esencialmente a regular el ejercicio exclusivo de sus poderes sobre un determinado territorio y población.
  • La estructura institucional o vertical (segunda estructura más grande) está basada en la existencia de una pluralidad de Organizaciones Internacionales (OOII) creadas por los Estados, en las que ellos participan como miembros con el fin de cooperar entre sí. Dentro de esta estructura organizada surgen nuevos procedimientos de elaboración de las normas mediante actos adoptados por sus órganos (como resoluciones y reglamentos), dirigidos a hacer efectiva la función de la cooperación entre los Estados.

12. ¿En cuál de las tres estructuras que comprende el DI contemporáneo situaría usted las normas de ius cogens? Justifique su respuesta.

En la estructura comunitaria. Las normas de ius cogens pretenden dar respuesta a los intereses colectivos esenciales de todo el grupo social, que son propios de la nueva estructura comunitaria y que exigen reglas cualificadas por su grado de obligatoriedad, lo que conlleva la superior jerarquía de las mismas frente al resto de normas del ordenamiento.

13. Defina el DI general y distíngalo del DI particular.

  • DI General: Es un sistema jurídico común o general. Aquí se tiene en cuenta el carácter planetario de la SI contemporánea, que nos lleva a afirmar que es lógico que exista un DI general aplicable a todos los Estados por haberse formado gracias al acuerdo general de estos.
  • DI Particular: Son normas particulares o un cierto número de subsistemas particulares. Si se atiende al carácter complejo y heterogéneo de la SI contemporánea, que hace cada vez más difícil la adopción de reglas generales, no extraña comprobar la presencia, al lado del DI común o general, de un conjunto de normas de carácter particular.

14. ¿Explique cómo se hace compatible el DI particular con el DI general?

La compatibilidad jurídica del fenómeno particularista con el DI general requiere esencialmente el reconocimiento de la primacía de las normas de ius cogens y de la Carta de la ONU, conforme a su artículo 103, que establece:

«En caso de conflicto entre las obligaciones contraídas por los Miembros de las Naciones Unidas en virtud de la presente Carta y sus obligaciones contraídas en virtud de cualquier otro convenio internacional, prevalecerán las obligaciones impuestas por la presente Carta».

Los problemas surgen solo si algún subsistema pretende suplantar el DI general. No obstante, las relaciones entre normas generales y particulares se rigen por los criterios de prevalencia y derogación propios del DI.

15. Defina el DI contemporáneo y desarrolle brevemente los elementos principales de la definición.

Proponemos definir el DI como un sistema de principios y normas que regula las relaciones de coexistencia y de cooperación, frecuentemente institucionalizada, además de ciertas relaciones de vocación comunitaria, entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y de poder y culturalmente diversos.

  • Sistema de principios y normas: Suele definirse corrientemente el DI como un mero conjunto de principios y normas; si así lo hiciéramos, olvidaríamos su carácter esencial de proceso, situando en primer plano el aspecto estático, que carece de relevancia si lo separamos del aspecto dinámico (producción, cambio y aplicación de las normas). De ahí que se proponga la expresión SISTEMA.
  • Regulación de relaciones: El elemento de la coexistencia y cooperación es el que permite caracterizar al DI contemporáneo como un tipo histórico concreto. El concepto se basa en los Estados soberanos, individualmente considerados o integrados en la estructura compleja de las OOII intergubernamentales, que han roto el monopolio del Estado como sujeto exclusivo del DI.

16. Distinga entre sujetos y actores en el DI y explique qué papel desempeñan estos últimos.

  • Sujetos: Son sujetos del Ordenamiento Jurídico (principalmente los Estados).
  • Actores: No son sujetos del Ordenamiento Jurídico. Incluyen grandes comunidades religiosas, sindicales y políticas; empresas multinacionales y transnacionales; y Organizaciones No Gubernamentales (ONG). Forman parte de las llamadas fuerzas transnacionales.
  • Papel de los actores: Aunque no poseen subjetividad jurídica, ejercen una gran influencia social, económica y política. Por ejemplo, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en materia de derechos humanos. Su contribución es vital para el desarrollo de ciertos sectores del ordenamiento, a veces incluso contra la voluntad de los Estados.

17. ¿Qué son los principios estructurales del DI contemporáneo? Enumérelos.

Los principios son reglas del derecho internacional cuyo carácter es general y fundamental. Están incluidos principalmente en la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de la ONU:

  1. El principio de igualdad soberana de los Estados.
  2. El principio de buena fe.
  3. El principio del arreglo pacífico de las controversias.
  4. El principio de la prohibición de la amenaza o del uso de la fuerza.
  5. El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos.
  6. El principio de la no intervención en los asuntos internos de los Estados.
  7. El principio de la cooperación pacífica entre los Estados.

18. ¿Qué se entiende por un Estado débil y un Estado fracasado?

  • Estados débiles: Sufren un deterioro político y económico que merma su autoridad y reduce su capacidad para proporcionar servicios públicos esenciales.
  • Estados fracasados: Son incapaces de ejercer los poderes y funciones propios de un Estado, especialmente el ejercicio efectivo de su autoridad y la preservación del orden público en su territorio.

Metodología y Práctica Internacional

19. ¿En qué consiste el método empírico-inductivo como medio de adquisición del conocimiento en DI?

El método empírico-inductivo favorece la identificación de las normas mediante la observación de su vigencia efectiva en la SI y de su reconocimiento por la práctica de los sujetos del ordenamiento. Se basa en el estudio de la legislación y la jurisprudencia.

20. ¿En qué consiste el método lógico-deductivo como medio de adquisición del conocimiento en DI?

El método lógico-deductivo es producto de la mente humana y su capacidad lógica. Introduce elementos racionales en el proceso de observación de la realidad internacional, ordenándola mediante síntesis y construcciones teóricas sometidas a verificación empírica.

21. ¿En qué consiste la práctica internacional?

La práctica internacional consiste en la repetición jurídicamente relevante de una determinada conducta por parte de los sujetos del ordenamiento internacional. Cada situación en la que se manifiesta esta conducta constituye un precedente.

22. ¿Qué es un precedente inequívoco?

Son aquellos por los que un sujeto del ordenamiento —en particular un Estado— asume o acepta una conducta de otro sujeto sin formular reservas de que dicha aceptación se limita a ese caso concreto, o sin manifestar que su conducta es ex gratia (por cortesía) y no por obligación jurídica.

23. ¿Qué es un medio de prueba relevante?

Los medios de prueba relevantes (evidence) sirven para establecer la presencia de un acuerdo general (consensus generalis) de los sujetos. Estos materiales documentan la práctica y testimonian la formación o cambio de una norma.

24. ¿En qué consiste la flexibilidad de los medios de prueba en el DI?

Exige aplicar un método de trabajo basado en el uso de todas las fuentes de información convenientes (incluyendo prensa o informes de órganos ad hoc). El problema radica en determinar el valor probatorio de cada fuente.

25. ¿Cuáles son los medios de prueba de la práctica internacional que proceden de la estructura relacional?

Incluyen la correspondencia diplomática, declaraciones gubernamentales, tratados internacionales, actividad en organizaciones y conferencias, y actos internos (administrativos, legislativos o judiciales) con relevancia internacional.

26. ¿Qué es la CDI?

La Comisión de Derecho Internacional (CDI) es un órgano técnico codificador bajo la autoridad de la Asamblea General de la ONU. Se dedica a la codificación y al desarrollo progresivo del DI. Fue creada en 1947.

27. ¿Qué debe entenderse por codificación y por desarrollo progresivo del DI?

  • Codificación: Formulación precisa y sistematización de normas en materias donde ya existe práctica, precedentes y doctrina.
  • Desarrollo progresivo: Elaboración de proyectos de convenciones sobre temas que aún no han sido regulados por el DI o respecto de los cuales el derecho no está suficientemente desarrollado.

28. ¿En qué consisten los nuevos procedimientos de codificación del DI?

Se desarrollan mediante la creación de órganos ad hoc. El proceso suele tener tres fases: trabajo en una comisión de la Asamblea General, adopción de resoluciones o declaraciones de principios, y finalmente la adopción de una Convención en una conferencia diplomática.

Fuentes del Derecho Internacional

29. ¿Cuáles son las fuentes formales del DI reconocidas en el art. 38.1 del Estatuto de la CIJ? ¿Es este catálogo exhaustivo?

Las fuentes reconocidas son: los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales del derecho. No es un catálogo exhaustivo, ya que la evolución del DI ha añadido los actos unilaterales de los Estados y las normas adoptadas por Organizaciones Internacionales.

30. ¿Existe una relación jerárquica entre las fuentes formales de DI? Explique brevemente su respuesta.

No existe una jerarquía general; todas las fuentes son independientes. Sin embargo, existe una excepción crítica: las normas imperativas (ius cogens), que prevalecen sobre cualquier otra norma, ya sea convencional o consuetudinaria.

31. ¿Qué efectos producen las normas imperativas sobre otras normas de DI que no sean compatibles con ellas?

Provocan la nulidad o terminación de la norma incompatible, aplicando reglas de prevalencia y derogación, independientemente de la naturaleza de la norma en conflicto.

32. ¿Qué diferencia existe entre los principios generales del derecho y los principios estructurales o constitucionales del ordenamiento internacional?

Los principios estructurales son reglas jurídicas que se manifiestan a través de tratados, costumbre o interacción entre ambos. Los principios generales del derecho existen de forma independiente, basándose en conceptos jurídicos comunes a los sistemas internos (como la buena fe).

33. ¿Qué funciones pueden desempeñar los principios generales del derecho en el ordenamiento internacional?

Sirven como directrices para la interpretación de normas y como reglas supletorias en caso de lagunas jurídicas (ausencia de regulación). Deben ser adaptables al ámbito internacional.

34. Enumere y explique al menos tres principios generales del derecho.

  • Prohibición del abuso del derecho: Ningún Estado puede usar su territorio para causar perjuicios demostrables a otro.
  • Pacta sunt servanda: Obligación de respetar los compromisos jurídicos asumidos.
  • Culpabilidad personal: Nadie es responsable por actos en los que no ha participado (nulla poena sine culpa).
  • Agotamiento de los recursos internos: Exige agotar la vía judicial nacional antes de acudir a instancias internacionales.

35. ¿Qué se entiende por medios auxiliares en el art. 38 del Estatuto de la CIJ?

Son herramientas para determinar el contenido de las normas: las decisiones judiciales (jurisprudencia) y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia.

36. Enumere cinco ejemplos de tribunales internacionales.

  1. Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM).
  2. Corte Interamericana de Derechos Humanos.
  3. Corte Penal Internacional.
  4. Corte Internacional de Justicia (CIJ).
  5. Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La Costumbre Internacional

37. Explique en qué consiste el elemento material de la costumbre internacional.

Consiste en la repetición de una conducta por los sujetos de DI. Para ser considerada costumbre, la práctica debe ser general, constante, uniforme y duradera.

38. Explique en qué consiste el elemento espiritual u opinio iuris sive necessitatis de la costumbre internacional.

Es la convicción de que la conducta se realiza porque existe una obligación jurídica. Sin la opinio iuris, la práctica es un simple uso o cortesía, no una norma jurídica.

39. Clases de costumbre y su oponibilidad.

  • Costumbres generales: De vocación universal, obligan a todos los Estados a menos que se hayan opuesto (objeción persistente).
  • Costumbres particulares: Pueden ser regionales (un grupo de Estados) o bilaterales (solo dos Estados). La carga de la prueba recae en quien la alega.

40. Explique en qué consiste la regla de la objeción persistente.

Permite a un Estado evitar quedar vinculado por una costumbre en formación si manifiesta su oposición de manera inequívoca, expresa y constante durante el proceso de creación de la norma.

41. Explique en qué consiste el efecto declarativo de la interacción normativa entre costumbre y tratado.

Ocurre cuando un tratado multilateral recoge y precisa por escrito una costumbre ya existente, sirviendo como prueba de su existencia y de la opinio iuris.

42. Explique en qué consiste el efecto cristalizador de la interacción normativa entre costumbre y tratado.

Se da cuando una norma consuetudinaria en vías de formación se consolida definitivamente gracias a la adopción de un tratado internacional que recoge su contenido.

43. Explique en qué consiste el efecto constitutivo o generador de la interacción normativa entre costumbre y tratado.

Sucede cuando una disposición de un tratado se convierte en modelo de conducta para Estados no partes, dando lugar a una nueva costumbre si la práctica posterior es general y uniforme.

44. Explique en qué consiste la interacción normativa entre costumbre y resoluciones de la Asamblea General y cuáles son sus efectos jurídicos.

Aunque las resoluciones no son obligatorias per se, pueden declarar normas vigentes, cristalizar normas en formación o generar nuevas prácticas si son adoptadas por unanimidad o consenso amplio.

Derecho de los Tratados

45. ¿Qué elementos definen a los tratados internacionales según la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT)?

Requieren la manifestación del consentimiento de dos o más sujetos de DI, por escrito, regidos por el derecho internacional y destinados a producir efectos jurídicos.

46. ¿Pueden las Comunidades Autónomas (CCAA) celebrar tratados internacionales desde la perspectiva del DI? Explique brevemente su respuesta.

En España, la competencia es exclusiva del Estado (Art. 149.1.3 CE). Las CCAA pueden participar en la ejecución o celebrar acuerdos no vinculantes (memorandos), pero no tratados internacionales en sentido estricto bajo el DI.

47. ¿En qué consiste la fase de negociación de los tratados internacionales?

Es el intercambio de propuestas y contrapropuestas para fijar el contenido normativo, regido por el principio de buena fe.

48. ¿Qué sucede si un Estado formula una reserva y otro la acepta?

El tratado entra en vigor entre ambos con la modificación o exclusión prevista en la reserva.

49. ¿Qué sucede si un Estado formula una reserva y otro la objeta?

El tratado entra en vigor, pero las disposiciones afectadas por la reserva no se aplican entre ambos Estados en la medida de lo reservado.

50. ¿En el momento y bajo qué condiciones es posible formular una reserva?

Generalmente al manifestar el consentimiento (firma, ratificación). Debe estar permitida por el tratado y no ser contraria a su objeto y fin.

51. Defina el concepto de tratado internacional utilizado por el CVDT.

Acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el DI, ya conste en un instrumento único o en varios conexos.

52. ¿Qué elementos caracterizan a los tratados internacionales según el CVDT?

Acuerdo entre Estados, creación de obligaciones internacionales, regulación por el DI y forma escrita.

53. ¿Qué régimen jurídico se aplica a los tratados sucesivos concernientes a la misma materia cuando no existe una identidad de partes?

Se rigen por el tratado en que todos los Estados involucrados sean partes (sea el anterior o el posterior), según el art. 30.4 CVDT.

54. ¿Qué sucede cuando un sujeto decide no participar en la enmienda de un tratado internacional?

No queda obligado por el tratado enmendado; en sus relaciones con los demás seguirá rigiéndose por el tratado original.

55. ¿Cómo se pueden distinguir técnicamente la enmienda de los tratados y la modificación de los tratados?

La enmienda es una revisión general abierta a todas las partes. La modificación crea regímenes particulares entre solo algunas de las partes, siempre que sea compatible con el objeto del tratado.

56. ¿Qué consecuencias jurídicas provoca la declaración de nulidad de los tratados internacionales?

Priva de fuerza jurídica a las disposiciones y exige restablecer la situación anterior, salvo actos ejecutados de buena fe (art. 69 CVDT).

57. ¿Qué condiciones exige el CVDT para admitir la terminación de un tratado por cambio fundamental de las circunstancias?

El cambio debe ser imprevisto, afectar a la base esencial del consentimiento y modificar radicalmente el alcance de las obligaciones (cláusula rebus sic stantibus).

58. ¿Cuáles son las causas de nulidad absoluta y por qué se denominan de esta forma?

Coacción sobre el representante, amenaza o uso de la fuerza sobre el Estado, y oposición al ius cogens. No admiten confirmación ni división del tratado.

59. ¿Cuáles son las causas de nulidad relativa y por qué se denominan de esta forma?

Violación del derecho interno sobre competencia, restricción de poderes, error, dolo o corrupción. Pueden ser subsanadas o convalidadas por el Estado afectado.

60. ¿Qué efectos jurídicos produce la aparición de una norma de derecho imperativo sobre los tratados anteriores incompatibles?

El tratado termina y se vuelve nulo (ius cogens superveniens).

61. ¿Cómo se articula la invocación de las causas de suspensión, nulidad, retirada o terminación?

Mediante notificación a las demás partes. Si hay objeción, se debe acudir a medios de solución pacífica de controversias.

62. ¿Qué tipos de causas de suspensión de los tratados se pueden encontrar en el CVDT?

Violación grave por otra parte, imposibilidad temporal de cumplimiento o cambio fundamental de circunstancias.

63. Señale ejemplos de terminación del tratado por imposibilidad de cumplimiento.

Sumergimiento de una isla, desecación de un río o destrucción de una instalación indispensable.

Actos Unilaterales y Organizaciones Internacionales

64. Defina acto unilateral del Estado.

Manifestación pública de voluntad realizada por un Estado con la intención de producir efectos jurídicos obligatorios para sí mismo, sin necesidad de aceptación de terceros.

65. ¿Qué efectos tiene la aceptación de un acto unilateral por parte de otros Estados?

Puede generar obligaciones para esos terceros Estados si la aceptación es clara y expresa.

66. ¿Los actos unilaterales han de revestir alguna forma concreta en DI?

No, la forma no es decisiva (puede ser verbal o escrita), siempre que sea pública y la intención de obligarse sea clara.

67. ¿Qué actos internos de una OI suelen tener carácter vinculante?

Aquellos que fijan objetivos (como directivas que requieren transposición) o los que imponen obligaciones de comportamiento y resultado (como las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU).

Derecho Internacional y Derecho Interno (España)

68. ¿Cómo se produce la recepción de las normas consuetudinarias en el ordenamiento interno español?

De forma automática y directa desde su formación internacional, según se infiere del art. 96.1 de la Constitución Española.

69. ¿Cuál es la jerarquía de las normas consuetudinarias en el ordenamiento interno español?

Tienen rango supralegal (por encima de las leyes) pero infraconstitucional (por debajo de la Constitución).

70. ¿Cómo se produce la recepción de las normas convencionales en el ordenamiento interno español?

Mediante su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

71. ¿Cuál es la jerarquía de las normas convencionales en el ordenamiento interno español?

Primacía sobre la ley interna. Una ley no puede derogar un tratado; solo puede hacerse según las normas del propio tratado o del DI.

El Estado: Elementos y Competencias

72. ¿Cuándo cabe afirmar que existe un Estado?

Cuando concurren tres elementos: territorio, población y organización política (gobierno).

73. Explique brevemente qué se entiende por territorio como condición necesaria para la existencia del Estado.

Es el espacio físico (terrestre, marino y aéreo) donde el Estado ejerce su soberanía de forma exclusiva.

74. ¿Qué exige el DI respecto de la población como elemento constitutivo del Estado?

Un núcleo estable de personas vinculadas habitualmente al territorio, generalmente a través de la nacionalidad.

75. ¿Qué exige el DI respecto del Gobierno como elemento constitutivo del Estado?

Una organización política efectiva capaz de ejercer las funciones estatales tanto interna como internacionalmente.

76. Explique brevemente el concepto de soberanía en el estatuto jurídico del Estado.

Significa que el Estado no está sometido a ningún poder superior, salvo al Derecho Internacional.

77. Defina sucesión de Estados.

Sustitución de un Estado por otro en la responsabilidad de las relaciones internacionales de un territorio.

78. Defina el reconocimiento de Estados.

Acto libre por el cual uno o varios Estados constatan la existencia de una sociedad humana políticamente organizada e independiente.

79. Defina el reconocimiento de gobiernos, destacando sus principales características.

Acto voluntario y político por el cual un Estado acepta a un gobierno que ha llegado al poder de forma extrajudicial (de facto).

Órganos del Estado y Diplomacia

80. ¿Cómo se lleva a cabo el establecimiento de una misión diplomática?

Por consentimiento mutuo entre el Estado acreditante y el receptor.

81. ¿Cuáles son las causas de terminación de la misión diplomática?

Ruptura de relaciones, cierre de la misión, extinción de la personalidad jurídica de un Estado o cumplimiento de sanciones de la ONU.

82. Enuncie los órganos centrales del Estado dotados de competencia exterior.

  • Jefe del Estado: Máxima representación y dirección de la política exterior.
  • Jefe del Gobierno: Dirección de la acción exterior y compromiso jurídico del Estado.
  • Ministro de Asuntos Exteriores: Responsable de la ejecución diaria de la política exterior.

83. ¿Cuáles son los privilegios e inmunidades aplicables a los órganos centrales del Estado?

Inviolabilidad personal, inmunidad de jurisdicción penal absoluta, inmunidad civil (para actos oficiales) y privilegios fiscales.

84. ¿Cómo se lleva a cabo el establecimiento de una misión diplomática?

Mediante el acuerdo mutuo, que define también la categoría de la misión y sus oficinas.

85. ¿Cuáles son las causas de terminación de la misión diplomática?

Principalmente la ruptura de relaciones diplomáticas o la desaparición de uno de los Estados.

86. Enuncie las funciones principales de la misión diplomática.

Representación, negociación, información por medios lícitos, protección de intereses y fomento de relaciones.

87. ¿En qué consiste el plácet?

Es la aceptación previa que el Estado receptor otorga al Jefe de Misión propuesto por el Estado acreditante.

88. Enuncie las principales formas de diplomacia ad hoc.

Misiones especiales, delegaciones en conferencias y enviados itinerantes.

89. Explique qué se entiende por diplomacia multilateral.

Aquella que involucra a Organizaciones Internacionales, generando relaciones triangulares entre Estados y la organización.

90. Enuncie privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas.

Inviolabilidad de locales, archivos y documentos; derecho a usar bandera y escudo; e inmunidad de jurisdicción.

91. Enuncie privilegios e inmunidades de los agentes diplomáticos.

Inviolabilidad personal y de residencia, inmunidad penal, civil y administrativa, y exención de testificar.

92. ¿Cómo se lleva a cabo el establecimiento de relaciones consulares?

Por consentimiento mutuo; es independiente de las relaciones diplomáticas.

Organizaciones Internacionales

93. Explique brevemente el origen de las OOII.

Surgieron en el siglo XIX ante la necesidad de gestionar la interdependencia en temas técnicos, económicos y sociales.

94. Defina qué es una OI.

Entidad interestatal creada por tratado, con órganos permanentes, competencias propias y voluntad autónoma.

95. ¿Qué diferencias existen entre una OI y una ONG?

Las OOII son creadas por Estados (Derecho Internacional); las ONG son creadas por particulares (Derecho Interno).

96. Diferencias entre OOII universales y restringidas.

Las universales están abiertas a todos los Estados (ONU); las restringidas limitan el acceso por geografía o intereses (UE, OEA).

97. Diferencias entre OOII de cooperación y de integración.

En las de cooperación los Estados coordinan acciones manteniendo soberanía. En las de integración ceden competencias soberanas (UE).

98. Defina los agentes internacionales.

Cualquier persona encargada por una OI para ejercer o ayudar a ejercer una de sus funciones.

99. ¿En qué consiste la personalidad jurídica de las OOII en el derecho interno?

Capacidad para contratar, adquirir bienes y actuar ante tribunales en el territorio de sus Estados miembros.

100. Explique brevemente los propósitos de la ONU.

Mantenimiento de la paz, fomento de relaciones de amistad, cooperación internacional y armonización de esfuerzos.

101. ¿Cómo se manifiesta el derecho a la libre determinación de los pueblos que ya forman parte de un Estado?

Como derecho a participar en el gobierno sin discriminación y a proveer su desarrollo social y cultural (autodeterminación interna).

Derecho del Mar y Espacios Internacionales

102. Defina la competencia territorial del Estado.

Poderes que el Estado despliega en su ámbito espacial, caracterizados por plenitud, exclusividad y autonomía.

103. ¿Cuál es el ámbito espacial de la competencia territorial del Estado?

Su territorio (terrestre, marino y aéreo).

104. Detalle qué espacio físico abarca España.

Península, Baleares, Canarias, Ceuta, Melilla, plazas de soberanía, aguas interiores, mar territorial y espacio aéreo.

105. Enumere los modos de adquisición del título jurídico sobre un territorio.

Ocupación, accesión, cesión, permuta, conquista (históricamente), prescripción y uti possidetis iuris.

106. ¿En qué consiste la ocupación?

Adquisición de terra nullius mediante el animus occupandi y el ejercicio efectivo de funciones estatales.

107. ¿Cuándo se adquiere un territorio por accesión?

Cuando el territorio aumenta por causas naturales (aluvión) o artificiales (obras humanas).

108. Describa la cesión como modo de adquisición.

Transferencia voluntaria mediante acuerdo entre Estados, perfeccionada con la ocupación efectiva.

109. ¿Qué se entiende por frontera?

Línea que marca el límite de la soberanía estatal en sus dimensiones terrestre, marítima y aérea.

110. Criterios para la delimitación fronteriza.

Límites naturales, elementos técnicos (líneas rectas) y límites preexistentes (uti possidetis iuris).

111. ¿Qué se entiende por relaciones de vecindad?

Cooperación intensificada y límites a la soberanía para evitar perjuicios al Estado colindante.

112. ¿Qué es un condominio? Ponga un ejemplo.

Espacio sobre el que varios Estados ejercen soberanía compartida. Ejemplo: Isla de los Faisanes (España/Francia).

113. ¿Está delimitado el espacio aéreo?

Horizontalmente sí (sobre el territorio y mar territorial); verticalmente no hay un límite definido con el espacio ultraterrestre.

114. Explique en qué consiste el package deal.

Acuerdo global de la CNUDM donde los Estados aceptan el conjunto de normas como un todo equilibrado.

115. Diferencia entre líneas de base normal y rectas.

La normal es la línea de bajamar. Las rectas unen puntos prominentes en costas muy desmembradas o con islas.

116. Explique las líneas de base rectas archipelágicas.

Unen los puntos extremos de las islas más exteriores de un Estado archipelágico.

117. Defina las aguas interiores.

Aguas situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial (puertos, bahías).

118. Condiciones para calificar una bahía jurídica.

La boca no debe exceder 24 millas y su superficie debe ser igual o mayor a un semicírculo.

119. Defina bahía histórica y ponga un ejemplo.

Aquella sobre la que un Estado ha ejercido soberanía de forma inmemorial. Ejemplo: Bahía de Hudson.

120. ¿Qué se entiende por mar territorial?

Franja de hasta 12 millas donde el Estado ejerce soberanía plena, salvo el derecho de paso inocente.

121. Régimen jurídico del mar territorial.

Soberanía del ribereño limitada por el paso inocente de buques extranjeros.

122. ¿Cuál es la anchura y régimen de la zona contigua?

Hasta 24 millas desde las líneas de base. El Estado ejerce fiscalización aduanera, fiscal, de inmigración y sanitaria.

123. Defina Estado archipelágico.

Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos (Filipinas, Indonesia).

124. Concepto de plataforma continental.

Lecho y subsuelo de las áreas submarinas hasta el borde del margen continental o 200 millas.

125. Elementos para la delimitación equitativa de la plataforma.

Principios equitativos, circunstancias relevantes (geografía, geología) y métodos prácticos.

126. Defina la Zona Económica Exclusiva (ZEE).

Área de hasta 200 millas donde el ribereño tiene derechos de soberanía sobre recursos naturales.

127. ¿Cuáles son los derechos del Estado ribereño sobre su ZEE?

Soberanía para exploración/explotación de recursos y jurisdicción sobre islas artificiales e investigación.

128. Defina el alta mar.

Partes del mar no incluidas en ZEE, mar territorial o aguas interiores. Espacio de libertad internacional.

129. Libertades de alta mar.

Navegación, pesca, sobrevuelo, tendido de cables, investigación y construcción de instalaciones.

130. Limitaciones a la libertad de navegación en alta mar.

Represión de piratería, trata de esclavos, tráfico de drogas, transmisiones no autorizadas y derecho de persecución.

131. ¿Qué se entiende por piratería?

Actos ilegales de violencia o depredación cometidos con fines personales por la tripulación de un buque privado en alta mar.

132. Principios del Tratado Antártico de 1959.

Uso pacífico, libertad de investigación científica, congelación de reclamaciones territoriales y prohibición de explosiones nucleares.

133. Concepto y límites del espacio ultraterrestre.

Espacio más allá de la atmósfera regido por el principio de no apropiación. No tiene límite inferior definido.

134. Principios del espacio ultraterrestre (Tratado de 1967).

Libertad de exploración, no apropiación nacional, uso pacífico y cooperación internacional.

Nacionalidad y Extranjería

135. Diferencia entre extranjero en sentido amplio y estricto.

Amplio: Todo aquel que no es nacional (incluye apátridas). Estricto: Nacional de otro Estado.

136. ¿Qué se entiende por nacionalidad?

Vínculo jurídico-político que une a una persona con un Estado.

137. ¿Puede el Estado ejercer competencia sobre sus nacionales fuera de su territorio?

Sí, a través de la protección diplomática y asistencia consular, y en ciertos casos mediante leyes penales (principio de personalidad activa).

138. Régimen de admisión y expulsión de extranjeros.

Es competencia soberana del Estado, limitada por normas de derechos humanos y tratados específicos.

139. ¿Impone el DI limitaciones al trato de extranjeros?

Sí, el Estado debe respetar un «estándar mínimo internacional» y los derechos humanos fundamentales.

140. ¿Qué se entiende por ciudadanía de la UE?

Estatuto adicional para nacionales de Estados miembros que otorga derechos de residencia, sufragio y protección diplomática compartida.

141. ¿Qué es un refugiado (Ginebra 1951)?

Persona con temores fundados de persecución por raza, religión, nacionalidad o política que está fuera de su país.

142. ¿En qué consiste el principio de non-refoulement?

Prohibición de devolver a un refugiado a un territorio donde su vida o libertad corra peligro.

Responsabilidad Internacional

143. Explique qué es un hecho internacionalmente ilícito.

Comportamiento (acción u omisión) atribuible a un Estado que viola una obligación internacional vigente.

144. Elementos del hecho ilícito.

Elemento subjetivo: Atribución al Estado. Elemento objetivo: Violación de una obligación.

145. Circunstancias que excluyen la ilicitud.

Consentimiento, legítima defensa, contramedidas, fuerza mayor, peligro extremo y estado de necesidad.

146. Circunstancia de legítima defensa.

Excluye la ilicitud si es una respuesta proporcional a un ataque armado previo.

147. Límites del estado de necesidad.

Solo si es el único modo de salvaguardar un interés esencial contra un peligro grave e inminente.

148. Circunstancia de fuerza mayor.

Acontecimiento imprevisto o fuerza irresistible que hace materialmente imposible cumplir la obligación.

149. ¿Puede un comportamiento de un particular ser atribuido al Estado?

No directamente, salvo que el Estado no haya actuado con la debida diligencia para prevenirlo o castigarlo.

150. ¿Qué es un hecho ilícito compuesto?

Serie de acciones u omisiones que en su conjunto constituyen la violación (ej. genocidio).

151. Consecuencias del hecho ilícito.

Cesación, garantías de no repetición y reparación íntegra del perjuicio.

152. ¿En qué consiste la restitución?

Restablecer la situación anterior al ilícito (restitutio in integrum).

153. ¿En qué consiste la satisfacción?

Reparación de daños morales (disculpas, reconocimiento de la violación).

154. Principio de jurisdicción penal universal.

Facultad de los Estados para juzgar crímenes atroces (genocidio, crímenes de guerra) sin importar dónde se cometieron.

155. ¿En qué consiste la indemnización?

Pago de una suma de dinero que cubra el daño económicamente evaluable y el lucro cesante.

156. ¿Es responsable la OI que presta ayuda para un ilícito?

Sí, si lo hace con conocimiento de las circunstancias del hecho ilícito.

157. ¿Qué son los delicta juris gentium?

Crímenes contra el derecho de gentes (piratería, esclavitud) que afectan a toda la comunidad internacional.

Protección Diplomática y Controversias

158. ¿En qué consiste la protección diplomática?

Acción de un Estado frente a otro para reclamar por el perjuicio causado a uno de sus nacionales.

159. ¿Puede un particular renunciar a la protección diplomática?

No, porque es un derecho soberano del Estado, no del individuo.

160. ¿Puede el Estado renunciar a ejercerla?

Sí, es una facultad discrecional del Estado.

161. Consecuencias del carácter discrecional.

El Estado decide si inicia, cesa o transige sobre la reparación sin obligación ante el particular.

162. ¿Está el Estado obligado a ejercerla?

Bajo el DI no, aunque el derecho interno de algunos países puede imponer cierta obligación de asistencia.

163. Condiciones para el ejercicio de la protección diplomática.

Nacionalidad de la reclamación, agotamiento de recursos internos y (discutiblemente) manos limpias (clean hands).

164. ¿Cabe protección a favor de un no nacional?

Solo excepcionalmente por acuerdos de representación o en casos de refugiados/apátridas residentes.

165. Continuidad de la nacionalidad.

La persona debe ser nacional desde el momento del daño hasta la reclamación oficial.

166. Doble nacionalidad frente a un tercer Estado.

Puede ejercerla el Estado de la nacionalidad efectiva o dominante.

167. Doble nacionalidad frente a uno de los Estados de nacionalidad.

Regla general: no se puede. Excepción: si la nacionalidad del reclamante es predominante.

168. Conducta incorrecta del particular.

Puede ser causa de inadmisibilidad o reducir el monto de la reparación.

169. Protección de personas jurídicas.

Corresponde al Estado bajo cuyas leyes se constituyó la sociedad y donde tiene su sede.

170. Estado de nacionalidad de personas jurídicas.

Criterio del lugar de constitución y domicilio social.

171. ¿Qué son las contramedidas unilaterales?

Medidas lícitas de reacción de un Estado lesionado para forzar al infractor a cumplir sus obligaciones.

172. Elementos de la controversia internacional.

Sujetos de DI, desacuerdo sobre hecho o derecho, y que sea objetivamente identificable.

173. Buenos oficios vs. Mediación.

En los buenos oficios el tercero solo facilita el contacto. En la mediación el tercero propone soluciones concretas.

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